PROYECTO DE LEY PARA DESTRUIR EXPEDIENTES JUDICIALES

>>  martes, 25 de septiembre de 2012

La Justicia quiere destruir expedientes
http://www.ushuaianoticias.com/ 25/09/2012 


Los miembros del Superior Tribunal de Justicia, María del Carmen Battaini, Gonzalo Sagastume y Darío Muchnik, presentaron un proyecto de ley ante la Legislatura fueguina con el objeto de obtener autorización para la destrucción de archivos.

La moción busca establecer un régimen de destrucción de expedientes archivados del Poder Judicial. Contempla plazos máximos de conservación según se trate de causas penales o civiles y comerciales. En materia penal, por ejemplo, pretende normar que se destruyan los expedientes archivados transcurridos diez años cuando la causa hubiera terminado por absolución, sobreseimiento o desestimación; transcurridos diez años de extinguida la pena en aquellos casos en que haya recaído condena y noventa y nueve años a contar de la fecha de nacimiento del condenado, en los supuestos de pena de prisión o reclusión perpetua o por tiempo indeterminado. En este último caso se especifica que si la condena variase por disminución de la pena, el plazo de destrucción de la causa sea de diez años. También se contempla que las actuaciones referidas a recursos de queja, pedidos de informe de indultos, conmutación o reducción de pena, sean destruidas simultáneamente con la causa principal.

En materia civil, comercial, laboral, de familia, electoral y administrativa, prevé diez años contados desde la sentencia o resolución que ponga fin al proceso. Desde la última actuación tratándose de causas paralizadas. Diez años cuando se trate de actuaciones tramitadas ante los ministerios públicos, órganos administrativos y de superintendencia.

En la Acordada 69, del 7 de septiembre del corriente, los jueces fundamentaron su pedido aduciendo que en el Poder Judicial existen expedientes que tienen más de tres décadas de terminados y no presentan motivo para su conservación. Consideraron que es preciso regular las condiciones de eliminación de los mismos respectando los derechos individuales y el interés social de los involucrados, procurando obtener espacio para la guarda de otros expedientes terminados, evitando mayores erogaciones y permitiendo una mejor labor de los tribunales y juzgados.

Los jueces explicaron que la Ley Provincial 714, aún sin reglamentar, que regula el sistema provincial de administración documental y de archivos, incluye en ese régimen al Poder Judicial de Tierra del Fuego. Para los magistrados “es inconveniente que dicha norma contemple el archivo del Poder Judicial ya que este difiere considerablemente del de otros organismos públicos pues tiene presente de manera principal el interés privado de las partes que intervienen en el proceso, que preponderantemente es de carácter reservado o la condición de quienes han sido sometidos a juicio penal, poseyendo características distintas el proceso judicial y el administrativo. Los archivos judiciales no pueden funcionar interrelacionados y con disponibilidad recíproca con los de otros poderes del Estado, ni depender de autoridad ajena al Poder Judicial, no pudiendo tampoco delegarse su actividad operativa”.

0 comentarios :

Snap Shots

Get Free Shots from Snap.com

  © Free Blogger Templates Autumn Leaves by Ourblogtemplates.com 2008

Back to TOP