Solo Dirección Nacional de Inteligencia autorizará consulta de archivos de inteligencia y contrainteligencia del DAS

>>  sábado, 19 de julio de 2014

Consulta de archivos de inteligencia del DAS, bajo control de la DNI
http://www.eltiempo.com/ 19/07/2014

El Gobierno determinó que la Dirección Nacional de Inteligencia será la que autorizará su consulta.

Los archivos de inteligencia y contrainteligencia del DAS en supresión solo podrán ser consultados con una autorización de la hoy Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). Así se fijó en el decreto 1303 del 11 de julio de 2014, publicado por la Presidencia y firmado por el Ministro de Hacienda, el Director del DAS en Supresión y la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública.

El decreto imparte ordenes a la DNI y a las entidades donde fueron ubicados extrabajadores de la antigua central de inteligencia, sobre lo que debe ser la etapa final de la supresión del DAS, que inició su proceso de eliminación en el 2011 tras los escándalos de las llamadas 'chuzadas' que llevaron al descalabro de la entidad.

"Para el acceso y consulta de la documentación de los archivos de inteligencia, la Dirección Nacional de Inteligencia será la autoridad competente para autorizar el suministro o la consulta de los archivos que contienen la información de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS", se lee en el artículo primero del decreto.

Agrega que será la DNI quien diseñe protocolos de seguridad para la consulta de los documentos, que incluyen archivos de gastos reservados de la entidad, que estuvo vigente por 58 años. "Solo se suministrará información a las autoridades judiciales que dentro de un proceso judicial la soliciten o los entes de control que la requieran", aclara.

Aunque el acceso y control de esa documentación, contenida en casi 8.000 cajas, dependerá de la DNI, el material físico continuará en la sede del Archivo General de la Nación. Esto, mientras culmina la depuración de los archivos, que deberá arrojar qué material podrá ser retirados y cuáles conservados.

Pagos de demandas

El decreto contempla disposiciones frente al pago de demandas y deudas que queden vigentes tras la Supresión del DAS, que estaba prevista para el 27 de junio pasado y que ya está en su etapa final. Cita, por ejemplo, que esas deudas pasarán al Archivo General para que realice los pagos correspondientes a los contratos cedidos.

Frente a los procesos judiciales y conciliaciones prejudiciales activos serán trasladados a las entidades que asumieron funciones o recibieron personal del antiguo DAS, entre ellos la Fiscalía, la Policía, la Dirección Nacional de Protección, Migración Colombia y Ministerio de Defensa.

Eso incluye procesos de caracter administrativo, laboral y contractual. Así mismo, varios de esos expedientes irán a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que continúe con la defensa. En caso de que el antiguo DAS sea condenado luego de la supresión, el pago lo asumirá la entidad a cargo de las funciones asumidad, pero con recursos girados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En cuanto a los cobros coactivos y reclamaciones ante firmas de seguros que esté haciendo el DAS serán asumidos por la Central de Inversiones S. A. Cisa. Finalmente, el decreto estipula que los objetos del museo del DAS pasen al Ministerio de Defensa, y que los bienes vacantes serán trasnferidos, en el estado en que se encuentrenm al Instituto de Bienestar Familiar.

0 comentarios :

Snap Shots

Get Free Shots from Snap.com

  © Free Blogger Templates Autumn Leaves by Ourblogtemplates.com 2008

Back to TOP