Archivos RTF en PC: abrirlos usando Google Chrome

>>  lunes, 4 de mayo de 2020

¿Cómo abrir archivos RTF en PC usando Google Chrome?
https://tecneofito.com/


Probablemente esté aquí porque no puede abrir el archivo con la extensión “.rtf” o esta en busqueda de un programa con la capacidad de abrir este tipo de archivos en la PC. La buena noticia es que no necesita ningún programa adicional para abrir su archivo RTF, puede hacerlo dentro de su navegador.
¿Qué es un archivo RTF?

Un archivo que termina en la extensión RTF es un documento con formato de texto enriquecido. Este tipo de archivos pueden soportar diferentes tipos de formatos como negrita y cursiva, además de admitir diversas fuentes, tamaños e imágenes.

La extensión RTF fue desarrollada por Microsoft en la década de 1980, y en 2008, detuvieron el desarrollo de otras versiones. El RTF (abreviado Rich Text Format), fue diseñado con el objetivo principal de hacer que el intercambio de archivos a través de las plataformas sea fácil y armonioso. Por ejemplo, si hace un documento RTF en su PC con Windows y lo comparte con su colega que opera Linux Pc, el formato RTF permitirá abrir el documento en la PC de su compañero de trabajo sin encontrar ningún problema.
¿Cómo abrir archivos RTF en su PC?

La forma más fácil de abrir archivos RTF en Windows es usando WordPad que viene preinstalado en este sistema operativo. Sin embargo, los editores de texto y otros procesadores trabajan básicamente de la misma manera, como los programas LibreOffice, OpenOffice, AbleWord, Jarte, AbiWord, WPS Office y FreeOffice SoftMaker.

Usando Google Docs

Doc es una extensión de archivo que admite el formato RTF. Es la forma más fácil de abrir su archivo RTF en Google Chrome.

Dirígete al navegador Chrome y verás el botón Aplicaciones en la barra de herramientas debajo del campo de búsqueda, luego selecciona documentos. Si no puede encontrar eso, dirigete a https://docs.google.com/
Cuando utilizamos Google Docs para editar nuestros archivos RTF, previamente debemos cargarlos en nuestra cuenta de Google Drive. Inicie un documento en blanco, haga clic en Archivo> Abrir> busque su archivo RTF y haga doble clic en abrirlo.

Ver documento RTF en línea

Puede abrir archivos RTF desde su navegador sin descargarlos. Doc Online Viewer es una extensión que contiene el formato de texto enriquecido y le permite ver el documento en línea, dentro del navegador.

Agregue la extensión Docs Online Viewer en Chrome, después de agregarlo verá el botón Doc Online Viewer en la barra de herramientas del navegador. Y eso es todo. Ahora puede ver documentos con formato de texto enriquecido en su navegador.

RTF Viewer para Google Chrome

Este es otro visor de formato de texto enriquecido. Le permite ver su documento RTF en Chrome. Puede abrir un documento RTF que exista en su computadora, en Chrome (de manera similar a la función de vista previa en PDF en Chrome).


Haga clic en el icono de extensión en la barra de herramientas del navegador y busque el archivo RTF que desea abrir. Es así de simple.
Abrir documentos RTF con Google Drive

Sin embargo, también puede abrir un archivo de texto enriquecido dentro de Chrome u otros navegadores que admitan las aplicaciones web de Google. Google Drive (GD) es un almacenamiento en la nube con el que puede guardar documentos y luego editarlos a través de Documentos y Presentaciones.
  • Primero, tenemos que acceder Google Drive, el único requisito es tener una cuenta gmail.
  • A continuación, haga clic en Mi unidad y seleccione la opción Cargar archivos en el menú.
  • Seleccione el archivo RTF para guardar en Google Drive y haga clic en el botón Aceptar .
  • Cuando Google Drive incluye su documento seleccionado, haga clic con el botón derecho en el icono del archivo RTF en la página GD y seleccione Abrir con .

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Reactivación o acceso a los archivos: procedimientos

La consulta a archivos se reanuda con un máximo de diez documentos si es presencial y quedarán diez días en cuarentena
http://www.diariosigloxxi.com/

MADRID, 04 (SERVIMEDIA)
La consulta a archivos se reanudará a partir de este lunes en la llamada ‘fase 0’ o de reactivación, aconsejando su acceso de forma telemática, o limitándola a diez documentos si resulta obligado proporcionarlos de manera presencial y que deberán quedar en ‘cuarentena’ durante diez días antes de estar disponibles de nuevo.

Así consta en la orden ministerial que firma el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y que se publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), abriendo el servicio de archivos a consulta al público a la vez que se producirá una apertura gradual del resto de establecimientos y comercios pequeños o la hostelería y restauración.
Así, los archivos prestarán sus servicios “preferentemente por vía telemática”, mediante solicitudes y peticiones que serán atendidas, cuando resulte posible, por los servicios de información, administración y reprografía digital.

Se registrarán y atenderán por orden de recepción y entregarán las correspondientes copias digitales o en papel, obtenidas a partir de soportes digitales, “hasta un máximo de veinticinco unidades”. Si resulta imposible esta fórmula y toca acceder a ejemplares in situ, se limitará a los citados diez documentos o unidades de instalación física en que éstos se encuentren, por jornada de trabajo y en las dependencias oportunas, previa cita y también atendidas por riguroso orden de solicitud.

En ambos casos, presencial y telemático, se dará prioridad a las peticiones de información y las copias de documentos que deban aportarse en procedimientos administrativos y judiciales, y comunicar al usuario si resulta imposible por razones justificadas, como puede ser no disponer de salas adaptadas para la situación del Covid-19.

A pesar de abrirse el servicio, no se podrán utilizar los ordenadores y medios informáticos de los archivos, destinados para el uso público por usuario ni por investigadores. Sí podrán, sin embargo,

utilizar sus equipos y recursos personales con conectividad a la red durante su estancia en las salas de consulta o en las que se habiliten para tal fin.

Cuando tengan acceso a un documento físico quedarán en cuarentena durante un período mínimo de diez días antes de poder ser utilizados de nuevo. Para que accedan a las instalaciones, las empresas o entidades tendrán que adoptar las medidas adecuadas para proteger su salud y evitar contagios, manteniendo la correspondiente distancia interpersonal, tanto en los circuitos de comunicación y demanda de servicios administrativos, como en las salas de trabajo y consulta, o en cualesquiera otras dependencias y espacios de uso público.

Asimismo, deberán poner a disposición de quienes accedan a los mismos agua, jabón, toallas de papel desechables y soluciones hidroalcohólicas; y adoptar también los correspondientes protocolos de seguridad para los trabajadores.

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Requisitos para reabrir pequeños comercios en España

Los pequeños comercios reabren el lunes: la letra pequeña del BOE con los requisitos
https://www.elperiodico.com/

Peluquerías, pequeños comercios y restaurantes con opción de recogida en tienda podrán reabrir a partir de este lunes. La fase 0, la vigente en la mayoría de provincias, permitirá la vuelta a la actividad de todos aquellos comercios de hasta 400 metros cuadrados, aunque siempre con la obligación de tener cita previa. La atención individualizada y la distribución un trabajador por cliente es la norma que explicita la orden ministerial publicada este domingo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta también establece que, durante la fase 0, los comercios deben facilitar una atención preferente a los mayores de 70 años y concederles cita entre 10 de la mañana y 12 del mediodía, la franja habilitada para sus paseos.

Los negocios que ya tenían autorización para seguir operando de cara al público podrán continuar con los mismos protocolos de prevención y seguridad exigidos hasta ahora. Es decir, no es necesario pedir cita previa para acudir a comprar al supermercado, a la charcutería o cualquier otra tienda de suministros de primera necesidad. Simplemente se deberán respetar los mismos protocolos que han regido hasta ahora para este tipo de negocios, como el uso de guantes, gel desinfectante y restricciones de aforo para entrar, entre otros.

El resto de comercios tendrán la posibilidad de reabrir sus establecimientos, siempre que estos no superen los 400 metros cuadrados o estén ubicados en un centro comercial o recinto de similares características. Y estos tendrán vetados las zonas de espera dentro de los locales para que un cliente aguarde a ser atendido. Lo que implica que si un usuario llega antes de su hora o de que el profesional de rigor haya acabado de atender a la persona del turno previo, deberá esperar fuera del local. Asimismo, los clientes que acudan a los establecimientos con cita previa tendrán prohibido, en la medida que ello no sea inevitable, el uso de los aseos.

En el caso concreto de las peluquerías, donde el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros entre cliente y profesional es imposible, el empresario deberá garantizar el "equipo de protección individual oportuno", según consta en el BOE, tanto para peluquero como para cliente. Y, en caso de coincidir más de un cliente a la vez en el establecimiento, estos sí deben guardar la distancia de seguridad de dos metros. Dejando, si fuera necesario, una butaca vacía entre corte de pelo y corte de pelo. 

Recogida en tienda

En paralelo a las empresas que reabran desde el lunes con cita previa, la orden ministerial publicada este domingo en el BOE también habilita a reabrir a los negocios que operen a través de un sistema de recogidas. Es decir, los consumidores no podrán acceder al interior de los locales, pero sí podrán contactar con los mismos para preordenar una comanda y desplazarse hasta el establecimiento para recogerla. Esto impera tanto para los restaurantes y la venta de comida para consumo en el domicilio, como para otro tipo de actividades y productos.

Los desplazamientos a los establecimientos y locales solo podrán efectuarse dentro del municipio de residencia del comprador. Y la empresa comercializadora de estos servicios tiene la obligación de garantizar las medidas necesarias para evitar aglomeraciones de gente en el exterior de su local esperando a poder recoger su pedido.

En los establecimientos y locales comerciales que cuenten con zonas de autoservicio, deberá prestar el servicio un trabajador del establecimiento, con el fin de evitar la manipulación directa por parte de los clientes de los productos. Y quedan vetados los productos de prueba.
Desinfección dos veces al día

En los comercios que pueden a abrir se tendrán que desinfectar las instalaciones al menos dos veces al día, una de ellas al cierre y con diluciones con lejía o desinfectantes comerciales y autorizados por el Ministerio de Sanidad. La desinfección tras cerrar será de carácter obligatorio y la otra limpieza será en la franja que decida el empresario. No obstante, las autoridades recomiendan que esta sea al mediodía, realizando una pausa en la atención al público.

De cara a la prevención de riesgos para los trabajadores, los puestos de trabajo deberán ser desinfectados en cada cambio de turno. Y las empresas tienen la obligación de proveer de los equipos de protección individual (epi) y deberán desecharlos tras ser usados. Los uniformes y ropa de trabajo deberán lavarse en ciclos de 60 a 90 grados. Los clientes no podrán usar los baños a no ser que sea una extrema necesidad. A su vez no deberán incorporarse al trabajo los empleados con síntomas o que estén en cuarentena y deberá suprimirse el tema de fichaje con huella dactilar.

El Gobierno también ha aprobado medidas extraordinarias de precaución en el caso de tiendas de ropa. Aquellas piezas que un cliente se haya probado y que finalmente no compre deberán ser apartadas y lavadas con las oportunas medidas de seguridad. Y los probadores quedan limitados a uno por persona y los trabajadores del negocio deberán limpiarlos y desinfectarlos después de cada uso.

Autor: A. Sala / G. Ubieto

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Archivo Municipal del Astorga reabre sus puertas

El Ayuntamiento de Astorga reabre el archivo municipal con petición previa
http://astorgaredaccion.com/

[Img #49385]

El Ayuntamiento de Astorga informa a los investigadores y cuantas personas deseen consultar el archivo municipal que pueden hacerlo realizando la petición en el teléfono de la Biblioteca, 987 618 690, o enviandola a través del correo electrónico, biblioteca@astorga.es.

La apertura de los archivos se encuentra entre los servicios que el Ministerio de Sanidad permite su reapertura este lunes, una vez que han comenzado las fases de desescalada del estado de alarma por la pandemia de coronavirus. Junto con los archivos, desde hoy reabren comercios y hostelería con unas condiciones determinadas 
(que puedes consultar pinchando aquí)

Por otra parte, el Ayuntamiento mantien la entrega de mascarillas a los colectivos y familias que tengan dificultad para conseguirlas. En concreto, para la fase de desescalada que comienza este lunes, los responsables de los establecimientos comerciales o de hostelería pueden solicitar las protecciones llamando al teléfono municipal, 987 616 838, este lunes, martes y miércoles, de 10 a 14 horas.

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