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Tu información en internet esta expuesta con la IA: cómo protegerla

>>  miércoles, 6 de mayo de 2026

Qué pasa con tus datos en ChatGPT: el riesgo invisible y cómo proteger tu información
https://www.noticiasnqn.com.ar
Por Tomás Games


El uso masivo de inteligencia artificial expone dudas sobre privacidad y seguridad. Expertos advierten que los datos ingresados no desaparecen y explican cómo evitar riesgos.



Cada vez que un usuario escribe en ChatGPT, esa información no se pierde al cerrar la ventana. Según especialistas en ciberseguridad, los mensajes se almacenan en servidores para mantener el historial y el contexto de las conversaciones.

Esto implica que cualquier dato ingresado —desde consultas simples hasta información sensible— pasa a formar parte de un sistema que procesa, analiza y conserva esos contenidos durante un tiempo determinado.

El crecimiento del uso de estas herramientas es masivo: ChatGPT ya supera los 900 millones de usuarios activos semanales, lo que amplifica la preocupación sobre cómo se manejan los datos personales.

Las tres etapas por las que pasan tus datos en la IA


Los expertos identifican un proceso clave en el tratamiento de la información dentro de plataformas de inteligencia artificial:
  • Ingreso: el usuario introduce datos en la conversación
  • Procesamiento: la IA analiza el contenido para generar respuestas
  • Almacenamiento: la información puede guardarse para mejorar el servicio o mantener contexto
Este flujo rompe una idea común: que las conversaciones son temporales o desaparecen automáticamente.

l mayor riesgo: compartir información confidencial

Uno de los principales peligros señalados por especialistas es la falsa sensación de privacidad.
Ingresar datos sensibles —como contraseñas, información bancaria, documentos legales o datos personales— puede exponer al usuario a filtraciones o usos indebidos, especialmente si hay vulnerabilidades externas o ataques informáticos.

Además, herramientas externas como extensiones maliciosas pueden interceptar la información ingresada en estos sistemas, aumentando el riesgo.

Cómo proteger tus datos al usar ChatGPT

Ante este escenario, expertos recomiendan medidas concretas para reducir riesgos:
  • Evitar compartir información personal o confidencial
  • No ingresar datos bancarios, contraseñas o documentos privados
  • Revisar extensiones del navegador y evitar las desconocidas
  • Utilizar funciones de seguridad avanzadas cuando estén disponibles
  • Controlar el historial y configuraciones de privacidad
También existen nuevas herramientas de protección, como sistemas de autenticación con llaves físicas o configuraciones de seguridad reforzada para evitar accesos no autorizados.

Por qué la privacidad en la IA es un tema crítico

El avance de la inteligencia artificial plantea un desafío global: equilibrar innovación con protección de datos.

A diferencia de otras plataformas, los sistemas de IA no solo almacenan información, sino que la utilizan activamente para generar respuestas, aprender patrones y mejorar su funcionamiento.

Esto hace que la gestión de datos sea más compleja y sensible, especialmente en un contexto donde millones de personas usan estas herramientas para tareas personales y laborales.

La clave: usar la inteligencia artificial con criterio

La conclusión es clara: 

ChatGPT y otras herramientas de IA son seguras en su uso general, pero requieren responsabilidad del usuario.

El principio básico sigue vigente:

no compartir información que no entregarías en un espacio público.

En un mundo cada vez más digital, la protección de los datos personales ya no es opcional, sino una parte esencial del uso cotidiano de la tecnología.

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Contradicciones en decisiones de Tribunal de Justicia de Unión Europea en relación con Buscadores como Google Inc

>>  lunes, 14 de julio de 2014

El sistema de custodia pasiva respecto de los contenidos de la sociedad de la información
http://www.abogacia.es/ 14/07/2014


Desde hace ya tiempo nuestro Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) viene ponderando entre la protección de ciertos derechos y la de intereses económicos de gigantes tecnológicos prestadores servicios de la sociedad de la información (PSSI) como Google Inc. Pero a la vista de los dos ejemplos siguientes, el resultado es contradictorio.

Por una parte, en su STJ de 23 de marzo de 2010 el Tribunal se mostraba partidario de la doctrina de la infra protección del derecho de marca registrada en Internet, vertiente del derecho de propiedad, y se pronunciaba en favor de los intereses económicos del PSSI.

Así, para el Tribunal, el PSSI que almacena como palabra clave un signo idéntico a una marca y organiza la presentación en pantalla de anuncios a partir de tal signo, no hace uso de dicho signo en el sentido del artículo 5, apartados 1 y 2, de la Directiva 89/104 o del artículo 9, apartado 1, del Reglamento nº 40/94. Además, el Tribunal interpreta el artículo 14 de la Directiva sobre el comercio electrónico y determina que el PSSI sólo es «responsable» si no desempeñe un papel activo que pueda darle conocimiento o control de los datos almacenados, a menos que, tras llegar a su conocimiento la ilicitud de estos datos o de las actividades del anunciante, no actúe con prontitud para retirar los datos o hacer que el acceso a ellos sea imposible.

En completa oposición, en mayo de este año, el Tribunal sorprendía a todos con su STJ de 13 de mayo de 2014 y reconocía que sobre los intereses económicos del mismo PSSI debía prevalecer el derecho al olvido, vertiente del derecho de protección de los datos personales.

Para el TJUE, conforme al Art. 2, letra d) de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el PSSI que almacena información publicada o puesta en Internet por terceros para ponerla a disposición de los internautas según un orden de preferencia determinado, debe considerarse «responsable» de la información publicada o puesta en Internet por terceros.

El TJUE considera distintos al PSSI que almacena como palabra clave un signo idéntico a una marca del que almacena información. Como si el acto de almacenar no fuera el mismo, como si una palabra clave no fuera información, o incluso como si el resultado al fin y al cabo no fuera siempre la puesta a disposición del ojo humano de unos resultados según un orden determinado.

En todo caso, queda fuera de duda que para el TJUE resulta de mayor relevancia el derecho de protección de los datos personales o si se quiere, el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, que la infra protección dispensada en contrapartida al derecho de información, o al derecho de propiedad en su vertiente como derecho de marca.

Sería preferible que la ponderación siempre fuera en la misma dirección y nunca arrojase como resultado una infra protección de derechos frente a intereses económicos.

Bien, al margen de lo anterior, ahora se nos ofrece un formulario para poder ejercer el derecho al olvido, que supone convertir al PSSI –entre otras cosas- en una empresa de custodia pasiva de contenidos. Quizá para algunos esta sea la solución más útil de cara al futuro inmediato: que los PSSI cumplan una función similar a la de las empresas de custodia pasiva de archivos históricos. Lo cierto es que el citado formulario, equivale en parte al conocido botón de “denuncia” o botón de “informar” que muchos PSSI siempre han puesto a disposición del usuario.

Parece que la “suigenericidad” en la interpretación y aplicación del Derecho está justificada con tal de reaccionar contra las consecuencias jurídicas que sobre nuestras vidas despliega la evolución tecnológica. Sin embargo, podemos plantearnos si nos estamos deteniendo lo suficiente a comprobar cuales están siendo los resultados.

Autor: Ángel Díez Bajo

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