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Usuarios de telefonía móvil en México deberán registrar su línea con una identificación oficial con fotografía y la CURP

>>  lunes, 12 de enero de 2026

Registro de celulares: la apuesta contra la extorsión que reaviva alertas de ciberseguridad
https://fortunaypoder.com/



Desde este viernes, todos los usuarios de telefonía móvil en México deberán registrar su línea con una identificación oficial con fotografía y la CURP, un requisito que, de acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), deberá cumplirse antes del 29 de junio. Las líneas que no acaten la disposición serán suspendidas y, eventualmente, canceladas, en una de las reformas más relevantes para el mercado móvil en años recientes.

La medida busca cerrar un vacío histórico: la compra y activación de tarjetas SIM sin identificación, una práctica extendida que, según el gobierno federal, ha facilitado extorsiones telefónicas, secuestros virtuales y diversas modalidades de fraude.

El objetivo, sostienen las autoridades, es dificultar el uso de números imposibles de rastrear y colocar a los operadores bajo mayor escrutinio en materia de seguridad y trazabilidad.

De acuerdo con la CRT, Telcel, AT&T, Movistar y el resto de los operadores deberán resguardar la información de los usuarios bajo los mismos estándares que ya aplican al servicio pospago, en cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales. Sin embargo, el anuncio llega en un contexto complejo para la industria.

La firma de ciberseguridad SILIKN advirtió que el compromiso se asume en un entorno que erosiona la credibilidad del sector, luego de que en 2025 Telmex y AT&T sufrieran filtraciones masivas que expusieron datos personales de millones de usuarios, desde CURP y domicilios hasta información financiera.

Este antecedente eleva las alertas. Especialistas coinciden en que una nueva brecha de seguridad podría traducirse en robo de identidad, fraudes financieros y extorsiones dirigidas, precisamente los riesgos que la regulación pretende combatir. El recuerdo inmediato es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), creado en 2021 y anulado en 2022 por la Suprema Corte debido a su carácter invasivo, al exigir datos biométricos y concentrar la información en una base central gubernamental.

Con ese precedente, los nuevos lineamientos buscan tomar distancia de ese modelo. No contemplan biométricos ni un padrón estatal, y establecen que los datos permanezcan en manos de los operadores privados. Aun así, el debate está lejos de cerrarse.

Especialistas y organizaciones civiles advierten que el impacto real del registro obligatorio en la delincuencia será, en el mejor de los casos, limitado, ya que buena parte de las extorsiones y estafas se han desplazado a servicios de voz sobre internet (VoIP) y a aplicaciones como WhatsApp, Telegram o Skype, que no dependen de una SIM mexicana ni están sujetas a este marco regulatorio.

Según SILIKN, los grupos criminales seguirán recurriendo al spoofing, cuentas efímeras, VPN y numeración internacional, mecanismos que simulan llamadas locales sin dejar un rastro verificable. A ello se suma otro flanco vulnerable: la suplantación de identidad. Aunque los operadores deberán validar documentos frente a bases oficiales, la existencia de credenciales falsas y un mercado negro de datos personales facilita que terceros registren líneas a nombre de víctimas inocentes.

Cuando estas personas detectan la usurpación —al intentar contratar un servicio o recibir notificaciones inusuales—, los casos suelen llegar a fiscalías y unidades cibernéticas, que deben solicitar videos de tiendas, registros de activación y rastreos de IMEI. El proceso, reconocen especialistas, es lento y con frecuencia inconcluso.

“El registro obligatorio de líneas representa, en teoría, un avance hacia la trazabilidad en un país asediado por la extorsión telefónica. Sin embargo, abre un nuevo capítulo de vulnerabilidad al obligar a los ciudadanos a confiar sus datos a compañías que arrastran un historial frágil en materia de ciberseguridad”, señaló SILIKN.

Al mismo tiempo, expuso la firma en un artículo, la medida deja intacto el ecosistema digital donde hoy operan los grupos criminales, desde plataformas de mensajería hasta sistemas basados en internet que funcionan al margen de la regulación telefónica tradicional.

“La CRT afirma que el objetivo es ‘restablecer la confianza’ en la telefonía móvil. Pero para millones de usuarios, esa confianza dependerá menos de los lineamientos y más de la capacidad de las empresas para demostrar —con hechos, no con declaraciones— que pueden proteger la información que ahora estarán obligadas a recolectar”, concluyó.

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Decreto 2573 de diciembre de 2014: gestión de archivo y correspondencia, con aseguramiento de la información

>>  viernes, 22 de mayo de 2015

¡Gestión de archivo, correspondencia y aseguramiento de la información!
http://www.semana.com/ 21/05/2015


La gestión de archivo y correspondencia, con aseguramiento de la información, es de obligatorio cumplimiento en las entidades del Estado: Decreto 2573 de diciembre de 2014.

Si queremos frenar la corrupción, nada más acertado que aplicar el sistema de gobierno en línea y para hacerlo, es indispensable ordenar cuanto antes los archivos del historial administrativo de la nación, es decir, de todas las entidades del Estado, iniciando la tarea desde su creación hasta el presente, con visión hacia el futuro, procurando rescatarlos de las bodegas húmedas y malolientes donde se encuentran y reposan muchos de ellos, que debido a su mal manejo hay que empezar por reconstruirlos.

Los contratos de Gestión de Archivo, Correspondencia y Aseguramiento de la Información, que en lo sucesivo deben cumplir obligatoriamente todas las entidades del Estado, además de dinamizar la administración pública, prestan al ciudadano un servicio muy eficiente puesto que una vez cumplida esta misión, desde cualquier parte del país se pueden consultar los Actos Administrativos de todas las entidades oficiales.

Esto nos permitiría entrar en la era del llamado: Gobierno en Línea, y los funcionarios que expiden los actos administrativos quedarán protegidos, puesto que con el mencionado sistema, los documentos que expidan no van a ser adulterados por los funcionarios corruptos, con fin el de cometer fechorías tan comunes en su adulteración de donde se derivan todo tipo de ilícitos, por los cuales muchos funcionarios honestos se encuentran encartados con la justicia, o cuando menos con los organismos de control.

Es preocupante que los archivos de la mayoría de las entidades estatales reposen en bodegas sin ninguna protección para conservarlos contra el deterioro; existen casos tan aberrantes, que son muchas las entidades del Estado que actualmente no tienen memoria puesto que sus archivos fueron destruidos por hordas criminales para ocultar desfalcos, chanchullos y peculados, por esta razón hay cierta indiferencia para cumplir este propósito, puesto que al hacerlo indudablemente que quedan al descubierto, y en el futuro, menos podrán hacerlo.

La transparencia de toda entidad estatal empieza desde la Gestión de Archivo y Correspondencia con aseguramiento de la Información, regulada por el Decreto 2573/2014, al cual deben acogerse todas las instituciones del Estado y las entidades particulares que tengan que ver con funciones de contratación.

Ante tanta corrupción en la Administración Pública, quienes sean sus rectores deben ser precavidos para que dentro del programa de Gestión de Archivo y Correspondencia de su entidad se les asigne un código con todo el historial administrativo de su gestión, con el fin de blindarse de futuras e injustas reclamaciones cuando quienes son sus reemplazos adulteran la pulcritud y la honestidad de las actos puestos en ejecución.

De conformidad con el Decreto 2573 de diciembre 12/2014, todas las entidades del Estado y las particulares que tengan que ver con el manejo de actividades oficiales tienen la obligación de alinearse de acuerdo con su función administrativa, con el fin de facilitar que el ciudadano, desde cualquier lugar donde se encuentre, pueda identificar mediante el sistema informativo del gobierno en línea los Actos Administrativos expedidos por las entidades de su competencia: Presidencia de la República, Ministerios, Superintendencias, Departamentos Administrativos, organismos de control; Gobernaciones, Alcaldías, toda la rama jurisdiccional y la legislativa.

Las anteriores consideraciones están reguladas por la Ley 489 de 1.998, que establece la obligatoriedad para que todos los entes del Estado, incluidas las administraciones regionales y municipales, se alineen bajo un solo esquema técnico con el fin de hacer más dinámica la información al ciudadano, dinamizar la Administración Pública y así permitir que en pocos minutos se pueda identificar un Acto Administrativo de cualquier entidad oficial, sin importar el tiempo de su expedición.

Considero que cualquier entidad estatal, para acogerse a las disposiciones legales anteriormente descritas, debe empezar por tres aspectos fundamentales:

Suele ocurrir con frecuencia en la Administración Pública -sin excepción-, quienes expiden un Acto Administrativo no tienen la precaución de archivarlo técnicamente con el fin de protegerlo de posibles adulteraciones, como por ejemplo: cuando se expiden en pos de asignar un presupuesto, o miles de Actos Administrativos que son vulnerables a las falsificaciones para defraudar al Estado, y en fin, sin número de situaciones que se presentan donde hay funcionarios corruptos listos a borrarlos o adulterarlos para sacar gabelas de beneficio personal.

Los organismos de control y la misma Fiscalía están hasta el tope de investigaciones por casos de adulteración de documentos y son muchos los exfuncionarios honestos que en los actuales momentos se encuentran en las cárceles inocentemente por no haber tenido la precaución de practicar la Gestión de Archivo y Correspondencia, con aseguramiento de la información.

Desde luego que esta práctica no le conviene a los funcionarios corruptos puesto que una entidad que proteja sus Actos Administrativos, es muy difícil que sea vulnerable a los actos delictivos dentro y fuera de la Institución.

Si hacemos una evaluación sobre este tipo de gestión documental de archivo y correspondencia dentro de la Administración Pública, nos daremos cuenta de que son muy pocas las entidades que se han acogido al programa, pero que de acuerdo a las nuevas disposiciones legales dictadas por el Gobierno en el Decreto 2573 de diciembre /2014, es de imperiosa necesidad que se le dé cumplimiento a la norma, en coordinación con algunas empresas especializadas en esta lides, para que inicien cuanto antes el programa de Gestión de Archivo y Correspondencia con aseguramiento de la información, dentro de la Administración Pública.

El aseguramiento de la información evita posibles adulteraciones a futuro, le da seguridad a quien regenta sus actividades de que queda blindado hacia el futuro contra posible fraudes o adulteración de documentos.

urielos@telmex.net.co
urielos@hotmail.es

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