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Ley Orgánica de La Adminstración Pública de Venezuela (17 de noviembre de 2014): solo lo referido a documentos y archivos

>>  jueves, 26 de febrero de 2026

Ley Orgánica de La Adminstración Pública de Venezuela
Por Lic. Carmen Marin


La Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP) vigente en Venezuela es el Decreto N° 1.424, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.147 el 17 de noviembre de 2014.

Este instrumento jurídico tiene como objetivo principal regular la organización y el funcionamiento de los órganos y entes del sector público, basándose en los principios constitucionales de honestidad, celeridad, eficiencia y rendición de cuentas.

Aspectos Clave de la Ley

Objeto: Establecer los principios y lineamientos que rigen a la Administración Pública para garantizar la eficacia de las políticas y proyectos públicos.

Ámbito de Aplicación: Se aplica a la Administración Pública Nacional, estatal, distrital y municipal. También tiene carácter supletorio para los demás órganos del Poder Público.

Estructura Organizativa: Define la composición de la Administración Centralizada (Presidencia, Vicepresidencia, Consejos de Ministros y Ministerios) y la Descentralizada (institutos autónomos, empresas del Estado y fundaciones).

Participación Popular: Introduce mecanismos para promover la participación ciudadana en el control y seguimiento de la gestión pública.

Actualidad y Reformas
Aunque no ha habido una reforma integral del texto de la LOAP en 2025 o inicios de 2026, el marco legal administrativo se ha visto complementado por normativas recientes como:

Inamovilidad Laboral (2025-2026): El Decreto N° 5.070 protege a los trabajadores públicos y privados hasta finales de 2026.

Agenda Legislativa: La Asamblea Nacional ha priorizado reformas en leyes vinculadas al Poder Popular y las Comunas, las cuales interactúan directamente con la estructura administrativa del Estado.

NOTA: El siguiente texto presenta solo lo relacionado con el área de archivos

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Gaceta Oficial Extraordinaria: 6.147 de fecha 17 de noviembre de 2014 Decreto N° 1.424, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.

TÍTULO I 
DISPOSICIONES GENERALES

Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública

Artículo 7°. Las personas en sus relaciones con la Administración Pública tendrán los siguientes derechos:

1. Conocer, en cualquier momento, el estado de los procedimientos en los que tengan interés, y obtener copias de documentos contenidos en los archivos que se lleven a tales efectos, siempre v cuando no estén calificados como reservados o confidenciales de conformidad con la normativa aplicable, a excepción de los jueces y las partes interesadas.

3. Obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban cursar en un procedimiento.

4. Obtener copias certificadas de expedientes o documentos en los términos previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y demás normativa aplicable.

Principios que rigen la actividad de la Administración Pública

Mecanismos tecnológicos

Artículo 11. Los órganos y entes de la Administración Pública deberán utilizar las tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos o informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas, Cada órgano y ente de la Administración Pública deberá establecer y mantener una página en internet, que contendrá entre otra, la información que se considere relevante, los datos correspondientes a su misión, organización, procedimiento, normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de interés para las personas, ubicación de sus dependencias e información de contactos.

TÍTULO III 
DEL NIVEL CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Capítulo V

De la organización de los ministerios y demás órganos del Nivel Central de la Administración Pública Nacional Sección Primera

Sección Sexta De los sistemas de apoyo de la Administración Pública

Los órganos o entes rectores de los sistemas de apoyo

Artículo 76. Los órganos o entes rectores de los sistemas de apoyo fiscalizarán y supervisarán las actividades de los órganos que integran los respectivos sistemas de apoyo institucional de la Administración Pública, para lo cual estos órganos permitirán el acceso a documentos, expedientes, archivos, procedimientos y trámites administrativos, y suministrarán cualquier información que les sea requerida. Los órganos o entes rectores de los sistemas de apoyo institucional evaluarán la información obtenida y ordenarán a los órganos de apoyo la corrección de las diferencias detectadas. Los órganos de apoyo deberán efectuar las correcciones señaladas y, en caso de Incumplimiento, el respectivo órgano o ente rector formulará la queja correspondiente ante el ministro o ministra o máximo órgano jerárquico correspondiente, con copla a la Vicepresidente Ejecutiva o Vicepresidente Ejecutivo.

Capítulo VI

De las competencias comunes de las ministras o ministros del Poder Popular y viceministras o viceministros

Contenido de las memorias y cuentas de las ministras o ministros

Artículo 79. Las memorias y cuentas que las ministras o ministros deban presentar a la Asamblea Nacional, conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contendrán la exposición razonada y suficiente de las políticas, estrategias, planes generales, objetivos, metas, resultados, impactos y obstáculos en la gestión de cada ministerio en el año inmediatamente anterior, así como los lineamientos de sus planes para el año siguiente. Si posteriormente se evidenciaren actos o hechos desconocidos por la ministra o ministro, que por su importancia merecieren ser del conocimiento de la Asamblea Nacional, estos serán dados a conocer.

Las ministras o ministros en la memoria y cuenta de su gestión informarán anualmente a la Asamblea Nacional acerca de las actividades de control que ejerzan, en los términos previstos en el presente Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, sobre los entes que le estén adscritos o se encuentren bajo su tutela. En las memorias y cuentas se insertarán aquellos documentos que la ministra o ministro considere indispensables, teniendo en cuenta su naturaleza y trascendencia. La Presidenta o Presidente de la República, podrá autorizar la presentación de la memoria y cuenta de las ministras o ministros del Poder Popular a la vicepresidenta o vicepresidente sectorial bajo cuya coordinación se encuentra, a fin de que dicha vicepresidenta o vicepresidente Sectorial presente una cuenta consolidada del sector a la Presidenta o Presidente de la República, o a la Vicepresidenta Ejecutiva o Vicepresidente Ejecutivo, según el caso, la cual incluirá las memorias y cuentas de las ministras o ministros del Poder Popular que integran la respectiva Vicepresidencia Sectorial. La memoria y cuenta así autorizada podrá ser presentada a la Asamblea Nacional de la misma forma.

Obligatoriedad de publicación de los documentos de las empresas del Estado

Artículo 105. Todos los documentos relacionados con las empresas del Estado que, conforme al ordenamiento jurídico vigente deben ser objeto de publicación, se publicarán en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en el medio de publicación oficial correspondiente.

Obligatoriedad de publicación de los documentos

Artículo 112. El acta constitutiva, los estatutos, y cualquier reforma de tales documentos de las fundaciones del Estado serán publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en el respectivo medio de publicación oficial correspondiente, con indicación de los datos del registro.

TÍTULO VII 
DE LOS ARCHIVOS Y REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Capítulo I

Del Sistema Nacional de Archivo 

Órgano de archivo

Artículo 144. A los efectos del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica se entiende por órgano de archivo, al ente o unidad administrativa del Estado que tiene bajo su responsabilidad la custodia, organización, conservación, valoración, desincorporación y transferencia de documentos oficiales sea cual fuere su fecha, forma y soporte material, pertenecientes al Estado o aquellos que se derivan de la prestación de un servicio público.

Objetivo 

Artículo 145. El objetivo esencial de los órganos de archivo del Estado es el de conservar y disponer de la documentación de manera organizada, útil, confiable y oportuna, de forma tal que sea recuperable para uso del Estado, en servicio de las personas y como fuente de la historia.

Finalidad

Artículo 146. En cada órgano o ente de la Administración Pública habrá un órgano de archivo con la finalidad de valorar, seleccionar, desincorporar y transferir a los archivos intermedios o al Archivo General de la Nación, según sea el caso, los documentos, expedientes, gacetas y demás publicaciones que deban ser archivadas conforme al reglamento respectivo.

Deberes del Estado

Artículo 147. El Estado creará, organizará, preservará y ejercerá el control de sus archivos y propiciará su modernización y equipamiento para que cumplan la función probatoria, supletoria, verificadora, técnica y testimonial.

Archivo General de la Nación

Artículo 148. El Archivo General de la Nación es el órgano de la Administración Pública Nacional responsable de la creación, orientación y coordinación del Sistema Nacional de Archivos y tendrá bajo su responsabilidad velar por la homogeneización y normalización de los procesos de archivos, promover el desarrollo de los centros de información, la salvaguarda del patrimonio documental y la supervisión de la gestión archivística en todo el territorio nacional.

Sistema Nacional de Archivos

Artículo 149. Integran el Sistema Nacional de Archivos: el Archivo General de la Nación y los órganos de archivo de los órganos y entes del Estado.

Los órganos o entes integrantes del Sistema Nacional de Archivos, de acuerdo con sus funciones, llevarán a cabo los procesos de planeación, programación y desarrollo de acciones de asistencia técnica, ejecución, control y seguimiento, correspondiéndole al Archivo General de la Nación coordinar la elaboración y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo Archivístico.

Plan Nacional de Desarrollo Archivístico

Artículo 150. El Plan Nacional de Desarrollo Archivístico se incorporará a los planes de la Nación y se podrá elaborar con la participación y cooperación de las universidades con carreras en el campo de la archivología.

Naturaleza de la documentación administrativa

Artículo 151. La documentación administrativa e histórica de la Administración Pública es producto y propiedad del Estado, éste ejercerá el pleno control sobre los fondos documentales existentes en los archivos, no siendo susceptibles de enajenación. Los órganos y entes de la Administración Pública podrán contratar servicios de custodia, organización, reprografía, digitalización y conservación de documentos de archivos; igualmente podrá contratar la administración de archivos y fondos documentales históricos con universidades nacionales e instituciones de reconocida solvencia académica e idoneidad.

Incorporación de nuevas tecnologías

Artículo 152. Los órganos y entes de la Administración Pública podrán incorporar tecnologías y emplear cualquier medio electrónico, informático, óptico o telemático para el cumplimiento de sus fines. Los documentos reproducidos por los citados medios gozarán de la misma validez y eficacia del documento original, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la ley y se garantice la autenticidad, integridad e inalterabilidad de la información.

Prohibición de destrucción de documentos de valor histórico

Artículo 153. Los documentos que posean valor histórico no podrán ser destruidos, aun cuando hayan sido reproducidos o almacenados mediante cualquier medio. La violación de esta prohibición acarreará las sanciones que establezca la ley.

Transferencia de archivos

Artículo 154. Los órganos y entes de la Administración Pública que se supriman o fusionen entregarán sus archivos y fondos documentales a los órganos o entes que asuman sus funciones o, en su caso, al Archivo General de la Nación. Los órganos o entes de la Administración Pública que sean objeto de privatización transferirán copia de sus documentos históricos al Archivo General de la Nación.

Remisión reglamentaria

Artículo 155. Las características específicas de los archivos de gestión, la obligatoriedad de la elaboración y adopción de tablas de retención documental en razón de las distintas cronologías documentales y el tratamiento que recibirán los documentos de los registros públicos, notarías y archivos especiales de la Administración Pública, se determinarán mediante Reglamento, Asimismo, se reglamentará lo concerniente a los documentos producidos por los consejos comunales, comunidades organizadas o entidades privadas que presten servicios públicos.

Visitas e inspecciones

Artículo 156. El Archivo General de la Nación podrá, de oficio o a solicitud de parte, realizar visitas de inspección a los archivos de los órganos y entes del Estado, así como a los prestadores de servicios públicos, con el fin de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y el respectivo Reglamento.

Control y vigilancia de documentos de interés histórico

Artículo 157. El Estado, a través del Archivo General de la Nación, ejercerá control y vigilancia sobre los documentos declarados de interés histórico cuyos propietarios, tenedores o poseedores sean personas naturales o jurídicas de carácter privado. Cuando el ministerio de adscripción considere que se trata de documentos históricos sobre los que no exista constancia de que han sido ofrecidos en venta a la Nación y de que ha quedado copia en el Archivo General de la Nación, podrá ejecutar medidas tendentes a impedir su salida del país, aun cuando fuere de propiedad particular. Toda persona que descubra documentos históricos, una vez acreditado el derecho que a ellos tiene la República, recibirá el resarcimiento correspondiente de conformidad con el reglamento respectivo.

Serán nulas las enajenaciones o negociaciones que contravengan lo dispuesto en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, y los que las efectúen o conserven en su poder sin causa legítima, serán sancionados de conformidad con la ley.

Declaratoria de interés público

Artículo 158. Son de interés público los documentos y archivos del Estado. Sin perjuicio del derecho de propiedad y siguiendo el procedimiento que se establezca al efecto por el reglamento respectivo, podrán declararse de interés público documentos privados y, en tal caso, formarán parte del patrimonio documental de la Nación. Las personas poseedoras o tenedoras de documentos declarados de interés público, no podrán trasladarlos fuera del territorio nacional sin previa autorización del Archivo General de la Nación, ni transferir su propiedad, posesión o tenencia a título oneroso o gratuito, sin previa información escrita al mismo. El Ejecutivo Nacional, por medio de Reglamento respectivo, establecerá las medidas de estímulo al desarrollo de los archivos privados declarados de interés público. El Estado venezolano tiene derecho de preferencia para la adquisición, de dichos documentos y su ejercicio se establecerá en un término de dos (02) años, el incumplimiento de esta norma acarreará la nulidad de la venta o disposiciones de documento.

Capítulo II

Del Derecho de Acceso a Archivos y Registros de la Administración Pública

Derecho de acceso

Artículo 159. Toda persona tiene el derecho de acceder a los archivos y registros administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión o el tipo de soporte material en que figuren, salvo las excepciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto.

Ejercicio del derecho de acceso

Artículo 160. El derecho de acceso a los archivos y registros de la Administración Pública será ejercido por las personas de forma que no se vea afectada la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos, debiéndose a tal fin, formular petición individualizada de los documentos que se desee consultar, sin que quepa, salvo para su consideración con carácter potestativo, formular solicitud genérica sobre una materia o conjunto de materias. No obstante, cuando los solicitantes sean investigadores que acrediten un interés histórico, científico o cultural relevante, se podrá autorizar el acceso directo de aquellos a la consulta de los expedientes.

Contenido del derecho de acceso

Artículo 161. El derecho de acceso a los archivos y registros conllevará el de obtener copias simples o certificadas de los mismos, previo pago o cumplimiento de las formalidades que se hallen legalmente establecidas. Publicaciones Artículo 162. Será objeto de periódica publicación la relación de los documentos que estén en poder de la Administración Pública sujetos a un régimen de especial publicidad.

Serán objeto de publicación regular las instrucciones y respuestas a consultas planteadas por las personas u otros órganos administrativos que comporten una interpretación del derecho positivo o de los procedimientos vigentes, a efectos de que puedan ser alegadas por las personas en su relación con la Administración Pública.

Registros de documentos presentados por las personas

Artículo 163. Los órganos o entes administrativos llevarán un registro general en el que se hará el correspondiente asiento de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba en cualquier unidad administrativa propia. También se anotará la salida de los escritos y comunicaciones oficiales dirigidas a otros órganos o personas. El archivo de los escritos y comunicaciones deberá efectuarse de manera tal que se mantengan todos los documentos relacionados con determinado asunto en un mismo expediente, pudiendo auxiliarse de medios electrónicos.

Creación de registros Artículo 164. Los órganos o entes podrán crear en las unidades administrativas correspondientes de su propia organización, otros registros con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones. Estos serán auxiliares del registro general, al que comunicarán toda anotación que efectúen. Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los escritos y comunicaciones, e indicarán la fecha de la recepción o salida. Concluido el trámite de registro, los escritos y comunicaciones serán cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que hubiesen sido recibidas.

Soporte informático

Artículo 165. Los registros que la Administración Pública establezca para la recepción de escritos y comunicaciones de los particulares o de órganos o entes, deberán instalarse en un soporte informático. El sistema garantizará la constancia en cada asiento que se practique, de un número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha de entrada, fecha y hora de su presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y persona u órgano o ente administrativo al que se envía y, en su caso, referencia al contenido del escrito o comunicación que se registra. Asimismo, el sistema garantizará la integración informática en el registro general de las anotaciones efectuadas en los restantes registros del órgano o ente.

Lugar de presentación de documentos

Artículo 166. Las solicitudes, escritos y comunicaciones que las personas dirijan a los órganos y entes de la Administración Pública podrán presentarse:

1. En la unidad correspondiente de los órganos y entes administrativos a que se dirijan.

2. En las oficinas de correo en la forma que reglamentariamente se establezca.

3. En las representaciones diplomáticas o delegaciones consulares de República Bolivariana de Venezuela.

4. En cualquier otro que establezca la ley.

A los fines previstos en este artículo podrán hacerse efectivos, por medio alguno, como giro postal o telegráfico, o mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente, cualquier tributo que haya que satisfacer en el momento de la presentación de solicitudes y escritos a la Administración Pública.

Información sobre horario

Artículo 167. Cada órgano o ente de la Administración Pública establecerá los días y el horario en que deban permanecer abiertas sus oficinas, garantizando el derecho de las personas a la presentación de documentos previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.

La Administración Pública deberá hacer pública y mantener actualizada una relación de sus oficinas, sus sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

Remisión reglamentaria

Artículo 168. El Reglamento respectivo determinará las funcionarias o funcionarios que tendrán acceso directo a los documentos, archivos y registros administrativos de la Administración Pública. Para la consulta por otras funcionarias o funcionarios o personas de los documentos, archivos y registros administrativos que hayan sido expresamente declarados como confidenciales o secretos, deberá requerirse autorización del órgano superior respectivo, de conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de contenido confidencial o secreto.

Limitaciones de exhibición o inspección judicial

Artículo 169. La autoridad judicial podrá acordar la copia, exhibición o inspección de determinado documento, expediente, libro o registro administrativo y se ejecutará la providencia, a menos que la autoridad competente hubiese resuelto con anterioridad otorgarle al documento, libro, expediente o registro la clasificación como secreto o confidencial por afectar la estabilidad del Estado y de las instituciones democráticas, el orden constitucional o en general el interés nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes que regulen la materia de clasificación de contenido confidencial o secreto.

Prohibición

Artículo 170. Se prohíbe a las funcionarias y funcionarios públicos conservar para sí documentos de los archivos de la Administración Pública y publicar copia de ellos por cualquier medio sin autorización del órgano superior respectivo.

Expedición de copias certificadas

Artículo 171. Todo aquel que presentare petición o solicitud ante la Administración Pública tendrá derecho a que se le expida copia certificada del expediente o de sus documentos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley respectiva.

Prohibición de expedición de copias certificadas de documentos y expedientes secretos o confidenciales

Artículo 172. Las copias certificadas que solicitaren los interesados y las autoridades competentes se expedirán por la funcionaria o funcionario correspondiente, salvo que los documentos y expedientes hubiesen sido previa y formalmente declarados secretos o confidenciales de conformidad con las leyes que regulen la materia.

Prohibición de expedición de certificaciones de mera relación

Artículo 173. Se prohíbe la expedición de certificaciones de mera relación, entendidas como aquellas que sólo tengan por objeto hacer constar el testimonio u opinión del funcionario declarante sobre algún hecho o dato de su conocimiento de los contenidos en el expediente archivados o en curso.

Procedimiento especial para la expedición de copias certificadas

Artículo 174. Para expedir copias certificadas por procedimientos que requieran del conocimiento y de la intervención de técnicos, el órgano superior respectivo nombrará un experto para ejecutar la copia, quién deberá prestar juramento de cumplir fielmente su cometido, antes de realizar el trabajo. Los honorarios del experto, de ser necesario, se fijarán previamente en acto, verificado ante el funcionario o funcionarla correspondiente y serán por cuenta del solicitante, quien deberá consignarlos de conformidad con el Reglamento respectivo. Los gastos y derechos que ocasione la expedición de copias certificadas, conforme a lo establecido en los artículos anteriores, serán por cuenta de los Interesados.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.

Se deroga el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de dos mil ocho, así como todas las disposiciones legales y reglamentarias que colidan con el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.

DISPOSICION TRANSITORIA Única.

En el lapso de un año contado a partir de la publicación del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, la Administración Pública debe dictar los Instrumentos correspondientes a los fines de adaptar la estructura, organización y funcionamiento de sus órganos y entes, a las previsiones en él contenidas.

DISPOSICION FINAL Única.

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado en Caracas, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil catorce. Años 204° de la Independencia, 155° de la Federación y 15° de la Revolución Bolivariana. Cúmplase,

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Presentación Virtual del nuevo director del Archivo General de la Nación Pablo Fontdevila

>>  lunes, 1 de marzo de 2021

La referente de Cultura participó de una reunión virtual con autoridades del Archivo General de la Nación
http://agenciasanluis.com/

Autor: Prensa Programa Cultura.

La referente de Cultura del Gobierno provincial, Silvia Rapisarda, mantuvo un encuentro virtual este miércoles 24 de febrero en horas de la mañana en la sala de reuniones del edificio Cultura, donde compartió junto a las demás provincias la presentación de Pablo Fontdevila como nuevo director del Archivo General de la Nación (AGN).

De la reunión participó además la jefa del Subprograma Patrimonio Histórico Cultural, Patricia Perkman, quien comentó sobre la agenda de actividades de la reunión como la invitación a la conmemoración de los 200 años (AGN) a cargo de Julia Rosemberg, entre otros.

Perkman destacó que de este encuentro participaron los Archivos Históricos de todas las provincias. San Luis estuvo presente para compartir la agenda de los temas del día, que fueron: brindar información sobre la Diplomatura en Archivística y Gestión Documental en modalidad a distancia (UNTREF-AGN) a cargo de su coordinadora, Paula Hrycyk, además de la invitación y propuesta de acompañamiento para la adhesión de los archivos provinciales al Sistema Nacional de Documentación Histórica (MINCYT) a cargo de Gabriela Parra (Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba).

Otro de los temas desarrollados fueron los avances sobre protocolos de atención a la consulta presencial en el marco del COVID-19 (seguridad e higiene) a cargo de Natalia Villegas (Archivo Histórico de Rio Negro), la recopilación de normativa en archivos a cargo de Guillermo Clarke (Archivo Histórico Provincia de Buenos Aires, Dr. Ricardo Levenne) y la presentación de resumen y objetivos de la nueva ley de archivos de AGN.

Por último, en el cierre del encuentro se habló de los avances sobre Normalización Archivística hacia códigos de referencias nacionales a cargo de Paula Bertini (Archivo y Biblioteca Históricos de Salta) y la presentación de los avances que realiza la AGN en Directrices de Normalización Archivística, a cargo de María Ximena Iglesias.

San Luis participó de una reunión virtual con autoridades del Archivo General de la Nación. Fue este miércoles 24 de febrero en horas de la mañana.






 


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El archivo es un lugar donde hay mucha información, y la información es poder

>>  lunes, 24 de julio de 2017

Perina: "Falta conciencia sobre la importancia de los archivos para la defensa de los derechos ciudadanos”
http://www.diarionorte.com/

 El director del Archivo General de la Nación, Emilio Perina, consideró que "falta conciencia ciudadana sobre la importancia que tienen los archivos para la defensa de los derechos”, al disertar en Corrientes en la 7ma Feria Provincial del Libro, sobre “Archivos en tiempos de cambio” .

"Falta valorizar los archivos. Valorizarlos culturalmente, históricamente y patrimonialmente en defensa de los derechos de los ciudadanos, frente a la arbitrariedad del Estado y no sólo en las causas de derechos humanos, sino en algo más amplio que eso, en el rol de historia institucional”, afirmó el funcionario.
Para Perina, “básicamente lo que afectó a los archivos de la Argentina y su patrimonio cultural ha sido la desidia y la corrupción, porque el archivo es un lugar donde hay mucha información, y la información es poder”.
En este sentido, afirmó que “uno debe aprender y entender que a los archivos hay que cuidarlos desde el origen, porque sino después el Estado invierte mucho dinero en restaurar información que no supo cuidar en su momento”.
Se refirió, además, al nuevo rol de los archivos en el siglo XXI y expresó que “la forma en que los conseguíamos y los cuidábamos está variando, porque hoy el archivo es el pilar en que se asienta la sociedad de la información”.
"Estamos tratando de convencer a los organismos productores de documentación de que la documentación debe ser tratada adecuadamente, conforme a las buenas prácticas, porque mucha de esa documentación va a ser de guarda permanente”, remarcó Perina en diálogo con Télam.
Al respecto, el funcionario sostuvo que “el cambio más importante está dado porque las premisas con las que el Estado constituía documentación ha girado 180 grados”.
“Hasta finales del siglo XX, los estados producían la documentación sobre dos premisas básicas: la seguridad del Estado y el secreto. Si no eras parte legalmente autorizada, no tenías acceso a ese archivo”, señaló.
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Foto Télam.
En este sentido, explicó que “los estados producen su documentación conforme hacia dónde se dirigen los sistemas republicanos y democráticos, hacia la transparencia y el libre acceso”.
“Acabamos de sancionar y darle la reglamentación a la ley de acceso público, ha cambiado totalmente el paradigma de lo que uno debe encontrar y en la forma de tratar los archivos del Estado”, afirmó.
Señaló que “la tecnología te permite socializar más rápidamente la información porque, además, en un sistema republicano, esa información le pertenece a toda la ciudadanía, ya sea que se trate de un documento histórico o de un documento vigente”.
Sobre su gestión en el Archivo Histórico de la Nación, su titular afirmó que “estamos tratando de convencer a nuestros colegas de la administración pública nacional, provincial y municipal, que el documento no es sólo el papel, también hay videos que son un registro de la actividad del Estado, documentos electrónicos, las películas también son documentos qué hay que cuidar y preservar”.
“El audio, el video, las películas también son documentos que hay que preservar, conservar, catalogar, para poner a disposición de la ciudadanía”, afirmó el funcionario.
Perina anunció que el Ministerio de Modernización “está haciendo avances interesantísimos e importantes en esta materia. Estamos mejorando mucho, pero hay un stock hacia atrás de muchos años de desidia y descuido que tenemos que encarar e ir ordenando”.
El funcionario explicó que en su gestión busca incorporar archivistas, historiadores, sociólogos, restauradores de papel, de documentos, videos, películas, audios y la creación de una tecnicatura para que participen "en esta cruzada para cuidar nuestra documentación”.

Por Patricia Arrúa (Télam)

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SE PIERDE HISTORIA DE VENEZUELA POR FILTRACIONES DE AGUAS SERVIDAS EN EL PALACIO DE LAS ACADEMIAS Y EL GOBIERNO NO HACE NADA

>>  sábado, 5 de mayo de 2012

Damnificada historia del siglo XX
EN: Diario 2001/ 05/05/2012

Las filtraciones de tres sanitarios improvisados -que usan 188 personas alojadas desde diciembre de 2010 en la Biblioteca Pública Simón Rodríguez- llenaron de hongos documentos oficiales de los primeros 30 años del siglo pasado. El padrino del refugio es Luis Pellicer, director del Archivo General de la Nación.

Periódicos y Gacetas Oficiales desde 1900 a 1930 están cubiertas de hongos.
Filtración de aguas servidas destruye 30 años de historia.
La Academia alertó sobre el deterioro de documentos desde el año pasado.

Gacetas y periódicos que contienen la historia de Venezuela desde 1900 hasta 1930, que se guardan en la Hemeroteca de la Academia Nacional de la Historia del Palacio de las Academias están en peligro de destrucción por los hongos y humedad que en este momento recubren las tapas de esos volúmenes.

El deterioro lo esta ocasionando una filtración de aguas servidas que viene de la Biblioteca Pública Simón Rodríguez que colinda con la edificación y que desde el 2010 se convirtió en refugio de 188 personas.
Marianela Ponce, directora de la Fundación Palacio de las Academias, explicó que en 2010 la biblioteca habilitó el lugar para los damnificados y desde entonces las academias nacionales acordaron suministrar el agua para ayudar a las familias que ahí habitan.

Las filtraciones aparecieron en 2011 porque los refugiados comenzaron a construir tres baños y lavaderos en el patio Sanz de la Biblioteca Simón Rodríguez, cerca de la pared que colinda con el reservorio documental. El trabajo improvisado colapsó las tuberías del lugar.

Ponce enfatizó que en reiteradas ocasiones se enviaron comunicados al director del Archivo General de la Nación y padrino del refugio Luis Pellicer, para advertir el daño que se estaba generando en el material histórico que se encuentra en el Palacio de las academias, pero, aunque hizo acto de presencia no hubo soluciones.
"Pellicer vino a inspeccionar los daños y dio instrucciones para resolver el problema, pero nunca se ejecutó la solución y ahora estamos en crisis. Esta pérdida es invaluable. Se están dañando los periódico y Gacetas desde 1900 a 1930. Nosotros tenemos una colección con un valor histórico. La academia que tiene la prensa del siglo XIX la tenemos nosotros. La historia de la primera parte del sigli XX se esta perdiendo" explicó la directora ejecutiva de la Fundación Palacio de las Academias.

AUTORIDADES SE LAVAN LAS MANOS
Ponce acotó que hay un departamento de restauración que esta coordinando como sanear el sitio. "Eso no se puede sacar a la ligera, pero se limpiará el material inmediatamente. La buena noticia es que no esta contaminado, y hasta ahora el moho esta por fuera, pero hay que tomar las medidas con urgencia", enfatizó.

Juan Romero, jefe de mantenimiento del Palacio de las Academias, denunció que desde el 6 de diciembre de 2011, se informó a Humberto González, director general del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y Ministerio de Educación, pero no obtuvieron respuestas.

"Desde el 2011 comenzaron las filtraciones y mandaron a un ingeniero, pero no se hizo más nada. Esta vez el problema es más grave. En otras oportunidades por trabajos de la historia de la medicina, archivos de la Academia Nacional de la Historia, pero ahora es un trabajo grande y tiene que asumir las responsabilidades", comento Romero.

Las academias nacionales responsables de la custodia del Palacio de las Academias edificación considerada Patrimonio Histórico y Artístico de la Nación en Gaceta Oficial Nº 25:020 del 6 de abril de 1956 también notificó al Instituto de Patrimonio Cultural pero no se pronunció, pese a que el artículo 2 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural establece que la defensa es obligación prioritaria del Estado y ciudadanía por tener contenido cultural fundamentales para la identidad de la nación.

MÉRITO DE LA ACADEMIA
El presidente de la Academia de la Historia Ildefonso Leal, asegura que con esfuerzos propios y algunos donativos han logrado tener la Hemeroteca más completa con periódicos y gacetas desde el siglo XIX. "Tenemos los primeros periódicos de Caracas y el país no reconoce esto. Esto es mérito de la academia y ahora se esta perdiendo sin que se preocupen por la memoria histórica que se resguarda aquí y sirve para las investigaciones que se hacen. No es solo la infraestructura sino el material que tiene un valor incalculable", subrayó.





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ACADÉMIA / AGNV: OPINIONES SOBRE EL TRASLADO DE LOS ARCHIVOS

>>  lunes, 10 de mayo de 2010

Para mediados de junio estará listo el traslado
EN: ULTIMASNOTICIAS.COM
FECHA: 10/05/2010
AUTOR: MIRIAN MORILLO

La noticia del traslado de los archivos de Simón Bolívar y Francisco de Miranda de la Academia Nacional de Historia al Archivo General de la Nación, contenida en el Decreto Presidencial N° 7.375, fue publicada el pasado 13 de abril en Gaceta Oficial Nº 39.402, y desde ese momento generó opiniones encontradas en la población.
La divergencia obedece al texto del decreto, en el cual se dictamina la transferencia de "la totalidad del Archivo del Libertador Simón Bolívar y del Generalísimo Francisco de Miranda, y en consecuencia su guardia, custodia y mantenimiento al Órgano Desconcentrado Archivo General de la Nación, dependiente jerárquicamente del ministro o ministra del Poder Popular con competencia en materia de Cultura".
De esa manera, el Archivo General de la Nación, como Instituto Técnico y Centro de Investigación de Cultura Histórica, podrá investigar y publicar el pensamiento de Bolívar y de Miranda.
También se establece que en un lapso no mayor de dos meses, contados a partir de la publicación del decreto en la Gaceta Oficial, la Academia Nacional de la Historia deberá hacer entrega a la República, por órgano del Archivo General de la nación, de los bienes que conforman el Archivo del Libertador Simón Bolívar y del Generalísimo Francisco de Miranda.
Los documentos comprenden 246 tomos de Simón Bolívar, los cuales están siendo inventariados en este momento en la sede del Archivo del Libertador (Academia Nacional de la Historia), en San Jacinto; y 63 tomos de Francisco de Miranda, cuyo inventario se lleva a cabo en la sede de la Academia Nacional de la Historia, en el Palacio de las Academias.
Tras su traslado al piso 1 del Archivo General de la Nación, ubicado en la Plaza del Panteón, serán digitalizados y publicados en la web. La Academia no ha ocultado archivos
Inés Quintero, secretaria de ANH
¿La Academia ha ocultado la memoria histórica del país?
Cuando se habla de ocultamiento, de secuestro, no se está obedeciendo a la verdad, porque la Academia es un ente público, de libre consulta, que ha ofrecido un servicio público. Tenemos el registro de profesores, estudiantes e investigadores. La profesora Carmen Bohórquez, viceministra de Cultura, publicó un libro sobre Miranda, su tesis doctoral, y las fuentes son tomadas de las publicaciones del archivo de Miranda. Si no fuese por eso, no hubiese podido hacer su tesis doctoral.
¿A qué se debe ese traslado?
Es importante la justificación formal que se hace en el decreto, de que el Archivo General de la Nación tenga esos documentos. Pero la preocupación de muchos historiadores es la argumentación que está en el texto del decreto, de que esos documentos, de Miranda y de Bolívar, son el fundamento ideológico de la revolución bolivariana, lo cual no es legítimo porque no existe relación histórica directa ni es posible sostener que algo que se creó, elaboró, en el siglo XVIII y siglo XIX, pueda constituir fundamento ideológico de algo que no se sabía que iba a suceder en Venezuela. Los documentos históricos, cualquiera sea su origen, localización, ubicación o momento, les pertenecen a todos los venezolanos, independientemente de la posición política que tengan.
¿Cuál es el estado actual de los archivos?
Están en perfecto estado de conservación. Los de Miranda, que estuvieron extraviados por más de 100 años en un castillo en Inglaterra, llegaron a Venezuela intactos, completos y en perfecto estado, tal como los dejó en 1812, y desde 1926 hasta la fecha han estado en la Academia sin que falte un papel ni se deteriore una página, porque la Academia ha tenido un celo rotundo por la conservación de esos documentos, tan rotundo y tan demostrable que obtuvo de la Unesco la declaración de que ese archivo fuese incorporado como memoria histórica de la humanidad.
En el caso del archivo del Libertador, casi se pierde porque estaba en unas condiciones deplorables y, cuando se cedió a la Academia su custodia, se hizo un esfuerzo enorme y se restauró, se creó la bóveda, se hizo todo para que estuviera en el estado en que hoy se encuentra, impecable, impoluto en una bóveda de seguridad en las condiciones de temperatura y humedad que indican todos los organismos internacionales de conservación. La socialización de la documentación
Luis Pellicer, director del AGN
¿Por qué el traslado?
El objetivo primordial es la socialización de la documentación que allí se encuentra. Por todos los medios impresos y electrónicos que tenemos a nuestro alcance, vamos a digitalizar esa documentación, sobre todo la del Archivo del Libertador, porque no está digitalizada; la de Miranda sí lo está y lo hizo la Biblioteca Nacional, no la Academia Nacional de la Historia.
¿Cuándo se podrá consultar?
Desde junio se podrá empezar a ver la documentación que se va a digitalizar y colgar en la página web del Archivo General de la Nación. Se irá poniendo progresivamente y haremos ediciones en papel para divulgarla. Queremos crear todos los mecanismos a través del plan revolucionario de lectura, para que esta documentación no sólo sea distribuida sino que sea discutida, compartida, que se pueda intercambiar opiniones, hacer lectura crítica de ella y que cada quien se forme su propia idea con base en la documentación. No hay nada mejor que leer a los autores en su tinta. Uno lee a Bolívar en su tinta y lo entiende más que si lee su biografía. La historia no es objetiva ni hay una sola visión de ella.
¿Cómo será el traslado?
El traslado de archivo más importante del país lo realizó el personal del Archivo General de la Nación, y fue el físico de todos los documentos que reposaban en Carmelitas al edificio nuevo, siete kilómetros lineales de documentación. Además, contamos con personal del Instituto de Patrimonio Cultural (IPC), con especialistas no sólo en archivología, porque también vamos a trasladar cosas que son bienes muebles, por ejemplo, el arca donde reposan los documentos de Miranda, un archimóvil y una biblioteca de Bolívar.
¿Dónde los pondrán?
Tenemos estantería especial. Es metálica, recubierta con pintura especial anticorrosiva y todas las condiciones físicas. Ya la bóveda en el piso 1 del Archivo General está en condiciones de temperatura, humedad y de luminosidad óptima para conservar la documentación. Tenemos documentación más antigua que la de Bolívar y de Miranda, que son de los siglos XVIII y XIX. Hay documentos que son del siglo XVI, lo cual hace al Archivo General apto para preservarla.

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TRANSFORMAR LA HISTORIOGRAFÍA PARA TRANSFORMAR LA CONCIENCIA HISTÓRICA Y SOCIAL

>>  miércoles, 5 de mayo de 2010

Archivo General transformará la historia
Comisiones técnicas del Ejecutivo inventarían archivos de Bolívar y Miranda
EN: ELUNIVERSAL.COM
SITE: http://www.eluniversal.com
FECHA: 05/05/2010
AUTOR: Dubraska Falcón, ANA MARÍA HERNÁNDEZ G.

El director del Archivo General de la Nación (AGN), Luis Pellicer, fue tajante al develar las intenciones que tiene el Gobierno revolucionario al trasladar de la Academia Nacional de la Historia (ANH) los documentos del Generalísimo Francisco de Miranda y del Libertador Simón Bolívar. Ellos piensan "transformar la historiografía para transformar la conciencia histórica y la conciencia social", según las declaraciones dadas a El Universal.

Esa es la meta que se han propuesto trazar los "historiadores revolucionarios" antes del 13 de junio, según el director del AGN. Dentro de esos objetivos destaca la construcción de una "historiografía insurgente".
"La historia no es objetiva. La historia se escribe desde una perspectiva. Y no es igual que la escriba un burgués o un oligarca a que la escriba una gente que está en el pueblo o que es el pueblo. Cuando hablamos de una historiografía insurgente es porque estamos insurgiendo en contra de una historiografía que ha justificado el Estado liberal burgués y que ha justificado el sistema capitalista. Nosotros estamos construyendo una historiografía que se fundamenta en el proyecto socialista y el proyecto revolucionario", dice Luis Pellicer.

La razón fundamental, según Pellicer, del traslado es que los revolucionarios se niegan a seguir una historia "donde únicamente las élites y los héroes son los constructores de la historia". Así tentativamente desde julio los archivos se podrán consultar vía internet; e incluso se harán públicos documentos -ya editados- como el

Discurso de Angostura y del Decreto de Guerra a Muerte.

"Nosotros no pretendemos manipular la historia... pretendemos construir un relato fidedigno de la participación y el protagonismo del pueblo en la construcción de la sociedad venezolana; y de los procesos históricos", dice.

En cuanto al arqueo de los archivos de Miranda y de Bolívar, esta tarea ha transcurrido sin mayores sobresaltos en su segunda jornada, y hasta el momento las comisiones técnicas del AGN dan fe del buen estado de preservación de las colecciones en la ANH.

Sobre el archivo de Miranda, se lee en la planilla del AGN debidamente firmada: "resultados óptimos para el resguardo documental".

Este archivo está ubicado en la sede de la ANH, y la historiadora Marianela Ponce comenta: "este es un sitio público, acá vienen a investigar los estudiantes e investigadores".

Ponce explica, además, que mientras los integrantes de la comisión técnica del AGN estén yendo a hacer el inventario, levantarán la información también sobre las condiciones de los documentos. Tal comisión técnica del AGN la componen los estudiantes de archivo Deivy Abad y Elkis Durán, y los historiadores Franklin Amaro y María Gabriela Brito, y por la ANH están Carmen Torres y Antonieta de Rogati.

"Este archivo fue bautizado por el propio Miranda como Colombeia, y la Unesco lo declaró Memoria del Mundo en el año 2007, gracias al trabajo de digitalización que llevó a cabo la propia Biblioteca Nacional en 2006", acota Ponce.

Desde que los volúmenes mirandinos están en la ANH se microfilmaron, y desde 1953 reposan en un arca especialmente construida para resguardar el tesoro documental. Estos archivos cuentan con varias ediciones divulgativas, siempre por decreto presidencial.

En cuanto al archivo del Libertador, el historiador Héctor Bencomo Barrios cumple las funciones de curador de ese legado y asegura que la comisión técnica del AGN asignada lleva a cabo un "trabajo normal, está marchando. Nosotros tenemos mucho trabajo ejecutado, y ellos están levantando sus inventarios, que van a confrontar con los nuestros".

Sobre el traslado, Bencomo ignora cómo lo van a realizar, pero "debería ser en vehículos blindados. Estos documentos son más valiosos que los lingotes de oro, y si esos lingotes los trasladan con fuertes medidas, mucho más estos tomos, que no tienen reemplazo".

En la comisión técnica del AGN que trabaja en Traposos están Carlos Manuel Bravo (historiador), Yesenia Mendoza (archivista), Raúl Jiménez (estudiante de Historia) y Alicia Herrera (investigadora), y por la ANH, las historiadoras Miriam Pierralt, Yinés García, Rosángel Vargas y Eulides Ortega.

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DIFERENTES CRITERIOS SOBRE LA MUERTE DEL LIBERTADOR

Bolívar murió envenenado / Antigua Bitácora de EEUU revela que Bolívar fue ejecutado tras conspiración / 13 Mentiras Bicentenarias
 
Bolívar murió envenenado 
EN: HOY
SITE: http://www.hoy.com.ec
FECHA: 05/05/2010

El arsénico pudo haber contribuido a la muerte del libertador Simón Bolívar, según un médico de la universidad Johns Hopkins que cuestiona el diagnóstico de tuberculosis esgrimido tradicionalmente como la causa del fallecimiento en 1830 del prócer de la independencia sudamericana, señala el diario estadounidense Miami Herald.

Fueron los médicos, y no una traición, lo que llevó a Bolívar a consumir arsénico, afirmó el doctor Paul Auwaerter, quien presentó su caso el viernes pasado en una conferencia anual en la Facultad de Medicina de la Universidad de Maryland sobre la muerte de figuras famosas.

El arsénico era el tratamiento común en aquella época para la tuberculósis y pudo haber contribuido a la muerte de Bolívar, afirmó Auwaerter.

"La tuberculosis ha sido la explicación convencional durante muchos años, pero no tiene sentido", dijo el médico. "Realmente no explica sus últimos seis meses", acotó.

En el informe sobre los síntomas finales de Bolívar se advirtió de la presencia de flema y fluidos verdes que se hallaron alrededor de su corazón, los mismos que sugieren una infección bacterial y no tuberculosís, opinó el médico.

El prócer venezolano es el ídolo del presidente venezolano, Hugo Chávez, que el pasado 17 de diciembre en la celebración del 177 aniversario de su muerte no descartó al asesinato como la causa del fallecimiento del libertador.

Por ello pidió a los organismos del Estado de Venezuela que investiguen las verdaderas causas de la muerte de Bolívar, así como que confirmen si los restos que reposan en el Panteón Nacional de Caracas son los del prócer.

Debido a la inquietud de Chávez, dirigentes universitarios confirmaron que Venezuela envió sus representantes a la conferencia, incluso un funcionario que dirigió el consejo que Chávez creo para examinar la muerte del Libertador.

No obstante, si bien el arsénico pudo causar muchos de los problemas de salud de Bolívar, probablemente lo tomaba como un tónico, y además pudo haberlo consumido inadvertidamente por medio de alimentos y agua contaminados, precisa el informe.

"No apoyo la teoría del asesinato", afirmó el experto.

Bolívar es uno de los héroes de Hispanoamérica, quien ayudó a la liberación de países desde Bolivia hasta Panamá. Para 1830 padecía de mala salud, fiebre, pérdida de conciencia, jaquecas, aliento entrecortado, pérdida de peso, problemas cutáneos y otras dolencias.

Por su parte, el doctor John Dove, un cirujano ortopédico retirado y experto en Bolívar, de Acharacle, Escocia, recordó que se hicieron varios atentados contra la vida del prócer, y la lista de sospechosos incluía a sus generales, que libraban una lucha por el poder con él.

"Había mucha gente a la que le habría gustado liquidarlo", dijo Dove.

La conferencia sobre la muerte de figuras famosas se lleva a cabo anualmente. En anteriores ocasiones, los investigadores examinaron los diagnósticos de figuras históricas como el faraón Tutankamón, Cristóbal Colón y Abraham Lincoln.

Por otro lado, especialistas adscritos al Gobierno central de Venezuela comenzaron con los trabajos de inventario para colocar los archivos de los próceres de la independencia, Simón Bolívar y Francisco de

Miranda, bajo el control del Archivo General de la Nación.
Un decreto presidencial firmado en abril pasado ordenó el traspaso de la documentación de la Academia Nacional de la Historia a instituciones que rescaten la memoria de las luchas de liberación del pueblo venezolano.

De acuerdo con el decreto presidencial, que ordenó la mencionada transferencia, el pensamiento y la obra de Bolívar y Miranda representan la base ideológica de la revolución bolivariana y, en consecuencia, su archivo contiene la documentación fundamental de su legado revolucionario y liberador para el mundo. (ACT)

Destacados
Simón Bolivar nace en Caracas (Venezuela) el 24 de julio de 1783, cuando regía el Imperio español.
Fue el primer presidente de Bolivia desde el 12 de agosto de 1825 a el 29 de diciembre de 1825.
Fue dictador del Perú desde el 17 de febrero de 1824 a el 28 de enero de 1827. Precedido por José de Torre.
Primer Presidente de la Gran Colombia desde el 17 de diciembre de 1819 a el 4 de mayo de 1830
Hora GMT: 05/Mayo/2010 - 05:12

Mier Hoffman: Antigua Bitácora de EEUU revela que Bolívar fue ejecutado tras conspiración
EN: VTV.GOV.VE
SITE: http://www.vtv.gov.ve
FECHA: 04/05/2010

En una inédita entrevista en el programa Dando y Dando, el reconocido historiador mostró la Bitácora de una nave de guerra norteamericana que participó en una misión militar, entonces secreta, para la captura del Libertador cuando desde Santa Marta se alistaba para invadir a Venezuela y proteger la unidad grancolombiana

El historiador e investigador Jorge Mier Hoffman, quien ha dedicado años de estudios sobre la desaparición física de Simón Bolívar, anunció este martes el hallazgo de un documento de la época, perteneciente a la armada de EEUU, que desvela una historia desconocida y silenciada de Venezuela según la cual la muerte del Libertador fue producto de una conspiración internacional que se puso en marcha en 1830 para secuestrar y ejecutar al Genio de América, en la que incluso participó el célebre médico Alejandro Próspero Reverend.
Mier Hoffman señaló que el valioso documento naval, con el certificado de legitimidad otorgado por las autoridades del archivo histórico norteamericano, será entregado a la Asamblea Nacional para incorporarlo a la investigación histórica que realiza el Poder Legislativo venezolano sobre si la supuesta tuberculosis fue la verdadera causa de muerte de Bolívar o, si en realidad, como parece ser, fue víctima de un asesinato.

El historiador señaló que de esta sorprendente Bitácora (el registro diario de las actividades de la nave militar, escrita a puño y letra del capitán norteamericano) existían copias en las Academias de Historia de Colombia y Venezuela durante los años posteriores a la muerte del Libertador, pero las mismas misteriosamente desaparecieron de sus archivos.

El ejemplar hallado fue producto de largos trámites ante la nación norteamericana.

Una misión secreta norteamericana en aguas colombianas y una carta:

En apretado resumen, Mier Hoffman explicó que este documento oficial de la armada norteamericana de la época, revela que el capitán de la nave de guerra recibió el 7 de septiembre de 1830 instrucciones para navegar aguas neogranadinas con el pretexto de que Colombia (La Gran Colombia de Bolívar) era inestable, para lo cual debía dirigirse al puerto de Santo Domingo y esperar nuevas instrucciones.

"El 29 de noviembre se dirige a Cartagena...", refirió Mier Hoffman, quien advierte que eso está escrito a puño y letra del propio capitán militar, identificado como Issac Mayo.

"El 30 sale a Santa Marta buscando a Bolívar, y él (el capitán) dice que en el transcurso de la misión ubica a diferentes barcos hasta que se lo consigue".

De acuerdo a lo escrito en la bitácora, el día 1º de Diciembre de 1830 la goleta militar norteamericana identifica el barco donde estaba el Libertador y mediante violencia lo detiene. Aquí el historiador explica que Bolívar, por causas que se desconocen, se iba por mar a Venezuela, mientras que su ejército lo hacía por tierra, para detener los intentos de separación de la Gran Colombia que Páez organizaba.

La nave de guerra de EEUU dispara un cañonazo, lo que entonces era una clara demostración de fuerza, y se envía un bote con soldados a abordar la nave donde se encontraba Bolívar. Los militares armados no respetan condición diplomática alguna y le entregan forzosamente una carta al Libertador.

"No se le hace llegar con el embajador de Colombia sino de manera violenta..."advierte Mier Hoffman, quien dice que pese a que se desconoce el contenido de esta carta, se presume que fue la orden de su captura.
"Hay indicios de que el capitán no cumple con el rito acordado para presentar sus respetos al general Bolívar...manda soldados y custodia la nave hasta el día 2", refiere nuevamente sobre lo asentado en el documento histórico.

"Según la bitácora, el barco de Bolívar estaba siendo abordado por soldados", advirtió nuevamente.
Próspero Reverend, pieza de la conspiración:
El historiador señaló que el supuesto informe de la autopsia realizada por Reverend, y en la cual se establece a la tuberculosis como causa del fallecimiento, fue escrito por el médico 36 años después de los hechos.
Indicó que el médico finalmente formó parte de la conspiración internacional fraguada desde el gobierno de EEUU de la época, iniciada por el presidente Andrew Jackson, para vengar la captura de dos naves de guerra norteamericanas en el Orinoco, por parte de Bolívar en 1817.

Igualmente, el investigador le parece extraño que, recientemente, estén surgiendo estudios desde EEUU sobre la muerte de Bolívar por razones supuestamente naturales o característicos de la época, precisamente ahora cuando aparece el documento histórico de la Bitácora.
Florida fue libertada por Bolívar:

Mier Hoffman aseguró que el resentimiento del gobierno norteamericano contra Bolívar, fue, además, alimentada por un suceso que fue intencionalmente borrado de la historia: la liberación de Florida, hoy estado norteamericano donde se encuentra Miami, pero que entonces pertenecía al imperio español, por parte de las fuerzas patriotas al mando de Gregory MacGregor, quien por órdenes de Bolívar desalojó a los realistas españoles e instauró una República Libre por solamente 77 días.

La impactante revelación, de acuerdo a la versión de Mier Hoffman, señala además que EEUU declaró a McGregor y su ejército libertador como "contrabandistas" y justificó la posterior invasión norteamericana a esa península. Posteriormente, el gobierno norteamericano de Jackson desarrollaría una supuesta estrategia comercial con el imperio español para comprarle el territorio y convertirlo en uno de los Estados de la unión.

Los restos que reposan en el Panteón no son de Bolívar:

En lo que consideró un tema escabroso, Mier Hoffman dijo además que ya desde 1947, cuando se instala la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de ese año, se designó una comisión investigadora para determinar si los restos de Bolívar son en verdad del Libertador.

Dijo que la Academia Nacional de la Historia de Venezuela (ANH), entonces a cargo de Vicente Lecuna, estigmatizó a un investigador anatomista de la facultad de la UCV, José Izquierdo, quien denunció que había un personaje en la Catedral y otro en el panteón, refiriéndose a los restos de Bolívar.

Esta actitud de Lecuna hizo que el poeta Andrés Eloy Blanco lo calificara como un interesado en que se le conociera como "el dueño de Bolívar", en aparente reclamo a las decisiones autoritarias del encargado entonces de la ANH.

Hasta Rafael Caldera dijo entonces que no creía cree que Bolívar estuviera en el Panteón. "Pero después no se tocó más el tema", recordó Mier Hoffman.

Señaló igualmente que los restos de Bolívar, tras su muerte, fueron depositados en la Catedral de Santa Marta y destruida luego por un terremoto, y las lápidas y tumbas quedaron mezclados, al colmo que un personaje de la época dijo haberse llevado los sagrados restos a su casa para luego devolverlo. "La tumba de Bolívar fue profanada 19 veces", comentó el historiador, por lo que no hay certeza de que el sarcófago de hoy en el Panteón, contenga al Libertador.

Bolívar no murió en San Pedro Alejandrino:

Dijo que le correspondió investigar en 2007, y estudió documentos que aparecen relacionados con parientes de su familia según los cuales Bolívar no había muerto en la quinta San Pedro Alejandrino, sino en un lugar ya desaparecido de la historia, en una hacienda -propiedad de sus antecesores- cuya ubicación no se tiene certeza.

"El tema no termina aquí...", advirtió Mier Hoffman. "Esta es una complicidad histórica general que borra de la memoria los hechos ocurridos", dijo a modo de conclusión.

"Fue una suerte de complicidad total, donde el primer cabecilla fue Andrew Jackson...una estrategia para obligar a Bolívar a salir como salió, sin seguridad. Ocurre el asesinato de Sucre y desmorona al Libertador y dentro de la frustración propia acepta irse por mar, la nave que forma parte de la conspiración".

"Cuando se dirige a Santa Marta es abordado por la nave de guerra norteamericana, y detenido por soldados".

"Lo dice la Bitácora, esto no es interpretación", puntualizó Mier Hoffman.
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13 MENTIRAS BICENTENARIAS
AUTOR: Dr. Tulio Álvarez
Los invito a leer “13 Mentiras Bicentenarias”, cuyo autor es Tulio Álvarez, Magister en Historia de Venezuela Summa Cum Lauden y Doctor de la Universidad católica Andrés Bello. En la página 121, de título “Décimo Tercera Mentira: A Bolívar lo asesinó la oligarquía”, nos da una visión diferente de lo expresado en los dos artículos anteriormente publicados, en los que no se habla de la “goleta de guerra “Grampus” de los Estados Unidos en la que prestaba servicios como cirujano el Dr. M. Night” , citados por el Dr. Álvarez en su libro. Leanlo

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COMENZÓ PROCESO DE ARQUEO EN ARCHIVOS DE BOLIVAR Y MIRANDA

>>  martes, 4 de mayo de 2010

Archivos de Miranda y Bolívar sometidos al arqueo

EN: ELUNIVERSAL.COM
SITE: http://www.eluniversal.com
FECHA: 04/05/2010
AUTOR: AMHG

Luego de instalar las comisiones de trabajo se hará el inventario

Ayer comenzó el proceso que culminará con el traslado de los archivos de Miranda y Bolívar desde la Academia Nacional de la Historia (ANH) hasta el Archivo General de la Nación (AGN). Como explicó la historiadora Inés Quintero, secretaria de la ANH, el trabajo se inicia primero con un inventario de lo que se tiene.

"Todo va a comenzar con la instalación de las comisiones, tanto por parte de la ANH como del Ejecutivo, y luego con el arqueo de los documentos existentes. Quiere decir que no se va a mover un solo documento hasta que no se tengan las actas de lo que hay en ambos
archivos", aseguró.

Por su parte, la comisión técnica y de enlace del AGN, junto a su director Luis Pellicer, estuvo ayer en la mañana en la ANH. Al respecto, Pellicer dijo: "Buscamos los inventarios que están hechos y los catálogos que se hicieron allí, se hace un proceso de registro: una base de datos de toda la documentación". AMHG

El gobierno de Venezuela decidió quitar la custodia de los archivos del Padre de la Patria, Simón Bolívar (1783-1830) y del precursor de la independencia, Francisco de Miranda (1750-1816) a la Academia Nacional de la Historia, entidad independiente que data del siglo XIX.

En su lugar, el presidente Hugo Chávez decretó que esos archivos, 283 tomos de documentos de Bolívar y 63 de Miranda, declarados Patrimonio de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sean depositados en el Archivo General de la Nación.

Polémica por archivos de Bolívar y Miranda

EN: RADIO NEDERLAND WERELDOMROEP
SITE: http://www.rnw.nl
FECHA: 04/05/2010
AUTOR: Humberto Márquez (http://www.rnw.nl)

La decisión comporta más que contrariar a la Academia, cuyos integrantes a menudo discrepan de la interpretación de la historia que hace el presidente Chávez, así como algo más que quitar al claustro de los historiadores uno de sus tesoros más preciados. Es posible inscribir la decisión en los esfuerzos del presidente venezolano por reescribir o re-presentar la Historia, de modo que el proceso político que lidera pueda ser visto como una continuación de la gesta emancipadora de comienzos del siglo XIX.

Reconstrucción de la historia

Al respecto, Radio Nederland consultó al director de la Academia Nacional de la Historia, Elías Pino Iturrieta, según quien el gobierno pretende disponer de los archivos para su propósito de reconstruir la memoria de las luchas populares, lo que puede constituir un manejo tendencioso de esos documentos del pasado.

"En el decreto del gobierno se dice lo siguiente: los archivos han estado como secuestrados por una corporación que no los pone al servicio de las luchas populares. El régimen se encargará de utilizarlos para construir la memoria de las luchas populares”, explica Pino Iturrieta. “Lo que parece más evidente es la manipulación política, y más peligroso que su deterioro o extravío es que se van a utilizar esos documentos para un propósito que tienen el régimen y el presidente de la República, que es militarizar la memoria de la sociedad".

"Así como tratan de militarizar el presente, quieren militarizar el pasado, y para eso la épica de Miranda o de Bolívar les viene como anillo al dedo. El propio presidente de la República trata de plantear el origen de la independencia como un origen cívico-militar, y eso no tiene ningún sentido", según Pino, pues el proceso fue desencadenado por civiles. "Son cuestiones que están a la vista, no se trata de que la Academia se sienta dolida por un despojo".

Importante para el pueblo

En cambio, el director del Archivo General de la Nación, Luis Pellicer, ha sostenido que los documentos de Bolívar y Miranda son importantísimos para el pueblo venezolano y deben reposar en la institución que dirige para que sean difundidos. La Academia, sin embargo, había editado varias decenas de tomos con documentos de ambos próceres.

Los documentos se conservan en un ambiente a 19 grados centígrados de temperatura y con una humedad de 60 por ciento, y los investigadores pueden acceder a ellos cumpliendo requisitos elementales para su cuidado. Unos y otros coinciden en esperar que, en manos del archivo gubernamental, se conserven igualmente con carácter de tesoro histórico.

Discrepancias sobre muerte de Bolívar

Además de estos documentos, otros temas históricos desvelan a muchos apasionados venezolanos en estos tiempos en que comienzan a celebrar el bicentenario de su independencia. Uno es la muerte del libertador Simón Bolívar, quien falleció de tuberculosis y otras dolencias según la historia oficial, pero pudo haber sido asesinado por los adversarios de la unidad entre las actuales Venezuela, Colombia y Ecuador, una tesis que suscribe con ahínco el presidente Hugo Chávez.

Otro tema de polémica se refiere a la espada que la municipalidad de Lima regaló al libertador Bolívar, una joya de orfebrería que reposaba en las bóvedas del Banco Central de Venezuela pero el presidente Chávez ha tomado, para asombro de historiadores que temen por la reliquia, para emplearla en actos proselitistas, y de la cual regala costosas copias a todos los gobernantes amigos.

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EL LUNES INICIAN TRASLADO DE ARCHIVO DEL LIBERTADOR Y EL GENERALISIMO

>>  viernes, 30 de abril de 2010

A partir del lunes trasladan documentos  

EN:ENTORNOINTELIGENTE
FECHA: 30/04/2010
FUENTE: ABN

El próximo lunes se iniciará el traslado de los documentos y bienes del Generalísimo Francisco de Miranda y del Libertador Simón Bolívar de la Academia Nacional de la Historia al Archivo General de la Nación. El director del Archivo General de la Nación, Luis Pellicer, indicó que el Archivo, el Instituto de Patrimonio Cultural y la Biblioteca Nacional tienen las condiciones ambientales de humedad y temperatura que se requieren para la conservación de esos libros, y recordó que allí tienen archivos y documentación que data de un pasado mucho más remoto, del siglo XVI, y están a buen resguardo. Indicó que ya anunciaron a la Academia el primer cronograma de trabajo y que el traslado se hará bajo las normas nacionales e internacionales que están previstas. Además de digitalizar los documentos originales, se transcribirán al castellano moderno, otros serán traducidos y se montarán en la Internet. abn

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ARCHIVOS HISTÓRICOS A LA PALESTRA BOLIVARIANA

>>  lunes, 26 de abril de 2010

Elías Pino Iturrieta // ¿La historia se hace con documentos?

EN: ELUNIVERSAL
SITE: http://opinion.eluniversal.com
FECHA: 24/04/2010
AUTOR: eliaspinoitu@hotmao.com
 
El análisis documental colinda con el disparate y penetra los pantanos de la falsificación

El mandón conoce la respuesta: hacen falta testimonios de primera mano, procedentes de la obra de los antepasados, que den cuenta de cómo sucedieron los hechos que la posteridad requiere para saber dónde está parada. La carencia de fuentes impide la reconstrucción adecuada de tales hechos sin los cuales las sociedades vivirían en un insostenible limbo. Nada nuevo se dice ahora sobre asunto tan socorrido, sobre un vínculo tan establecido por los especialistas en el campo de las Ciencias Sociales, pero el tema se trajina otra vez debido al empeño del régimen en establecer un dominio preferencial de los documentos históricos para colocarlos al servicio de sus propósitos de hegemonía.

Un detalle elocuente sobre ese empeño es de cercana data: la calificación del 19 de abril de 1810 como hazaña cívico-militar, divulgada por el mandón en la víspera de la celebración bicentenaria. Para el descubrimiento de la magnitud del disparate basta el hecho de recordar dos sucesos posteriores, a los cuales se adjudicó con fundamento la amalgama de los dos elementos: el 18 de octubre de 1945 y el 23 de enero de 1958. Nadie en sus cabales vería con ojos atónitos la relación de la ciudadanía con el cuartel que se patentiza en ambos eventos, la confluencia de intereses de los partidos políticos con logias de uniformados, pero sólo la falta de cordura puede encontrar un maridaje parecido en un Jueves Santo cuyos protagonistas portaban, en abrumadora mayoría, levitas y sotanas. Pero el mandón estableció el nexo valiéndose de un conjunto de evidencias, supuestamente extraídas de los archivos y suministradas por algún diligente historiador. Echaba mano de datos precisos, de episodios desconocidos y de nombres propios de soldados insurgentes, de tropas en situación de alerta, como para que no quedaran dudas de cómo estuvieron los aristócratas y los sacerdotes de la época acompañados de las "fuerzas armadas".

La estatura de la invención nos pone en guardia sobre la etapa que estrena la "revolución" en el manejo de los documentos históricos. La envergadura del anacronismo debe mover a general prevención porque puede ser el comienzo de una variante de las manipulaciones habituales, ahora supuestamente sustentadas por la "verdad" que mana de las fuentes primarias. El mandón se aleja de las citas trilladas de los discursos más conocidos de la Independencia, para divulgar "nuevos conocimientos" que han surgido de investigaciones que los estudiosos miopes y reaccionarios habíamos subestimado. Es lo que sugiere su flamante afán de decorar con charreteras los sucesos del 19 de abril partiendo de materiales aparentemente inéditos; y lo que puede augurar el control que ejercerá en adelante, auxiliado por los fieles con quienes cuenta en el templo de Clío, sobre los archivos de Miranda y Bolívar que custodió hasta hace poco la Academia de la Historia. Ahora los tiene al alcance de la mano para hacer con ellos lo que le venga en gana. Cartas que jamás consultó, arengas sobre las cuales no tenía noticia, confidencias que jamás pudo imaginar desde la perspectiva de sus anémicas lecturas, le abren el camino para la fundación, ahora sí, de una historiografía de tendencias diversas dependiente de su capricho.

La historia se hace con documentos, desde luego, pero no se hace de cualquier manera. La posibilidad de acercarse a sus contenidos no es monopolio de un esclarecido elenco de genios a quienes incumbe desentrañar los arcanos de la antigüedad en términos exclusivos, pero tampoco corresponde al dominio de los advenedizos. El tratamiento de las evidencias de otras épocas no sólo requiere entrenamiento profesional, razón por la cual se ha convertido en carrera universitaria, sino también exigencias de equilibrio sin las cuales la interpretación de sus contenidos es dominada por la arbitrariedad y puede desembocar en retos escandalosos contra la trayectoria de un pueblo. La trayectoria de un pueblo no depende de las agallas de los individuos que reinan en la posteridad, sino de cómo descubren los historiadores una evolución tal cual fue ella de acuerdo con las conminaciones de cada tiempo, sin anacronismos ni superposición de valores. El análisis documental colinda con el disparate y penetra los pantanos de la falsificación cuando se ocupan del asunto personas cuya credencial no es otra que la improvisación. Pero el problema se agiganta cuando el advenedizo, como es ahora el caso del mandón, lo utiliza para regodearse en el poder.

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ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA PEDIRA RECONSIDERACIÓN SOBRE EL TRASLADO DE ARCHIVO DE BOLÍVAR Y MIRANDA

>>  viernes, 23 de abril de 2010

Pedirán reconsideración

EN: GUIA.COM.VE
FECHA: 23/04/2010
AUTOR: Tal Cual

Los archivos de Simón Bolívar y Francisco de Miranda se han convertido en los protagonistas de la vida cultural venezolana, luego de que el Gobierno Nacional publicara en Gaceta Oficial un decreto presidencial en el que ordena su traslado de la Academia Nacional de la Historia (ANH) al Archivo General de la Nación, ubicado en el Panteón Nacional.

Como respuesta, los directivos de la ANH enviarán una carta al Presidente de la República para que los 283 tomos de Bolívar que están en sus manos desde 1999  y los 63 volúmenes de papeles de Miranda cuya custodia la tienen desde 1926  permanezcan bajo su custodia. La Academia argumenta que dichos archivos son Patrimonio Histórico de la Nación y que deben estar resguardados en condiciones especiales, por lo que pedirán a Hugo Chávez que reconsidere la medida.

Aunque se ha tratado de hablar con los directivos de la ANH, no ha sido posible conseguir sus declaraciones. Sus miembros prefieren establecer el diálogo directamente con el Presidente en aras de favorecer la negociación.

PASO ADELANTADO

El Ministerio de la Cultura, encargado de hacer cumplir el decreto, ya ha adelantado algunas diligencias para asegurar que antes del 13 de junio, los documentos de Bolívar y Miranda se encuentren en el Archivo General de la Nación.

Para hacer efectiva la decisión presidencial, el ministro de Cultura, Francisco Sesto, designó a los historiadores Carmen Bohórquez, Luis Pellicer y Pedro Calzadilla, como miembros de la comisión encargada de la transferencia de la totalidad de esta documentación.

La delegación contará con la asesoría de Héctor Torres, presidente del Instituto de Patrimonio Cultural (IPC), e Ignacio Barreto, director de la Biblioteca Nacional. Extraoficialmente se pudo conocer que los miembros de esta comisión estarán a partir del lunes en la ANH investigando en qué estado se encuentran los archivos de los próceres para coordinar su traslado.

'Los archivos históricos de Bolívar y Miranda son rescatados y dejan de estar en manos de quienes los silenciaron, ya que la historia es siempre algo que está sobre una base científica; sin embargo, las interpretaciones de la historia que habíamos conocido hasta ahora son interpretaciones al servicio de la visión de clases, de quienes han sido los poderosos', aseguró Sesto, según una nota de prensa emitida por su despacho.

Según el ministro, los archivos del Libertador Simón Bolívar se encuentran actualmente en una bóveda a escasas cuadras de su Casa Natal, la cual no es del Estado venezolano. Por su parte, los archivos del Generalísimo Francisco de Miranda se encuentran en las instalaciones de la Academia de la Historia.

'En 60 días, esta documentación estará resguardada, tal como lo indicó el titular de Cultura, con las condiciones adecuadas, en las bóvedas adecuadas y bajo la seguridad adecuada; pero, además, con nuestros investigadores haciendo la investigación adecuada', garantizó Sesto.

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