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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) espera modifica manera de validar de documentos digitales (Colombia)

>>  martes, 28 de abril de 2026

Este es el importante cambio en la declaración de renta del 2026 que confirmó la Dian: habrá nuevo modelo de validación para documentos digitales
https://www.infobae.com
Daniel Mauricio Rodríguez Sevilla


El proyecto plantea que los funcionarios de la Dian utilicen un sistema único de autenticación digital para firmar y validar todos los actos administrativos generados por medios electrónicos - crédito VisualesIA

La propuesta contempla la adopción de un mecanismo centralizado, con métodos tecnológicos y vigencia definida, que busca modernizar la gestión de documentos oficiales en la Dian

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) propuso recientemente un cambio que podría modificar de manera sustancial la validación de documentos digitales en Colombia a partir de 2026.

La propuesta contempla la adopción de un nuevo sistema de firma electrónica unificada, conocido como Instrumento de Firma Electrónica (IFE), que introduciría nuevas exigencias para los procesos administrativos y establecería una validación centralizada para los actos oficiales generados por medios digitales.

El proyecto, divulgado para comentarios públicos, establece que el IFE sería de uso obligatorio para los funcionarios de la Dian cuando elaboren documentos como resoluciones, certificaciones o memorandos en formato digital.

El objetivo de la iniciativa es unificar los mecanismos de firma, que hasta ahora estaban dispersos en distintos sistemas, y consolidar un método de autenticación que tenga plena validez jurídica en la gestión pública digital.

Según el documento publicado, la adopción del IFE implicaría que todos los actos administrativos tendrían la misma validez legal que si hubieran sido firmados de forma manuscrita.

Hasta ahora, la Dian utilizaba diversos esquemas de firma electrónica para trámites específicos, como devoluciones, certificaciones o gestiones aduaneras, lo que generaba una fragmentación de sistemas y procedimientos. La propuesta busca reemplazar progresivamente esos mecanismos y centralizar la validación bajo un único modelo.

Cronograma de implementación

El plazo para implementar el nuevo sistema se estableció antes de finalizar 2026. Este cronograma marca el horizonte para migrar a la nueva tecnología y avanzar hacia una administración pública más digitalizada.

La propuesta no parte de cero; la Dian ya venía integrando herramientas de firma electrónica respaldadas por normas como la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012, que otorgan validez jurídica a estos mecanismos. No obstante, la novedad reside en la unificación y estandarización de los procedimientos en todas las dependencias de la entidad.

¿Cómo funcionará el Instrumento de Firma Electrónica?

El Instrumento de Firma Electrónica se apoya en tecnologías como contraseñas personales, datos biométricos y claves criptográficas. Estos métodos permiten identificar de manera única al firmante y proteger la integridad de los documentos.

De acuerdo con el proyecto, cada funcionario contaría con un sistema de autenticación exclusivo, de modo que los archivos digitales no podrían alterarse sin dejar evidencia y sería posible verificar quién firmó cada documento y en qué momento.

Entre los conceptos fundamentales que incorpora el nuevo sistema figuran la autenticidad, la integridad y el no repudio. La autenticidad garantiza certeza sobre la identidad de quien suscribe el documento, la integridad asegura que el contenido no pueda ser modificado tras la firma y el no repudio impide que el firmante niegue posteriormente su autoría.

Además, la vigencia del IFE será de tres años, con la posibilidad de renovación en línea a través de los servicios digitales de la Dian. Esta característica busca facilitar la continuidad de la autenticación digital y reducir la necesidad de trámites presenciales.

Impacto para usuarios, empresas y contribuyentes

La medida está dirigida principalmente a los funcionarios de la Dian, pero sus efectos se extenderían a empresas, contribuyentes y ciudadanos que interactúan con la entidad.

Un mecanismo de firma electrónica más robusto podría agilizar los procesos administrativos, disminuir la dependencia de documentos físicos y reducir la asistencia presencial a las oficinas.

La validación digital ofrecería mayor seguridad en la presentación de declaraciones y en la expedición de certificaciones, elementos clave para la confianza en el sistema tributario.

Mientras se completa la transición, el esquema actual de firma digital seguirá funcionando. Una vez finalizada la migración al IFE, el sistema anterior quedará deshabilitado. El documento oficial enfatiza que la intención es “unificar y masificar el uso de herramientas digitales seguras en todas las dependencias”, con el fin de fortalecer la trazabilidad y la eficiencia en la gestión pública.

Próximos pasos hacia la digitalización

El proceso de comentarios y ajustes continuará hasta lograr la versión definitiva de la resolución, que marcará el inicio de la transformación en la validación de documentos digitales en Colombia.

El proceso de comentarios y ajustes continuará hasta lograr la versión definitiva de la resolución- crédito Dian


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Documentos notariales y certificaciones públicas en formato digital emitidas en Cuba no tienen validez internacional sin previa legalización

>>  jueves, 19 de febrero de 2026

¿Son válidos en el extranjero los documentos digitales cubanos? Lo que establece la Resolución 284
https://eltoque.com/
Raúl Medina Orama




Desde finales de enero de 2026 se ha publicado en redes sociales, medios de prensa y plataformas oficiales una interpretación errónea de la Resolución 284 de 2025 del Ministerio de Justicia (Minjus) de Cuba; norma que supuestamente «confiere validez internacional a documentos notariales y certificaciones públicas en formato digital», según difundió el sitio estatal Cubadebate.

Asimismo, elTOQUE Jurídico recibió consultas de la audiencia sobre la veracidad de un mensaje viral que circula en WhatsApp en el cual también se afirma que la Resolución 284 otorga «validez internacional» a las «copias electrónicas de documentos notariales y certificaciones de Registros (Civil, de la Propiedad, Mercantil, etcétera)». Supuestamente, esos documentos «están reconocidos para su uso en el tráfico jurídico internacional». Pero esta afirmación es FALSA, porque los documentos notariales y certificaciones públicas emitidas en Cuba no son válidos en el extranjero de manera automática, ya que el país no forma parte del Convenio de La Haya de 1961 sobre apostilla.

El anuncio se promueve como «un paso clave en la transformación digital de los servicios jurídicos» en Cuba, utiliza la etiqueta oficial #MinjusConTodos y también ha sido compartido por entidades estatales, como la Asamblea Municipal del Poder Popular del municipio Florida (Camagüey). Sin embargo, puede llevar a la confusión de creer que, si un ciudadano cubano obtiene una de esas certificaciones digitales, no tendrá que legalizarlas para utilizarlas en trámites fuera del país o en una embajada.
¿Qué dice la Resolución 284 del Ministerio de Justicia?

La norma aludida en los mensajes en redes y en la prensa estatal —Resolución 284 del Minjus, publicada en la Gaceta Oficial 63 (Ordinaria)—, dispone que las copias autorizadas de documentos notariales y las certificaciones emitidas por los registros oficiales del país en formato digital y firmadas electrónicamente tienen el mismo valor y eficacia jurídica que las expedidas en papel.



En uno de los «por cuanto» del preámbulo de la resolución se declara el deseo de que «el avance del proceso de transformación digital en desarrollo en el Ministerio de Justicia» propicie «las condiciones para el reconocimiento y circulación en el tráfico jurídico nacional e internacional de las copias de los documentos públicos electrónicos notariales y registrales». Sin embargo, es una declaración de propósito y no un mandato con fuerza normativa, por lo que no tiene efecto real ante instituciones de otros países.

La normativa establece que los documentos electrónicos deben estar firmados con certificados digitales de la Infraestructura Nacional de Llave Pública y contener el sello digital del impuesto, lo cual los reconoce formalmente como documentos públicos electrónicos. Sin embargo, su alcance está limitado a «los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales y de subordinación local, autoridades y funcionarios públicos receptores de este tipo de documento».

De acuerdo con la legislación, en los casos en que se presenten copias impresas de documentos digitales, la autenticidad podrá comprobarse accediendo al documento original mediante un PIN, número de caso o código QR disponible en el sitio web del Ministerio de Justicia.
¿Por qué los documentos digitales cubanos no pueden usarse en el extranjero?

Los documentos notariales y certificaciones públicas en formato digital emitidas en Cuba no tienen validez internacional sin previa legalización porque el país no forma parte del Convenio de La Haya de 1961 sobre apostilla, que entre los Estados parte se usa para reconocer documentos como actas de nacimiento, títulos, sentencias y poderes notariales, entre otros.



Lo anterior significa que Cuba no es parte del convenio que elimina la legalización consular de documentos públicos extranjeros mediante apostilla. Para usar documentos cubanos (incluso electrónicos) en naciones que sí están en ese convenio, se suele requerir la legalización consular de la autoridad del país receptor o una legalización tradicional, en lugar de apostilla.

A pesar de ello, la comunicación institucional del Ministerio de Justicia al respecto también ha sido confusa. En sendas publicaciones difundidas el 21 y el 22 de enero de 2026 en su página oficial de Facebook, también se afirma que la Resolución 284 de 2025 «dispone el reconocimiento y circulación en el tráfico jurídico internacional de las copias de los documentos públicos electrónicos notariales y las certificaciones que expiden los registros centrales y registrales».

No obstante, que el Minjus declare en el preámbulo de la Resolución 284 su aspiración de que se reconozca la validez internacional de los documentos electrónicos no obliga automáticamente a otros países a aceptarlos sin más requisitos.



La Resolución 284 de 2025 moderniza el soporte del documento, pero no altera el régimen legal internacional de reconocimiento. Cualquier afirmación en sentido contrario es engañosa o jurídicamente incorrecta.






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