LEY 1409 EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARCHIVISTICA

>>  jueves, 2 de septiembre de 2010

LEY 1409
"POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARCHIVÏSTICA, SE DICTA EL CÓDIGO DE ÉTICA Y OTRAS DISPOSICIONES"
El Congreso de Colombia
DECRETA:
TÍTULO
DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARCHIVÏSTICA
ARTÍCULO 1°. Definición. Para todos los efectos legales, se entiende por ejercicio profesional de la archivística el desempeño laboral de profesionales, con título legalmente expedido, en todo lo relacionado con el manejo de los archivos, cuyo campo de acción se desarrolla fundamentalmente en las áreas relacionadas con el conocimiento, organización, recuperación, difusión, pres'9rvación de la información, conservación y conformación del patrimonio documental del país.
ARTÍCULO 2°. Campos de acción. Para efectos de la presente ley, el ejercicio de la Archivística comprende:
a) La aplicación de los principios universales de procedencia y de orden natural en la Organización tanto de los archivos públicos como privados, bajo el concepto de Archivo total, que comprende procesos tales como la producción o recepción, la distribución, la consulta, la organización, la recuperación y la disposición final de los documentos, en sus distintos soportes.
b) La producción, identificación, organización, clasificación, descripción, selección, Valoración, diagnóstico, conservación y custodia de documentos y, en general, todas las actividades que propenden por el desarrollo de la gestión documental.
c) La planeación, diseño, coordinación, control, administración, evaluación y gerencia Técnica de los procesos archivísticos, en sus distintos soportes.
d) La docencia y la investigación científica en el área de archivística, que se complementa de manera interdisciplinaria con otras profesiones y disciplinas afines.
Parágrafo. Las actividades que propenda1 por el desarrollo de la gestión documental se complementan de manera interdisciplinaria con las tareas de reprografía, microfilmación, digitalización, restauración, divulgación, administración e investigación que en el marco de la función archivística pueden realizar profesionales y técnicos de otras disciplinas según su especialidad.
ARTÍCULO 3°. De los profesionales de la archivística. Se entiende por profesionales de la archivística y están amparados por la presente ley, los profesionales técnicos, profesionales tecnólogos y profesionales universitarios que hayan recibido título de formación en programas archivísticos en Instituciones de Educación Superior, cuyo título corresponda a los niveles señalados en la Ley 30 de 1992 o en las disposiciones legales vigentes en materia de educación superior.

TÍTULO II
DEL EJERCICIO DE LA Profesión DE Archivística
ARTÍCULO 4°. Requisitos para ejercer la profesión de archivista. Para ejercer legalmente la profesión de Archivista en el territorio nacional, se requiere acreditar su formación académica e idoneidad del correspondiente nivel de formación, mediante la presentación del título respectivo, el cumplimiento de las demás disposiciones de ley, la inscripción en el Registro Único Profesional de Archivistas y haber obtenido la Tarjeta Profesional expedida por el Colegio Colombiano de Archivistas.
ARTÍCULO 5°, De la tarjeta profesional. Solo podrán obtener la Tarjeta Profesional de archivista, ejercer la profesión y usar el respectivo títulodentro del territorio colombiano quiénes:
a) Hayan obtenido el título Profesional de Archivística en el correspondiente nivel de formación otorgado por universidades, o Instituciones de Educación Superior, legalmente reconocidas, conforme a lo establecido en el ARTÍCULO 3° de la presente ley.
b) Hayan obtenido el título Profesional de Archivística, en el correspondiente nivel de formación otorgado por universidades e Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de Títulos.
e) Hayan obtenido el título Profesional de Archivística, en el correspondiente nivel de formación otorgado por universidades o Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia no haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos; siempre y cuando hayan obtenido la homologación o convalidación del títulos académico ante las autoridades competentes, conforme con las
normas vigentes sobre la materia.
ARTICULO 6°. De la inscripción en el Registro Único Profesional de Archivistas y tarjeta profesional para extranjeros, Quienes ostenten el título profesional de Archivista y tengan la condición de extranjeros, y se vinculen laboralmente o pretendan vincularse en Colombia temporalmente en labores propias de la archivística, deberán obtener para tal efecto, Tarjeta Profesional o certificación de inscripción profesional
temporal, según el caso, de acuerdo a las disposiciones vigentes, concedidos por un periodo de un (1) año, prorrogables por un periodo igual.

TITULO III
DEL EJERCICIO ILEGAL DE la Profesión DE ARCHIVISTA
ARTÍCULO 7°, Ejercicio ilegal de la profesión. Quien ejerza ilegalmente la profesión de Archivista sin el lleno de los requisitos, contemplados en la presente ley y en las  disposiciones legales vigentes, quedará inmerso en el ejercicio ilegal de la profesión, sin perjuicio de las sanciones que correspondan a las autoridades penales, administrativas y disciplinarias, según el caso.
Igual sanción recibirá la persona que, mediante avisos, propaganda, anuncios  profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Archivista profesional, sin el  cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente 'Ley y en las disposiciones legales vigentes.
Parágrafo. Incurre en ejercicio ilegal de la profesión, el profesional de la archivística que estando debidamente inscrito en el Registro Único Profesional de Archivistas, ejerza la profesión estando suspendida o cancelada su Tarjeta Profesional o certificado de inscripción profesional. De igual manera, quienes se encuentren sancionados disciplinariamente.
ARTÍCULO 8°, Para el desempeño de un cargo público o privado que requiera el ejercicio de la archivística, en concordancia con lo dispuesto en el ARTÍCULO 2° de la presente ley, se requiere presentar la tarjeta o matrícula profesional de archivista o el certificado de inscripción profesional según el caso, expedido por el Colegio Colombiano de Archivistas. .
Parágrafo. Corresponderá a la Función Pública reglamentar las características y perfiles de los cargos de archivistas en las diferentes entidades del Estado y niveles de la administración pública.
ARTÍCULO 9°. Prestación de servicios archivísticos. Cualquier Sociedad, que preste servicios en el campo del ejercicio de la archivística deberá contar con los servicios de archivistas de acuerdo con lo establecido en la presente ley, la Ley 594 de 2000, y las demás normas que las complementen.

TITULO IV
DE LAS FUNCIONES DEL COLEGIO COLOMBIANO DE ARCHIVISTAS
ARTÍCULO 10. El Colegio Colombiano de Archivistas como entidad asociativa, que representa los intereses profesionales, académicos y de responsabilidad deontológica de esta área de las ciencias sociales y humanísticas, conformado por un mayor número de afiliados activos de esta profesión, con estructura interna y funcionamiento democrático, plural y equitativo, que funciol1ará con su propio peculio y cuya finalidad es la defensa, fortalecimiento, apoyo, inspección y vigilancia en el ejercicio profesional
de la Archivística. A partir de la vigencia de la presente ley tendrá las siguientes funciones públicas:
a)     Expedir la Tarjeta Profesional a los Archivistas, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en la presente Ley.
b) Crear el Registro Único Profesional de Archivistas y realizar el trámite de inscripción correspondiente.
c) Conformar el Tribunal Nacional Ético de Archivística, para darle cumplimiento a las responsabilidades establecidas en el Código Deontológico o Código de Ética, de que trata la presente ley y de conformidad con las disposiciones legales vigentes y de su Reglamento Interno.

TITULOV
DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO y CÓDIGODE ÉTICA PARA EL EJERCICIO DE LA
Profesión DE ARCHIVISTICA
CAPITULO I
De los principios generales del Código de Ética para el ejercicio de la profesión de Archivística
ARTÍCULO 11. De los principios generales. El ejercicio profesional de la archivística debe ser guiada por criterios, conceptos y elevados fines de responsabilidad, que propendan a enaltecer la profesión por lo tanto los profesionales de la archivística ejercerán su profesión bajo los siguientes principios:
1. El archivista protegerá la integridad de los bienes documentales que custodian, para que constituyan fiel testimonio del pasado. La primera misión del archivista Consiste en proteger la integridad de los documentos, conservarlos y custodiarlos. Simultáneamente velará por la integridad de los documentos, factor que, en ocasiones, puede entrar en conflicto con intereses y derechos de empleados, propietarios, usuarios, y en contradicción con el pasado, el presente y el futuro. Actuará siempre con objetividad e imparcialidad. Resistirá las presiones de cualquier fuerza que intente manipular las evidencias, encubrirlas o distorsionar los hechos.
2. El archivista valorará, seleccionará y conservará el material de archivo en su contexto histórico, legal, administrativo y documental, manteniendo el principio de procedencia de los documentos de archivo. El archivista procederá de acuerdo con los principios archivísticos generales aceptados y practicados. Tendrá en cuenta la creación, conservación y difusión de la información en soportes tradicionales, así como la contenida en medios electrónicos y los multimedia. Se interesará por
seleccionar y recibir documentos para resguardarlos y conservarlos en los archivos que tiene a su cargo, así como para ordenarlos, describirlos y difundirlos, facilitando su consulta.

Valorará imparcialmente el material, basándose en el conocimiento de los requerimientos que presenten las instituciones administrativas y en las políticas de adquisición. Adelantará la ordenación y descripción de los documentos que se haya decidido conservar de acuerdo con los principios archivísticos de procedencia y orden original, y sistematizará la información tan pronto como los recursos se lo permitan.
Adquirirá los documentos teniendo corno base la misión de las instituciones y los recursos con que cuentan; por ningún motivo los adquirirá cuando corran peligro su integridad o seguridad; y asegurará su preservación en los lugares más apropiados.
Cooperará para que retornen al país de origen documentos públicos que hubiera salido en tiempos de guerra u ocupación.
3. El archivista evitará la realización de intervenciones que puedan afectar la autenticidad de los documentos. El archivista garantizará el valor de los documentos, incluyendo los soportes electrónicos y los multimedia, durante el proceso archivístico: desde el ordenamiento y la descripción hasta la conservación y la consulta. Toda selección se realizará utilizando métodos cuidadosos y de acuerdo con criterios establecidos.
El reemplazo de originales por otros formatos lo hará de acuerdo con las normas legales y con el valor intrínseco e informádo de los documentos. El archivista informará al usuario sobre los caminos temporales de ubicación de los documentos, en caso de estar restringido la consulta.
4. El archivista garantizará el continuo acceso y la legitimidad de los documentos.
El archivista seleccionará los documentos para ser conservados o destruidos no sólo con el criterio de garantizar el testimonio de la actividad de personas o entidades que los han producido o acumulado, sino también para que sean objeto de estudio en diferentes investigaciones. Será consciente de que adquirir documentos de dudoso origen, aunque revistan gran interés, puede estimular el comercio integral. Cooperará  con colegas y otras entidades judiciales en la persecución y aprehensión de personas
sospechosas de hurtar documentos.
5. El archivista registrará y justificará plenamente las acciones realizadas sobre el material que tuvieren a su cargo. El archivista realizará acciones favorables para salvaguardar los documentos durante todo su. ciclo vital y cooperará con quienes los producen para aplicar nuevos formatos y emplear nuevas formas de gestión de la información.
Se preocupará no solo por recuperar archivos existentes, sino que garantizará que los procesos de producción de documentos y el empleo de sistemas archivísticos se guíen por procedimientos adecuados para preservar su valor. En las negociaciones que adelanten los archivos para que les sean transferidos documentos oficiales o privados se tendrán en cuenta la autoridad que los transfiere, el donante o vendedor, los acuerdos financieros, los programas de procesamiento, los derechos de autor y las condiciones de acceso. El profesional hará un registro permanente de la documentación  que ha ingresado y el trabajo archivístico de conservación realizado.
6. El archivista promoverá el mayor acceso posible a los documentos y ofrecerá sus servicios a todos los usuarios de manera imparcial. El archivista formulará objetivos generales y particulares que involucren la totalidad de los documentos que custodia. Ofrecerá información imparcial a los usuarios y utilizará todos los recursos que estén a su alcance para prestar sus servicios. No impondrá restricciones insensatas que impidan el acceso a los documentos, pero podrá sugerir o determinar límites claramente establecidos y por un periodo definido.
Deberá observar de manera plena e imparcial los acuerdos con los que se llegó en el momento de adquirir los documentos, pero en aras de liberalizar el acceso, y según las circunstancias, podrá renegociar las condiciones. Responderá objetivamente y con espíritu de colaboración a los requerimientos razonables sobre los documentos que custodia y estimulará la mayor consulta de acuerdo con las políticas institucionales, los criterios de preservación, las condiciones legales, los derechos individuales y los convenios establecidos en casos de donación. Explicará de manera imparcial las restricciones impuestas para la consulta de los documentos.
7. El archivista respetará tanto el acceso público como la privacidad de la documentación dentro del marco de la legislación vigente. El archivista protegerá el carácter privada de la documentación institucional y personal, así como la referida a la seguridad nacional, sin recurrir a la destrucción de la información, especialmente en el caso de los registros electrónicos que están siendo continuamente actualizados y corregidos.
Responderá la privacidad de los individuos que han producido los documentos o que son mencionados en ellos y en particular de aquellas personas que no tuvieron la oportunidad de manifestar su opinión sobre el uso o disposición del documento.
8. El archivista no deberá de utilizar en beneficio propio o de terceros su posición especial y la confianza que la comunidad ha depositado en él. El archivista se abstendrá de realizar acciones que vayan en detrimento de su integridad, objetividad e imparcialidad. No buscará beneficio personal, económico o de otro tipo, en detrimento de las instituciones, los usuarios, los documentos o de sus colegas. No recolectará a título personal originales en el área de su competencia, ni participará en el comercio de documentos. Evitará realizar actividades que puedan crear en la opinión pública apariencia de un conflicto de intereses. Podrá consultar fondos documentales institucionales pare
realizar investigaciones o publicaciones personales, las cuales serán realizadas dentro de los mismos parámetros aplicados a otros usuarios de los mismos fondos. No revelará ni hará uso de la información obtenida en su trabajo cuyo acceso sea restringido.
Podrá revisar o comentar investigaciones efectuadas en su campo, incluyendo aquellos que han tomado fuentes documentales de su propia Institución. Impedirá a personas extrañas a la profesión intervenir en su trabajo y en sus obligaciones. Impedirá que su investigación particular o sus intereses de publicación interfieran con el programa de trabajo o con las actividades administrativas de la entidad donde labora. En caso de que pretenda usar investigaciones inéditas u otras que reposen en su institución como parte de sus propios estudios, deberá notificara los autores la intención de hacerlo.
9. El archivista se esforzará por alcanzar la excelencia profesional mediante el enriquecimiento sistemático y continuo de sus conocimientos y la difusión de los resultados de sus Investigaciones y experiencias. El archivista hará todo lo posible por enriquecer su capacitación personal y su experiencia para contribuir al desarrollo de su profesión y garantizar que quienes están a su alrededor cuenten con las condiciones adecuadas para adelantar su tarea óptima.
10. El archivista trabajará conjuntamente con sus colegas, así como con profesionales de otras disciplinas para promover la conservación y la utilización de la herencia documental del mundo. El archivista fortalecerá la cooperación y evitará conflictos con sus colegas cuando se presenten desacuerdos y estimulará la práctica de los valores éticos de su profesión. Cooperará con miembros de disciplinas afines sobre la base de la comprensión y el respeto mutuo.
Parágrafo. Todos los archivos de las entidades públicas deberán exhibir en sitio visible el Código Deontol6gico o Código de Ética, para conocimiento de sus funcionarios y usuarios en general.
CAPITULO II
De los deberes y prohibiciones de los profesionales de la Archivística
ARTICULO 12. Deberes de los profesionales. Son deberes de los profesionales de la archivística los siguientes:
a) Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información que por razón del ejercicio de su profesión, se le hayan encomendado y/o a los cuales tenga acceso; impidiendo o evitando su sustracción, destrucción, ocultamiento, alteración o utilización indebidos. de conformidad con los fines a que hayan sido destinados;
b) Tratar con respeto. imparcialidad y rectitud a todas las personas con quienes tenga relación con motivo del ejercicio de la profesión;
c) Registrar en el Colegio Colombiano ele Archivistas su domicilio o dirección de la residencia y teléfono, dando aviso oportuno de cualquier cambio;
d) Denunciar los delitos, contravenciones y faltas que contra esta ley y el Código de Ética se cometan, y que tuviere conocimiento con ocasión del ejercicio de su profesión aportando toda la información y pruebas que tuviere en su poder;
e) Los demás deberes contemplados en la presente ley y los indicados en las normas legales y técnicas relacionados con el ejercicio de la profesión.
ARTÍCULO 13. Deberes que Impone la responsabilidad deontoI6glca a los profesionales de archivística para con la sociedad. Son deberes éticos de los profesionales archivistas para con la sociedad:
a) Interesarse por el bien público con el objeto de contribuir con sus conocimientos, capacidad y experiencia para servir a la humanidad;
b) Cooperar para el progreso de la sociedad aportando su colaboración intelectual y material;
c) Aplicar el máximo de su esfuerzo en el sentido de lograr una clara expresión hacia la comunidad con compromiso y esfuerzo;
d) Ejercer la profesión sin supeditar sus (conceptos o sus criterios profesionales a intereses particulares en detrimento del bien común;
e) Ofrecer desinteresadamente sus servicios profesionales en caso de calamidad pública;
f) Abstenerse de emitir conceptos profesionales, sin tener la convicción absoluta de estar debidamente informados al respecto.
g) Velar por la protección del patrimonial documental de la Nación.
h) Contribuir a la cultura archivística de la Nación.
ARTÍCULO 14. Deberes de los profesionales de quien es traúI. este Código Deontológico o Código de Ética para con la dignidad de su protección:
a) Contribuir con su conducta profesional y con todos los medios a su alcance, a que en el consenso público se preserve un exacto (concepto del significado de la profesión de archivista. de la dignidad que la acompaña y del alto respeto que les merece.
b) Respetar y hacer respetar todas las disposiciones legales y reglamentarias que incidan en actos de esta profesión, así como denunciar todas sus transgresiones.
c) Cooperar para el progreso de esta profesión, mediante el intercambio de información sobre sus conocimientos, contribuyendo con su trabajo a favor de las asociaciones, sociedades, fundaciones. instituciones de educación superior. técnica y tecnológica, y demás órganos de divulgación histórica y científica.
d) No ofrecer o aceptar trabajos en contra de las disposiciones legales vigentes, ni aceptar tareas que excedan la incumbencia que le otorga su titulo o su propia preparación.
e) No prestar su firma a TÍTULO gratuito u oneroso. para autorizar contratos. dictámenes,
memorias, informes y toda otra documentación profesional, que no hayan sido estudiados.  controlados o ejecutados personalmente.
f) No suscribir, expedir o contribuir para que se expidan Títulos. diplomas. licencias, tarjetas profesionales a personas que no reúnan los requisitos indispensables para ejercer esta profesión.
g) No hacer figurar su nombre en anuncios, membretes, sellos, propagandas y demás medios análogos. junto con el de otras personas que sin serio. aparecen como profesionales de la archivística.
h) Los medios de propaganda deberán ajustarse a las reglas de la prudencia y al decoro profesional. no deben hacerse uso de esos medios de publicidad con avisos exagerados que den lugar a equívocos sobre el desempeño profesional.
i) No recibir o conceder comisiones, participaciones u otros beneficios, con el objeto de gestionar, obtener o acordar designaciones de índole profesional o la encomienda de trabajo profesional.
j) Denunciar ante el Tribunal Nacional Ético de Archivística, a todas aquellas personas que violen el Código Deontol6gico o Código de Ética, para el ejercicio de la profesión de Archivista.
Articulo 15. Deberes de los profesionales, para con sus colegas y demás profesionales. Son deberes de los profesionales para con sus colegas y demás profesionales de la archivística:
a) Obrar con la mayor prudencia y diligencia cuando se trate de emitir conceptos sobre las actuaciones de sus colegas.
b) Fijar para los colegas que actúen como empleados suyos, salarios, honorarios, retribuciones o compensaciones justas y adecuadas, acordes con la dignidad de la profesión y la importancia de los servicios que prestan.
c) Respetar y reconocer la propiedad intelectual de los demás profesionales sobre su desarrollo y aportes profesionales a la archivística.
ARTÍCULO 16. Prohibiciones generales a los profesionales. Son prohibiciones generales a los profesionales de la archivística:
a) Nombrar, elegir, autorizar, facilitar, patronal, encubrir, permitir, dar posesión o tener a su servicio, para el ejercicio de un cargo privado o público que requiera ser desempeñado por profesionales de la archivística en forma permanente o transitoria, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión.
b) Permitir, tolerar o facilitar el ejercicio ilegal de la profesión regulada por esta ley.
c) Ejecutar actos de violencia, malos tratos, injurias o calumnias contra superiores,
subalternos, compañeros de trabajo, socios, clientes o funcionarios en el ejercicio profesional de la Archivística.
d) Ejecutar en el lugar donde ejerza su profesión, actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
e) El reiterado e injustificado incumplimiento de las obligaciones civiles, comerciales o laborales, que haya contra ido con ocasión del ejercicio de su profesión o de actividades relacionadas con este.
f) Causar, intencional o culposamente, dañe o pérdida de bienes, elementos, equipos, o documentos que hayan llegado a su poder por razón del ejercicio de su profesión.
g) Proferir, en actos oficiales o privados relacionados con el ejercicio de la profesión, expresiones injuriosas o calumniosas en contra del Colegio Colombiano de Archivistas, Agremiaciones Archivísticas, sus funcionarios o cualquier autoridad relacionada con el ámbito de la archivística.
h) Incumplir las decisiones disciplinarias que imponga el Tribunal Nacional Ético de Archivística o los Tribunales Regionales Éticos de Archivística respectivos u obstaculizar su ejecución.
i) Solicitar o recibir directamente o por interpuesta persona, gratificaciones, dádivas o recompensas en razón del ejercicio de su profesión, salvo autorización contractual o legal.
j) Participar en licitaciones, concursar o suscribir contratos estatales y privados cuyo objeto esté relacionado con el ejercicio de la archivística, estando incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que establecen la Constitución y la ley.
k) Las demás prohibiciones incluidas en la presente ley y normas que la complementen y reglamenten.
ARTÍCULO 17. Prohibiciones a los profesionales respecto de la dignidad de su profesión. Son prohibiciones a los profesionales respecto de la dignidad de su profesión: Recibir o conceder comisiones, participaciones u otros beneficios ilegales o injustificados con el objeto de gestionar, obtener o acordar designaciones de índole profesional o la encomienda de trabajo profesional.
ARTÍCULO 18. Prohibiciones especiales a los profesionales respecto de la sociedad. Son prohibiciones especiales a los profesionales respecto de la sociedad:
a) Ofrecer o aceptar trabajos en contra de las disposiciones legales vigentes, o aceptar tareas que excedan el ámbito de ejercicio que le otorga su titulo y su propia preparación.
b) Imponer su firma, a TÍTULO gratuito u oneroso, en contratos, dictámenes, memorias, informes, y toda otra documentación relacionada con el ejercicio profesional, que no hayan sido estudiados, controlados o ejecutados personalmente.
c) Expedir, permitir o contribuir para que se expidan Títulos, diplomas, tarjetas profesionales a personas que no reúnan los requisitos legales o reglamentarios para ejercer esta profesión.
d) Hacer figurar a su nombre en anuncios, membretes, sellos, propagandas y demás medios análogos junto con el de personas que ejerzan ilegalmente la profesión.
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ARTÍCULO 19, Prohibiciones a los profesionales respecto de sus colegas y demás profesionales, Son prohibiciones a los profesionales, respecto de sus colegas y demás profesionales de la archivística:
a) Utilizar sin autorización de sus legítimos autores y para su aplicación en trabajos profesionales propios los escritos, publicaciones, la documentación perteneciente a aquellos, salvo que la tarea profesional lo requiera, caso en el cual se debe solicitar previa autorización de tal utilización.
b) Difamar, denigrar o criticar injustamente a sus colegas, o contribuir en forma directa o indirecta a perjudicar su reputación o la de sus proyectos o negocios con motivo de su actuación profesional.
c) Usar métodos de competencia desleal con los colegas.
d) Designar o influir para que sean designados en cargos técnicos que deban ser desempeñados por los profesionales de que trata el presente Código, a personas carentes de los títulos y calidades que se exigen legalmente.
e) Proponer servicios con reducción de precios, luego de haber conocido las propuestas de otros profesionales.

TITULO VI
DE LOS TRIBUNALES ÉTICOS DE Archivística
ARTICULO 20, Créase el Tribunal Nacional Ético de Archivística, con sede en la capital de la República de Colombia y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística, los cuales se organizarán y funcionarán por regiones que agruparán dos (2) o más departamentos, con autoridad para conocer de los procesos disciplinarios ético profesionales que se presenten por razón del ejercicio profesional de la Archivística.
El Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales, dictarán su propio reglamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a cada una de las partes en sus funciones especificas, el ordenamiento legal que se establece en la presente ley, en coherencia con las normas constitucionales y legales sobre la materia en todo el país.
ARTÍCULO 21, El Tribunal Nacional Ético de Archivística actuará como órgano de segunda instancia en los procesos disciplinarios ético-profesionales y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística, conocerán los procesos disciplinarios ético profesionales en primera instancia.

TÍTULO VII
ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES ÉTICOS DE ARCHIVÍSTICA
ARTÍCULO 22, El Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística, estarán integrados por siete (7) miembros profesionales de Archivística de reconocida idoneidad profesional, ética y moral, que serán elegidos en votación libre y democrática, plural y equitativa para un periodo de cuatro (4) años, en Asambleas Nacionales y Regionales, integradas por archivistas, agremiados o no, tanto de entidades públicas como privadas, entre los cuales como mínimo tres (3) representarán a las diferentes regiones.
Parágrafo 1°, Los miembros del Tribunal Nacional Ético de Archivística deberán acreditar no menos de diez (10) años de ejercicio profesional y los de los Tribunales Regionales Éticos de Archivística, no menos de siete (7) años de ejercicio profesional.
Parágrafo 2°, El Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística funcionarán con el peculio del Colegio Colombiano de Archivistas.
Parágrafo 3°, Las Asambleas Nacional y Regionales de Archivistas, de que trata el presente artículo, expedirán su propio reglamento de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 23. Funciones del Tribunal' Nacional Ético de Archivística. Son funciones del Tribunal Nacional Ético de Arcl1ivistica, las siguientes:
a) Darse su propio reglamento y organización, al igual que lo correspondiente a los Tribunales Regionales Éticos de Archivística;
b) Abrir las investigaciones de oficio, o solicitadas por las personas naturales o jurídicas, por faltas en el ejercicio profesional de la archivística. Las pruebas recaudadas y los resultados de las investigaciones adelantadas por este Tribunal, tendrán el valor probatorio asignado por la ley, ante las autoridades competentes.
c) Seleccionar peritos idóneos para realizar las investigaciones de los casos relacionados con las faltas en la práctica de la archivística.
d) Establecer el procedimiento para que las, personas naturales y jurídicas eleven sus quejas y solicitudes de investigación y sanción.
e) Informar a las entidades y autoridades competentes, a las entidades forjadoras, al personal, y a las asociaciones gremiales en general de profesionales de la archivística, sobre las faltas de mayor ocurrencia en el ejercicio de la profesión, a fin de que se adopten medidas preventivas o correctivas que aseguren la calidad de la misma.
ARTÍCULO 24. Requisitos para integrar el Tribunal Nacional Ético de Archivística.
Para ser miembro del Tribunal Nacional Ética de Archivística, se requiere:
a) Ser colombiano de nacimiento.
b) Ostentar TÍTULO profesional en archivística, ser miembro de alguna de las asociaciones gremiales de archivista y/o poseer registro profesional.
c) Gozar de reconocida solvencia moral e idoneidad profesional en el campo de la archivística.
d) Haber ejercido la profesión por un periodo no inferior a diez (10) años, o haber desempeñado la cátedra universitaria en facultades legalmente reconocidas por el Estado, por lo menos durante siete (7) años en la archivística.
e) No estar bajo sanción disciplinaria con ocasión del ejercicio de su actividad profesional.
Parágrafo. La totalidad de los requisitos exigidos deberá ser anexada a la hoja de vida de cada candidato a miembro del Tribunal Nacional Ético de Archivística, en su respectiva agremiación en donde se encontrare inscrito como miembro, y estará sujeto a comprobación ante el Ministerio de Educación Nacional.
ARTÍCULO 25. Atribuciones. Tanto el Tribunal Nacional Ético de Archivística, como los Tribunales Regionales Éticos de Archivística y el Colegio Colombiano de Archivistas, en ejercicio de las atribuciones que les confiere la presente ley, cumplen una función pública, pero sus integrantes, por el solo hecho de serio, no adquieren el carácter de funcionarios públicos.

TITULO VIII
RÉGIMEN DISCIPLINARIO APLICABLE A LOS PROFESIONALES DE LA ARCHIVÍSTICA DEFINICIÓN, PRINCIPIOS Y SANCIONES
ARTÍCULO 26. Definición de falta disciplinaria. Se entiende como falta que promueva la acción disciplinaria y, en consecuencia, la aplicación del procedimiento aquí establecido; toda violación a los postulados señalados en el Código de Ética Profesional de los Archivistas, contemplados en la presente ley y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, señalados en la Constitución y en el ordenamiento
jurídico vigente.
ARTÍCULO 27. Sanciones aplicables. El Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística, aplicarán las siguientes sanciones contra las faltas éticas en que incurran los profesionales de la archivística:
a) Amonestación escrita.
b) Suspensión en el ejercicio de la profesión hasta por cinco (5) años.
c) Cancelación de la tarjeta profesional.
Articulo 28. Escala de sanciones. Los profesionales de la archivística a quienes se les compruebe la violación de normas del Código de Ética Profesional adoptado en la presente ley, estarán sometidos a las siguientes sanciones:
a) Las faltas calificadas como leves siempre y cuando el profesional no registre antecedentes disciplinarios, darán lugar a la aplicación de la amonestación escrita.
b) Las faltas calificadas como leves cuando el profesional disciplinado registre antecedentes disciplinarios, darán lugar a la aplicación de la sanción de suspensión de la Tarjeta Profesional hasta por el término de seis (6) meses.
c) Las faltas calificadas como graves siempre y cuando el profesional disciplinado no registre antecedentes disciplinarios, darán lugar a la aplicación de la sanción de suspensión de la Tarjeta Profesional por un término de seis (6) meses a dos (2) años.
d) Las faltas calificadas como graves, cuando el profesional disciplinado registre antecedentes disciplinarios darán lugar a la aplicación de la sanción de la suspensión del ejercicio profesional y a la Tarjeta Profesional por un término de dos (2) a cinco (5) años.
e) Las faltas calificadas como gravísimos siempre darán lugar a la aplicación de la sanción de la cancelación del Registro Único Profesional de Archivistas y de la Tarjeta Profesional.
. ARTÍCULO 29. Faltas susceptible de sanción disciplinaria. Será susceptible de sanción disciplinaria todo acto u omisión intencional o culposa del profesional, que implique violación de las prohibiciones, deberes, incumplimiento de las obligaciones, ejecución de actividades incompatibles con el decoro que exige el ejercicio de la profesión de la archivística y actividades delictuosas que se encuentren en las normas
legales aplicables a los archivistas.
ARTÍCULO 30. Elementos de la falta disciplinaria. La configuración de la falta disciplinaria deberá estar enmarcada dentro de los siguientes elementos o condiciones:
a) La conducta o el hecho debe haber sido cometido por un profesional de la archivística debidamente inscrito en el Registro Único Profesional Archivístico y con Tarjeta Profesional.
b) La conducta o el hecho debe ser intencional o culposo.
c) El hecho debe haber sido cometido en ejercicio de la Profesión de archivística o de actividades conexas o relacionadas con esta.
d) La conducta debe ser violatoria de deberes. prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades inherentes a la Constitución, la ley vigente o a las disposiciones contempladas en el Código de Ética para el ejercicio de la Profesión de Archivista.
e) La conducta debe ser apreciable objetivamente y procesalmente debe estar probada.
f) La sanción disciplinaria debe ser la con3ecuencia lógica de un debido proceso que se
enmarca dentro de los postulados del ARTÍCULO 29 de la Constitución Política y específicamente del régimen disciplinario establecido en la presente ley.
ARTÍCULO 31. Prevalencia de los principios rectores. En la interpretación y aplicación del régimen disciplinario estabh3cido prevalecerán, en su orden, los principios rectores que determina la Constitución Política, el presente Código de Ética y el Código Contencioso Administrativo.
Parágrafo. Las sanciones aquí señaladas, no tendrán incompatibilidad con las sanciones disciplinarias, penales, comerciales, administrativas, laborales, civiles, señaladas en los respectivos códigos y demás a que hubiere lugar y que sean impuestas por las autoridades competentes.
ARTÍCULO 32. Criterios para determinar la levedad o gravedad de la falta disciplinaria.
El Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística determinarán si la falta es leve, grave o gravísima de conformidad con los siguientes criterios.
a) El grado de culpabilidad.,
b) El grado de perturbación a terceros o la sociedad.
.c) La falta de consideración con sus clientes, patronos, subalternos y, en general, con todas las personas a las que pudiera afectar el profesional disciplinado con su conducta.
d) La reiteración en la conducta.
e) La jerarquía y mando que el profesional disciplinado tenga dentro de la entidad, sociedad, la persona jurídica a la que pertenece o representa.
f) La naturaleza de la falta y sus efectos, según la trascendencia social de la misma, el mal ejemplo dado, la complicidad con otros profesionales y el perjuicio causado.
g) Las modalidades o circunstancias de la falta, teniendo en cuenta el grado de preparación, el grado de participación de la misma, el aprovechamiento de la confianza depositada en el profesional disciplinado.
h) los motivos determinantes, según se ha)'a procedido por causas innobles o fútiles o por nobles y altruistas.
i) El haber sido inducido por un superior a cometerla.
j) El confesar la falta antes de la formulación de cargos, haciéndose responsable de los perjuicios causados
k) Procurar, por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se le imponga la sanción.
.
.
ARTÍCULO 33. Faltas calificadas como gravísimas. Se consideran gravísimas y se constituyen en causal de cancelación del Rt1gistro Único Profesional de Archivistas y de la Tarjeta Profesional las siguientes faltas:
a)            Derivar de manera directa o por interpuesta persona, indebido o fraudulento provecho patrimonial en ejercicio de la profesión, con consecuencias graves para la parte afectada.
b) Obstaculizar, en forma grave, las investigaciones que realice el Tribunal Nacional Ético de Archivística y los Tribunales Regionales Éticos de Archivística.
c) El abandono injustificado de los encargos o compromisos profesionales cuando tal conducta cause grave detrimento al patrimonio económico del cliente o se afecte de la misma forma el patrimonio público.
d) la utilización fraudulenta de las hojas de vida de sus colegas para participar en concursos, licitaciones públicas, lo mismo que para suscribir los respectivos contratos.
e) Incurrir en algún delito que atente contra sus clientes, su empresa sea ella pública, oficial, privada, colegas o autoridades de la República, siempre y cuando la conducta punible comprenda el ejercicio de la profesión archivística.
f) Cualquier violación gravísima, según el criterio del Colegio Colombiano de Archivistas, del régimen de deberes, obligaciones; y prohibiciones que establece el Código de Ética Profesional en la presente ley.
ARTÍCULO 34. Concurso de faltas disciplinarias. El profesional que con una o varias acciones u omisiones infrinja varias disp03iciones del Código de Ética Profesional o varias veces la misma disposición, quedará sometido a la que establezca la sanción más grave.
ARTÍCULO 35. Circunstancias que justifican la falta disciplinaria. la conducta se justifica cuando se comete:
a) Por fuerza mayor o caso fortuito.
b) En estricto cumplimiento de un deber legal.
c) En cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales, siempre y cuando no contraríe las disposiciones constitucionales y legales.
ARTÍCULO 36. Acceso al expediente. El investigado tendrá acceso a la queja y demás partes del expediente disciplinario, solo a partir del momento en que sea escuchado en versión libre y espontánea o desde la notificación de cargos, según el caso.
ARTÍCULO 38. Principio de publicidad. En la investigación se respetará y aplicará el principio de publicidad dentro de las investigaciones disciplinarias, no obstante, ni el quejoso, ni terceros interesados se constituyan en partes dentro de estas.
ARTÍCULO 37. Principio de imparcialidad. En la investigación se deberá investigar y evaluar,  tanto los hechos y circunstancias desfavorables, como las favorables a los intereses del disciplinado.

TITULO IX
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 39. Iniciación del proceso disciplinario. El proceso disciplinario de que trata el presente titulo se iniciará por queja interpuesta por cualquier persona natural o jurídica, la cual deberá formularse por cualquier medio ante el Tribunal Ético de Archivística correspondiente, o al Colegio Colombiano de Archivistas, quien lo remitirá al Tribunal Ético de Archivística competente.
Parágrafo. No obstante, en los casos de público conocimiento o hecho notorio y cuya gravedad lo amerite, a juicio del Tribunal Nacional Ético de Archivística y del Tribunal Regional Ético de Archivística competente, se iniciará la investigación disciplinaria de oficio.
ARTÍCULO 40. Ratificación de la queja. Recibida la queja se procederá a ordenarse la ratificación bajo juramento de la misma y mediante auto ordenará la investigación preliminar, con el fin de establecer si hay o no mérito para abrir investigación formal disciplinaria contra el presunto o presuntos infractores.
Del auto a que se refiere el presente artículo se dará aviso escrito al Colegio Colombiano de Archivistas.
ARTÍCULO 41. INVESTIGACIÓN PRELIMINAR. La investigación preliminar no podrá exceder de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha del auto que ordena la apertura de la investigación preliminar, durante los cuales se decretarán y practicarán las pruebas que el investigador considere pertinentes y que conduzcan a la comprobación de los hechos.
ARTÍCULO 42. Fin de la investigación preliminar. La indagación preliminar tendrá como fines verificar la ocurrencia de la conducta, determinar si es constitutiva de falta disciplinaria e identificar o individualizar al profesional que presuntamente intervino en ella. .
Parágrafo. Para el cumplimiento de los fines de la indagatoria preliminar, el funcionario competente podrá hacer uso de los medios de prueba legalmente reconocidos y podrá oír en versión libre y espontánea al profesional que considere necesario para determinar la individualización o identificación de los intervinientes en el hecho investigado.
ARTÍCULO 43. Informe y calificación del mérito de la investigación preliminar.
Terminada la etapa de investigación preliminar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, se calificará lo actuado, y mediante auto motivado, se determinará si hay o no mérito para adelantar la investigación formal disciplinaria en contra del profesional disciplinado, en caso afirmativo, se le formulará en el mismo auto, el correspondiente pliego de cargos. Si no se encontrare mérito para seguir la actuación se ordenará en la misma providencia el archivo del expediente y la notificación de la decisión adoptada al
quejoso y a los profesionales involucrados, al igual que al Colegio Colombiano de Archivistas.
ARTÍCULO 44. Notificación del pliego de cargos. La Secretaría del Tribunal Nacional de Ética Archivística o el, Tribunal Regional Ético de Archivística, según el caso,  notificará personalmente el pliego de cargos al profesional inculpado, no obstante, de no poder efectuarse la notificación personal, se harán mediante correo certificado o por edicto en los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo. Si
transcurrido el término de la notificación por correo certificado o por edicto, el inculpado no compareciera se proveerá el nombramiento de un apoderado de oficio, de la lista de abogados inscritos ante el Consejo Nacional de la Judicatura correspondiente, con quien se continuará la actuación, desi9nación que conllevará al abogado las implicaciones y responsabilidades que la ley tiene determinado.
Articulo 45. Traslado del pliego de cargos. Surtida la notificación se dará traslado al profesional inculpado por el término improrrogable de diez (10) días hábiles para presentar descargos, solicitar y aportar pruebas. Para tal efecto, el expediente permanecerá a su disposición en la Secretaria.
ARTÍCULO 46. Etapa probatoria. Vencido el término de traslado, la Secretaría decretará las pruebas solicitadas por el investigador y el investigado, el cual deberá ser comunicado al profesional disciplinado. El término probatorio será de sesenta (60) días.
Articulo 47. Fallo de primera instancia. Vencido el término probatorio, dentro de los 30 días siguientes se elaborará un proyecto de decisión, el cual se radicará en la Secretaría para ser sometido, la consideración de la plenaria del Tribunal, en un tiempo máximo de 60 días siguientes a su radicación. El proyecto de decisión podrá ser aceptado, aclararlo, modificarlo o revocarlo.
Aprobado el proyecto por la mayoría de los miembros asistentes a la sala, tal decisión se adoptará mediante resolución motivada. La inasistencia a las plenarias de los respectivos tribunales deberá ser justificada.
Parágrafo. Los salvamentos de voto respecto del fallo final, si los hay, deberán constar en el acta de la reunión respectiva.
ARTÍCULO 48. Notificación del fallo. La decisión se notificará personalmente al interesado por intermedio de la Secretaria dentro de las diez (10) dalas siguientes a la fecha de la sección en que se adoptó, y si no fuere posible, se realizará mediante edicto en los términos del ARTÍCULO 45 del Código Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 49. Recurso de apelación. Contra dicha providencia solo procede el recurso de apelación ante el Tribunal Nacional Ético de Archivística, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificación personal o de desfijación del edicto, recurso que deberá presentarse por escrito, y con el lleno de los requisitos que exige el Código Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 50. Cómputo de la sanción. Las sanciones impuestas por violación al presente régimen disciplinario, empezarán a computarse a partir del día siguiente al de la fecha de la comunicación personal o de la entrega del correo certificado, que se haga al profesional sancionado, de la decisión adoptada por el Tribunal Nacional Ético de Archivística, sobre la apelación o la consulta.
ARTÍCULO 51. Aviso de la sanción. De toda sanción disciplinaria impuesta a un profesional de archivística, se dará aviso a la Procuraduría General de la Nación, a todas las entidades que tengan que ver con el ejercicio profesional correspondiente con el registro de proponentes y contratistas y a las agremiaciones de profesionales con el fin de que se impida el ejercicio de la profesión por parte del sancionado. debiendo
estas ordenar las anotaciones en sus registros y tomar las medidas pertinentes con el fin de hacer efectiva la sanción. La anotación tendrá vigencia y solo surtirá efectos por el término de la misma.
Articulo 52. Caducidad de la acción La acción disciplinaria, a que se refiere el presente título caduca en 5 años a partir de la fecha en que se cometió el último acto constitutivo de la falta. El auto que ordena la apertura de la investigación preliminar, interrumpe el término de caducidad, el proceso prescribirá tres años después de la fecha de expedición de dicho auto.

TITULOX
DISPOSICIONES FINALES
Articulo 53. Además de los aspectos contemplados en la presente ley en materia de ética, se aplicará lo dispuesto en la legislación transnacional de archivos, tales como el Código de Ética Profesional, Convención de La Haya, Convención de Tráfico Ilícito, adoptados por la Unesco, en lo pertinente y demás Tratados y Convenios Internacionales ratificados por Colombia en materia de archivística.
ARTÍCULO TRANSITORIO. Quienes estuvieren ejerciendo o hayan ejercido la actividad de la archivística en entidades públicas o privadas, sin tener TÍTULO profesional de archivística, y fuere certificada su experiencia especifica por las instituciones en que se hubieren desempeñado o estuvieren desempeñándose, deberán aprobar un examen de conocimiento en archivística que lo habilita para desempañarse en este campo y así podrá obtener su Inscripción en el Registro Único de Archivistas.
Parágrafo 1° Transitorio. En un término no superior a un (1) año, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, deberá implementar los procesos necesarios para realizar el examen de conocimientos y certificar las competencias para el desempeño en el campo de la archivística.
Parágrafo 2° Transitorio. Quienes al entrar en la vigencia la presente ley, se encuentren vinculados por entidades públicas  y/o privadas, cuando estas cumplan funciones públicas, desarrollando actividades inhen3ntes al ejercicio de la archivística durante un lapso no menor a cuatro (4) años, no podrán ser desvinculados de sus cargos, invocando como única causal para el retiro el no estar inscritos en el Registro Único
Profesional de Archivistas.
"Quienes estuvieren ejerciendo o hayan ejercido la actividad de la archivística en entidades públicas o privadas, sin tener TÍTULO profesional de archivística, y aspiren a contar con él, podrán ingresar a una institución de Educación Superior autorizada, en donde, con arreglo a su currículo, podrán validar su experiencia, con el lleno de 105 requisitos de ingreso y de egreso y titulación que en su autonomía tenga establecidos.
Este proceso deberá adelantarse, según la reglamentación que se expida".
ARTÍCULO 54. Establézcase el día 9 de octubre de cada año como Día Nacional del Archivista.
ARTÍCULO 55. Vigencia de la ley. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

LEY Nº 1409
"POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARCHÍVÏTICA, SE DICTA EL CÓDIGO DE ÉTICA Y OTRAS DISPOSICIONES"
REPÚBLICA DE COLOMBIA. GOBIERNO NACIONAL PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

En cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia C-239 de 2010 proferida por la Corte Constitucional, se procede a la sanción del proyecto de Ley, toda vez que dicha Corporación ordena la remisión del expediente al Congreso de la República, para continuar el trámite legislativo de rigor y su posterior envió al Presidente de la República para efecto de la correspondiente sanción.

Dada en Bogotá, D.C., a los
LA MINISTRA DE Educación NACIONAL,
MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA

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PROGRAMA CERO PAPEL EN ARCHIVOS JUDICIALES

>>  viernes, 13 de agosto de 2010

Poder Judicial planea eliminar el uso del papel
EN: ELFINANCIERO.COM
SITE: http://www.elfinancierocr.com
FECHA: 13/08/2010
AUTOR: Leticia Vindas
En el presupuesto del PoderJudicial para el 2010 se giró la directriz que a nivel nacional ninguna oficinajudicial aumentará la partida de compra de papel F74, por lo que se mantendrán losrecursos aprobados en el presente año para este rubro.
Esta esuna de las acciones que emprendió el Poder Judicial desde hace cinco meses rumboa cumplir su meta de dejar el uso del papel en sus oficinas.
El programa Cero Papel está a cargo de la Comisión bajo elmismo nombre.
Otra delas acciones que se emprenden es el impulsarmanuales sobre el uso de herramientas tecnológicas y garantizar su acceso a toda lapoblación judicial; así como promocionar el uso desoftware libre para digitalizar documentos ycontar con archivos electrónicos.
Actualmente se cuenta con un informe sobre lasituación de consumo de papel enlos diversos ámbitos del Poder Judicial, que servirá de insumo para impulsarlas políticas hacia cero papel.
Menosgastos
Entérminos generales el crecimientoentre el 2007 y 2008 de consumo de papel se incrementó en un 128% (8.953 unidades de resmas) y para el2009, el aumento fue de un 82,96% (más de 13.230 unidades).
Solo en elcaso del papel oficio (F-14), en el año anterior el consumo institucionalalcanzó un total de 52.443 resmas, para un total de 52.443.000 de hojas,consumidas en un solo año. Esto representó para la institución una erogaciónsolo por este tipo de papel de ¢249.932.849.

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ARCHIVOS SECRETOS SOBRE GUERRA EN AFGANISTAN CAUSAN INDIGNACION

Indignación tras difundirse archivos secretos sobre guerra en Afganistán
EN: ELUNIVERSAL.COM
SITE: http://internacional.eluniversal.com
FECHA: 13/08/2010
La filtración de decenas de miles de archivos secretos de las fuerzas estadounidenses desataron la indignación este lunes de países que luchan en Afganistán, por temor a que se ponga en peligro las vidas de las tropas extranjeras que combaten a los talibán. 
Unos 92.000 documentos fueron publicados por el sitio web Wikileaks con detalles inéditos de la guerra en Afganistán, tomados de archivos del Pentágono e informes de la situación en el terreno, con fechas que van de 2004 a 2010, indicó AFP.

"Estados Unidos condena firmemente la publicación de información clasificada por parte de personas y organizaciones que podrían poner las vidas de estadounidenses y de nuestros aliados en riesgo, y amenazan nuestra seguridad nacional", dijo el consejero de Seguridad Nacional de la Casa Blanca, James Jones, en un comunicado del domingo.

Reino Unido dijo hoy que lamentaba la filtración, pero llamó a Pakistán a desmantelar todos los grupos militantes que operan en su territorio.

"Lamentaríamos cualquier revelación no autorizada de material clasificado", dijo una portavoz de Downing Street. "La Casa Blanca ha hecho una declaración. No comentaremos sobre documentos filtrados".

Los documentos contienen entre otros notas confidenciales de la embajada de Washington en Kabul, donde se expresa preocupación por lo que denuncian como una creciente influencia de Irán en Afganistán, señala un resumen divulgado por el diario británico THE GUARDIAN.

"Irán ha dado una serie de pasos para expandir y profundizar su influencia Afganistán", escribió un militar de alto rango en un cable secreto emitido por la legación diplomática y reproducido por el diario, que no pudo corroborar la autenticidad de los "reportes de amenazas" filtrados.

Los informes, la mayoría en base a testimonios de espías e informantes afganos remunerados, sugieren que Irán participa en una campaña contra las fuerzas internacionales lideradas por Estados Unidos en Afganistán, a través del suministro de dinero, armas y entrenamiento a los talibanes, añadió THE GUARDIAN.

Teherán, que inicialmente apoyó la operación liderada por Estados Unidos contra el régimen de los talibanes en Afganistán, rechaza las denuncias.

Por otra parte, la inteligencia militar estadounidense acusa según las nuevas revelaciones al servicio secreto paquistaní (ISI) de trabajar con insurgentes afganos.

El material filtrado vincula por ejemplo al ISI con la tentativa de asesinato del presidente afgano, Hamid Karzai, en 2008; con ataques contra aviones de la OTAN, y con los atentados contra la embajada india en Kabul hace dos años.

Pakistán fue un estrecho aliado del régimen talibán afgano (1996-2001) y Estados Unidos cree que tras su derrocamiento el ISI mantuvo las relaciones con los islamistas, en previsión del momento en que las tropas internacionales se retiraran.

En Berlín, el ministerio de Defensa, que tiene unos 4.600 efectivos en el norte de Afganistán, criticó las filtraciones y dijo que estaba revisando los archivos, aunque añadió que mucha de esa información no era nueva.

"Obtener y divulgar documentos, algunos de ellos secretos, en tal escala es una práctica altamente cuestionable dado que podría afectar la seguridad nacional de los aliados de la NATO y toda la misión de la NATO", afirmó una portavoz del ministerio.

Según THE GUARDIAN, las al menos 195 muertes de civiles registradas en los documentos son datos "subestimados, porque numerosos casos controvertidos están omitidos en los informes diarios de las tropas sobre el terreno". La mayor parte fueron causadas por tiros de soldados nerviosos en puestos de control, asegura el diario londinense.

"La función del periodismo es cuestionar al poder", enfatizó el lunes el fundador de Wikileaks, Julian Assange, quien además defendió la divulgación de los archivos. Assange dijo en rueda de prensa que los reportes de bajas civiles en Afganistán que registran los documentos, podrían ser evidencia de que la coalición pudo cometer "crímenes de guerra".

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BOTADOS ARCHIVOS MÉDICOS EN PILA DE BASURA DE VERTEDERO PÚBLICO

Investigan pérdida de miles de archivos en 4 hospitales de Boston
EN: SIGLO21.COM
SITE: http://siglo21.com
FECHA: 13/08/2010
AUTOR: Publicado por Velveth
Cuatro hospitales de Massachusetts investigan cómo miles de records de sus pacientes, algunos con números del seguro social a la vista y diagnósticos médicos de alta sensibilidad, acabaron en una pila de basura de un vertedero público.
Los historiales médicos incluyeron informes patológicos con los nombres de los pacientes, sus direcciones, y los resultados de exámenes del seno, de los huesos, y pruebas de cáncer de la piel, así como los resultados de pruebas de laboratorio después de un aborto.
Por ley, los historiales médicos y los documentos que contienen información de identificación personal, deben ser destruídos de una manera que proteja la privacidad del paciente, y dejarlos en un depósito público de basura es ilegal, dijeron abogados y funcionarios de los hospitales.
Un fotógrafo del Boston Globe descubrió por casualidad los records médicos en julio 26 cuando botaba una basura en la Estación de Transferencia de Desperdicios de Georgetown. Cuando salió de su carro, dijo, vio una pila inmensa de papeles médicos de unos 20 pies de ancho por 20 pies de largo. Trastornado con lo que vio, tomó fotos y procedió a reportarlo a sus superiores en el periódico.

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ARCHIVOS MÉDICOS: CASOS JUDICIALES

Testigo: Doctor tenía en su casa archivos de Anna Nicole Smith
EN: ELINFORMADOR.COM.MX
SITE: http://www.informador.com.mx/
FECHA: 13/08/2010
 o    Encontraron archivos médicos bajo una pila de ropa en un armario
Fueron hallados tres archivos diferentes dos en la casa y uno más en la oficina del abogado de Kapoor
Siete meses después de la muerte de Anna Nicole Smith, un equipo policial entró a la casa del doctor de la modelo y halló sus archivos médicos bajo una pila de ropa en un armario, afirmaron investigadores.

Carmen Aguillera Márquez, detective de la Junta Médica de California, indicó el jueves que el doctor Sandeep Kapoor le dijo a ella y al líder del equipo policial, Jon Genens, que no tenía ningún archivo de pacientes en su casa.

Sin embargo, cuando Aguilera metió su mano dentro de un paquete de ropa bien doblada en el suelo del armario en el dormitorio, dijo la detective, sintió los papeles y sacó un archivo con el nombre de Smith en el interior, así como uno de sus seudónimos y el nombre de su hijo.

Genens testificó que fueron hallados tres archivos diferentes dos en la casa y uno más en la oficina del abogado de Kapoor en los que se detalla una sola visita del médico a la casa de Smith un año antes de su muerte.

Uno de ellos mencionaba que ella podría ser adicta a los opiáceos, agregó.

Kapoor, la doctora Khristine Eroshevich y el novio-abogado de Smith, Howard K. Stern, se han declarado inocentes de cargos que incluyen haberse confabulado para darle a Smith cantidades excesivas de medicinas, recetar fármacos a un adicto y haberle dado recetas a la ex conejita de Playboy bajo nombres fraudulentos.

No están acusados de haberle provocado la muerte por una sobredosis de fármacos en el 2007.

Al ser exhibido el expediente médico en una pantalla del tribunal en Los Angeles, Genens mostró al jurado de qué manera esos tres archivos contenían información diferente en torno a la misma visita a domicilio. Uno detallaba los medicamentos recetados a Smith y otro tenía un espacio en blanco en la zona de fármacos.

Otro tenía la anotación: ``¨adicta al benzo? Evitarlo''. La referencia evidente a una adicción a sedantes conocidos como benzodiazopinas estaba ausente del segundo grupo de archivos del mismo día, agregó Genens.

Robert Perry, juez de la Corte Superior, advirtió en varias ocasiones al jurado que el testimonio de los investigadores sólo estaba siendo ofrecido contra Kapoor.

La abogada de éste, Ellyn Garafalo, cuestionó los métodos con que fueron conseguidos los archivos, incluyendo el que los investigadores hayan entrado a la casa de Kapoor con las armas desenfundadas, pero Genens dijo que así lo hacían de manera rutinaria

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IMPULSAR UN CONCEPTO DE LA VISION POLITICA DE LOS ARCHIVOS EN VENEZUELA

Evaluarán archivos del país para ponerlos en orden
EN: AGN
SITE: http://www.avn.info.ve
FECHA: 13/08/2010
Representantes del proyecto de Sistema Nacional de Archivos,consejos comunales, misiones sociales y archivos históricos se reúnen estejueves y el viernes para trabajar en instrumentos diagnósticos que permitanevaluar la actividad archivística en el país con el fin de homogeneizar loscriterios.
La directora del Sistema Nacional de Archivos, Delia Peña,informó que en estas jornadas también se pretende establecer, en conjunto, unavisión de lo que debería ser este sistema, basados en la territorialidad y sectorialidad.
“El sistema debe respetar la complejidad, por los distintossectores que están involucrados en su composición; debe entender que elterritorio es una de las principales variantes que influye en sucondicionamiento”, explicó Peña.
La vocera de este Sistema explicó que ya han ofrecido talleres aunos 400 consejos comunales del país sobre la gestión documental y laadministración archivística para que los mismos representantes de la comunidadcontrolen estos procesos.
Apuntó que los archivos del país no están en las mejorescondiciones, y explicó que en los análisis que se han realizado desde 1969 serefleja la falta de una normativa, de políticas claras, de una estructuraorgánica que articule los archivos, sin que hasta ahora se hayan solventadoesos problemas.
“Nuestra meta es homogeneizar el sistema, pero además queremosromper con la visión intrumentalista de la actividad archivística, e impulsarun concepto de la visión política de esta actividad”, expresó.
Además, explicó que en estas jornadas que realizan conrepresentantes de consejos comunales, misiones y archivos históricos se lesofrece información sobre la evaluación que van a realizar para hacer un trabajocolectivo.
“Luego del diagnóstico se generará un documento que nos dé lavaloración de cuáles son las características de la actividad archivística delpaís para tomar decisiones para hacer un plan de acción que nos permitaintervenir en las principales situaciones no acordes”, apuntó.
Las jornadas del Sistema Nacional de Archivos continuarán esteviernes, en la sala Amábilis Cordero de la Biblioteca Nacional.

“…INTERVENIR ARCHIVOS PRIVADOS QUE SON FUENTES HISTÓRICAS IMPORTANTES…”
Dan los primeros pasos hacia el Sistema Nacional de Archivo

EN: ENTORNOINTELIGENTE.COM
SITE: http://www.entornointeligente.com
FECHA: 13/08/2010
AUTOR: CORREO DEL ORINOCO

La necesidad de derogar laLey de Archivos Nacionales de 1945 por un nuevo marco jurídico que responda aestos tiempos y esté acorde con la Constitución de 1999, es uno de los temasque se tocarán en el Primer Encuentro Interdisciplinario: Hacia la creación delSistema Nacional de Archivos, promovido por el Archivo General de la Nación(AGN), el Centro Nacional de Historia (CNH) y la Biblioteca Nacional (BN), quedurante dos días reúne a archivólogos, bibliotecólogos, historiadores,abogados, sociólogos y técnicos encargados de conservar la memoria histórica yadministrativa del Estado, provenientes de diversos estados y organismosestatales y entes privados. Una de las leyes de la cultura que exige surenovación en el próximo periodo de la Asamblea Nacional es la Ley de ArchivosNacionales, promulgada hace 65 años, durante el gobierno de Isaías MedinaAngarita. "Es una ley desfasada", opina el consultor jurídico delAGN, Fernando Guevara. Explica Guevara que existen "muchas leyes, normas,decretos, resoluciones que tratan la materia archivística", y la idea es"que las diversas disposiciones jurídicas se unifi quen en una leynacional". Esto redundará en que el AGN tenga "una estructurainstitucional más sólida, mayor capacidad para regir el Sistema NacionalArchivos, y homoge-neizar las normas y los criterios archivísticos". Conun nuevo marco jurídico, Fernando Guevara considera que la institución-órganodesconcentrado adscrito del Ministerio del Poder Popular para laCulturadispondrá "de instrumentos para el control de los archivos delpaís, y sobretodo, para intervenir archivos privados que son fuentes históricasimportantes, en mano de corporaciones y fundaciones". Según la LeyOrgánica de la Administración Pública Nacional de 2008, el AGN es el"responsable de la creación, orientación y coordinación del Sistema Nacionalde Archivos y tendrá bajo su responsabilidad velar por la homogeneización ynormalización de los procesos de archivos ...". Para dar cumplimiento aesto, el AGN hace un esfuerzo por elaborar una propuesta de cómo sería esteSistema y para ello, emprendió ayer un primer encuentro con los trabajadoresdel área, a fi n de recabar la visión de todas y todos los involucrados. Lasocióloga Delia Peña, quien dirige el proyecto, concibe que la creación delSistema debe ser un "proceso colectivo". "Es una tarea ardua la quedebemos emprender y comprendemos que no lo podemos hacer solos", afi rmó.Hasta hoy los invitados a este Primer Encuentro Interdisciplinario, podránexponer sus puntos de vista en mesas de trabajo, en la sede central de laBiblioteca Nacional. Peña informó que se colocarán en web los avances teóricosque se propongan para la creación del Sistema, y habrán herramientasevaluadoras disponibles en línea, a fi n de recibir vía internet la opinión delos especialistas, funcionarios y trabajadores desde todo el país

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EXPEDIENTES DE LA GUERRA CIVIL Y EL FRANQUISMO

>>  miércoles, 11 de agosto de 2010

El Archivo Histórico Provincial recibe más de 12.300 expedientes de gaditanos presos de la Guerra Civil y el franquismo

EN: DIARIOBAHIADECADIZ.COM
SITE: http://www.diariobahiadecadiz.com
FECHA: 10/08/2010
El Archivo Histórico Provincial guarda entre sus paredes información fundamental para la recuperación de la memoria histórica: el Ministerio del Interior ha traspasado a la institución gaditana 12.390 expedientes de presos de la Guerra Civil y la posguerra española. Sin embargo, sólo se han podido recuperar los archivos correspondientes a tres prisiones: el penal de El Puerto y las cárceles de Jerez y San Roque. Los expedientes de la Cárcel Provincial de Cádiz se han perdido.
Este año, el Archivo Histórico Provincial, gestionado por la Consejería de Cultura de la Junta, ha cumplido su 35 aniversario. En este tiempo, ha acumulado unas 105.000 unidades, entre libros de registro y cajas archivadoras. Los últimos en sumarse han sido los documentos de presos salidos de las cárceles gaditanas, a pesar de que, como recuerda el director del Archivo gaditano, Manuel Ravina, ha habido una pérdida de patrimonio documental muy importante por diversas causas.
En el caso del penal de El Puerto, se han trasladado 10.260 expedientes de reclusos puestos en libertad entre 1934 y 1957. Ravina matiza que en la práctica penitenciaria española, a todo ciudadano que ingresa en prisión se le abre un expediente personal, y si el recluso se trasladara a otro centro, llevaría consigo su expediente personal en el que se siguen anotando las diversas incidencias ocurridas en su nueva prisión. Por tanto, normalmente el expediente de cada preso se conservará en aquella cárcel de la que salió en libertad.
Esta aclaración es importante para los familiares que buscan respuestas en las cárceles, ya que son muchas las personas que acuden al archivo del Penal solicitando el expediente personal de alguien de quien se tiene la certeza que estuvo ingresado en el mismo y no aparece, “algo especialmente significativo durante el primer franquismo, en el que el régimen tenía a los presos por rebelión militar en continuo movimiento de unas cárceles a otras, en lo que se ha venido a llamar ‘turismo carcelario’”, recuerda el director del Archivo en una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz.
Tras recibir los documentos, el Archivo Histórico Provincial ha elaborado una base de datos que ha resultado ser “de un extraordinario valor”, como explica por su parte la delegada provincial de Cultura, Yolanda Peinado. De esos 10.260 expedientes, 5.690 corresponden a personas que incurrieron en algunos de los delitos que el régimen franquista consideró para todos aquellos que se opusieron al golpe de estado, en concreto, rebelión militar, auxilio a la rebelión, excitación para la rebelión, deserción… Supone, pues, un 55,4 por ciento del total recibido.
En muchos de estos expedientes se conserva una copia de la sentencia del Consejo de Guerra que juzgó al recluso, que contiene por lo general una abundante información cuya objetividad deberá ser materia de estudio para los historiadores. Estos expedientes de reclusos de la Guerra Civil española muestran el fenómeno del mencionado ‘turismo carcelario’.
Entre todos estos documentos se conserva, por ejemplo, el del escultor e imaginero Ortega Bru, nacido en San Roque en 1916. Toda su familia, incluida su esposa, fue fusilada, mientras que él ingresó en prisión por apoyar al bando republicano. Falleció en Sevilla en 1982 tras recibir numerosos premios, entre ellos, el Nacional de Escultura.
También se podrán consultar en el Archivo Provincial, en la capital, expedientes de la cárcel de Jerez. El número de expedientes no es muy alto: 2.065 documentos de presos cuyas fechas de salida están entre 1931 y 1955. La mayoría de los presos están en la cárcel por delitos comunes, como robos. De los relacionados con la Guerra Civil solo se conservan 20 expedientes. Entre ellos está el de María Luis Cobos Peña, jerezana, fundadora de la sección de la CNT Sindicato de Emancipación Femenina, y el de Teodoro Miciano Becerra, también jerezano, considerado uno de los grandes pintores del siglo XX, preso por razones políticas desde el 6 de junio de 1939 hasta el 9 de febrero de 1942, fecha en que quedó en libertad condicional.
En cuanto a los archivos de San Roque, este caso es un buen ejemplo de cómo se han destruido total o parcialmente los documentos de muchas instituciones españolas. De esta prisión solo se han conservado 65 expedientes, correspondientes a los años 1931-1955.

HISTORIA DIGITALIZADA
Con el fin de facilitar su conservación y sobre todo de conseguir una mayor difusión de su contenido, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía inició hace unos años un programa de digitalización de estos expedientes, que se encuentra a punto de finalizar, como ha recordado la delegada provincial de Cultura.
“Todo ello con el objetivo puesto en que lo más pronto posible se puedan consultar directamente en Internet, a través de las páginas y programas del Gobierno autonómico”, concluye Peinado.

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ALMACENAMIENTO EN LA RED O NAS

NAS: Solución de almacenamiento común en toda la casa
EN: ELPAIS.CR
SITE: http://www.elpais.cr
FECHA: 11/08/2010
AUTOR: Fuente: Sven Appel (dpa) 
Fotos digitales, vídeos, música y mucho más: el volumen de los datos personales que guardamos crece cada día. Es por esto que la búsqueda de una solución segura y simple de almacenamiento está en la mente de todos los usuarios de computadoras.
Por una parte, es importante que los datos estén siempre accesibles, y, en algunos casos, también por varios usuarios. Una opción son los discos duros externos, pero la logística puede resultar complicada. Una mejor solución es el almacenamiento en red o NAS (del inglés: Network attached storage).
NAS se refiere a una caja que contenga uno o más discos duros, además de un procesador capaz de asumir las funciones de servidor normal de archivos. El NAS no se conecta a una sola computadora, sino más bien directamente a la red doméstica mediante un cable Ethernet unido al router.
"La formación de redes se hace cada vez más popular en los hogares”, señala Roland Stehle, de la Sociedad alemana de Electrónica de Entretenimiento y Comunicaciones (GFU) en Fráncfort. Tal como podría esperarse, el almacenamiento NAS es también de interés para el consumidor. Fabricantes de estos accesorios son entre otros Buffalo, Netgear, Plextor y Western Digital.
La principal ventaja de un sistema NAS está en la centralización del almacenamiento de datos. "Interesa especialmente a familias con dos o más computadoras en casa”, dice Daniel Mauerhofen, de Western Digital. Todos los que tienen acceso a la red doméstica pueden acceder a los datos. Películas, fotos y música son también disponibles para todos.
El administrador de la red define quién tiene acceso y a qué material durante la configuración inicial. El procedimiento de instalación tampoco es tampoco demasiado complicado. "La interfaz de usuario para estos accesorios es similar a la que se halla en Windows”, señala Boi Feddern, de la revista alemana "c't".
Hay modelos simples ya disponibles por unos 100 dólares. En muchos casos se trata de accesorios NAS conectados directamente, llamados también NDAS. A diferencia de NAS, estos accesorios no incluyen una función de servidor. Toda computadora que necesite acceder a él tiene que tener un software cliente instalado. Las soluciones NAS usan permiso para compartir carpetas a fin de trabajar sin software cliente.
Más allá de sus funciones como servidor, un sistema NAS puede ser también usado como unidad central de almacenamiento para la biblioteca mediática del iTunes. Algunos modelos también puede ser usados para alojar una página web online. En algunos casos admiten también acceso remoto a los datos. Los usuarios conectan entonces su NAS desde Internet, tal como si estuvieran en casa.
NAS puede trabajar con consolas como la Playstation 3, pero el comprador con perspectiva debe asegurarse de que la unidad de almacenamiento respalda también la norma de redes DLNA. Si fuera así, la consola puede ser usada para transmitir cosas como las fotos de vacaciones almacenadas en la red NAS en un televisor.
Versiones NAS más costosas generalmente incluyen un procesador más rápido y tienen velocidades más altas de almacenamiento. Mientras más rápido sea el accesorio, mayor será su consumo de energía. Opciones de ahorro de energía se encuentran generalmente sólo en aparatos de más de 300 dólares, conectándose al modo de hibernación de bajo consumo energético cuando ninguna computadora está accediendo a la red.
Unidades que incluyen varios discos duros son una buena opción que tampoco cuesta mucho más dinero. Ofrecen la ventaja de tener una capacidad de almacenamiento expandible. Otros beneficios de un NAS con dos o más discos duros es que se puede hacer copia de seguridad de los datos para una mayor seguridad. La información guardada sólo en un NAS pero en ninguna otra parte más necesita una segunda solución de copia de seguridad. Los modelos NAS suelen incluir un puerto USB para facilitar la conexión de un disco duro externo.

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ARCHIVOS DE OVNIS

Brasil censará avistamientos de OVNIS

EN: UNIVISIÓN
SITE: http://noticias.univision.com
FECHA: 11/08/2010
Gobierno quiere censo oficial
La aparición de OVNIS (Objeto Volador No Identificado) en el espacio aéreo brasileño será registrado oficialmente por el Comando de la Aeronáutica de Brasil, que oficializó y regularizó esa decisión con un decreto publicado en el Diario Oficial del Estado.
El decreto llama a los pilotos de aviones civiles y militares, y también a los controladores del tráfico aéreo nacional, a relatar su experiencia al Comando de la Defensa Aeroespacional en Brasilia, y también enviar pruebas documentales sobre objetos volantes no identificados, señala el decreto.
El material fotografiado o filmado en la inmensidad del cielo brasileño, un país con 8 millones de km2, será catalogado y puesto en archivos en el Centro de Documentación histórica de la Fuerza Aérea, oeste del estado de Río de Janeiro.
El material podrá ser consultado por investigadores y otras personas interesadas en esos fenómenos.

Ordenanza vigente
El decreto data del 9 de agosto y fue publicado el martes. Éste fue firmado por el demandante de la Fuerza Aérea, Juniti Saito, y precisa que los registros serán hechos en un formulario especial.
"El comando de la Aeronáutica no dispone de estructura especializada para realizar investigaciones científicas sobre esos fenómenos aéreos y se limitará a registrar los hechos", destacó la Fuerza Aérea en un comunicado enviado al diario O Dia.
Un controlador aéreo militar de Rio de Janeiro dijo al diario O Dia que "hay relatos de ministros e incluso de un presidente que vieron un OVNI".

EN:RADIOSANTIAGO.CL
FECHA: 10/08/2010

Un extraño objeto volador no identificado (OVNI) fue descubierto y fotografiado (foto) en una ciudad del norte de Yorkshire en dos noches consecutivas, y  sólo unos días después de que el Gobierno británico desclasificara información con numerosos relatos de avistamientos de OVNIs en el condado.
Colin Coulson tomó las fotografías de los objetos, que vio sábado por la noche y de nuevo el domingo por la noche en Pickering.
Dijo que en la segunda ocasión, parecían estar más cerca de Malton que su punto de vista en Pickering.
Las fotos fueron tomadas desde la parte superior de la Plaza del Mercado de Pickering.
Los archivos de Gobierno que proporciona una serie de documentos, dibujos y cartas que describen encuentros con aeronaves supuesta extraño, no identificado en el norte de Yorkshire.
Un caso involucra a la Real Fuerza Aérea (RAF)enTopcliffe, cerca de Thirsk, y ocurrió el 19 de septiembre de 1952.  Los hombres del Escuadrón No.269 afirman haber presenciado un objeto volador no identificado, de color plata y en forma de disco, balanceándose en un movimiento pendular.
El  informe, que declaró que el avistamiento duró unos 20 segundos, fue apoyada por una serie de testigos civiles fuera de la base.
Tres informes separados hay también de un objeto volador no identificado en Menwith Hill, la estación de la Royal Air Force, cerca de Harrogate en 1972.
Objetos iluminados se vieron sobre la base de forma esporádica durante semanas, sin ninguna explicación oficial a excepción de un breve comunicado emitido por el Ministerio de Defensa confirma que "ningún platillo volante se encontraba en las inmediaciones de Menwith Hill y la base no tenía ninguna conexión con la investigación OVNI".
Otro archivo de los que se hicieron públicos en estos días incluye avistamientos de un OVNI "del tamaño de un acorazado" cerca de Fylingdales moro, en North Yorkshire, en 1998.

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ESPARCEN VIRUS CON GOOGLE IMAGEN

Usan a Google para esparcir virus

EN: DIARIOLAPRIMERAPERU.COM
SITE: http://www.diariolaprimeraperu.com
FECHA: 11/08/2010
El buscador de imágenes de Google se ha convertido en el sistema perfecto para que los ciberdelincuentes extiendan su malware e infecten las máquinas de otros usuarios. Este problema apareció por primera vez, el año pasado, cuando archivos de imágenes de naturaleza sensacionalista se enviaron como spam a los usuarios a los que, al pinchar sobre una URL, se les pedía que descargaran un códec de vídeo que les permitiera ver dicho archivo. Sin embargo, ahora los hackers están colocando archivos infectados en el buscador de imágenes de Google, de ese modo el usuario que da clic recibe un pedido para actualizar el Adobe PDF o se le tienta con un antivirus gratuito. Al final lo que el usuario consigue es meterse en problemas, bien descargando un virus directamente o un antivirus falso que dejará pasar todo el material que el hacker desee.

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CONGRESO ARGENTINO DE ARCHIVISTICA

Congreso Argentino de Archivística

EN: ELLITORAL.COM
SITE: http://www.ellitoral.com
FECHA: 09/08/2010
Con la convocatoria de la Federación de Archiveros de la República Argentina (Fara) y Archivo de la memoria -Secretaría de Derechos Humanos- Gobierno de Jujuy, la Comisión Organizadora del VIII Congreso Argentino de Archivística informó que se encuentra abierta la inscripción al VIII Congreso Argentino de Archivística. Con el nombre “Bicentenario: pasado y futuro de los archivos”, tendrá lugar del 20 al 22 de octubre en el teatro Mitre, Alvear 1009, en San Salvador de Jujuy
En la oportunidad tendrán lugar las siguientes actividades paralelas: Reunión de directores de archivos (Cada), III Encuentro de Archivos Religiosos, Reunión Cofam, IV Jornadas de Archivos de Municipios y Comunas, II Encuentro de Estudiantes de Archivística de América, 1er. Encuentro de Docentes de Archivística de América, IV Expo Empresas Archivos, Expo Archivos Provinciales y Curso Taller Archivística.
Está destinado a archiveros, profesionales, docentes, autores, investigadores, profesionales de ciencias afines, personal de archivos, estudiantes e interesados en general.
Los interesados en participar deberán dirigirse a los siguientes correos electrónicos: congreso@mundoarchi vistico.com o info@mundoarchivist ico.com. La fecha máxima de entrega de trabajos es hasta el 15 de septiembre.
Más info al sitio web oficial: http://www.mundoarchivistico.com.

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27 DE JULIO DÍA DEL BIBLIOTECÓLOGO Y DEL ARCHIVÓLOGO

>>  domingo, 25 de julio de 2010

27 DE JULIO DÍA DEL BIBLIOTECÓLOGO Y DEL ARCHIVÓLOGO
POR: Lic. Carmen Marín 

En este artículo no se expresará nada sobre el Día del Bibliotecólogo y el Archivólogo, esa información se publicó en este blog y sus enlaces se anexan al final del mismo.

Este artículo no es más que una reflexión. Han pasado cosas en nuestro país que nos conciernen: los cambios en la legislación, muchos ya publicados aquí, como La Ley Orgánica de Registro Civil (vease  http://archivologo.blogcindario.com/2010/04/02482-ley-organica-de-registro-civil.html, y  http://archivologo.blogcindario.com/2010/04/02488-iquest-el-cne-es-ahora-el-oacute-rgano-que-rige-la-materia-archiv-iacute-stica-en-venezuela.html), la Ley Orgánica de Administración Pública (Habilitante), la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, las disposiciones legales establecidas en diversas jurisprudencias (campo no investigado a fondo), los traslados de documentos históricos de unas instituciones a otras, la designación de profesionales de otras áreas en cargos propios de un Archivólogo (sin menos preciar el conocimiento que estos puedan tener) entre otras muchas que se haría largo de escribir.

No pretendo crear polémicas. La intención es lograr que nuestro gremio se pronuncie sobre estos temas, aprobándolos o desaprobándolos, aceptándolos o rechazándolos.

En artículos publicados he manifestado mi posición, emito opinión, o interrogantes en la búsqueda de respuestas.

No puedo dejar pasar este día sin hacerme algunas preguntas:
¿Qué pasó con el Colegio de Bibliotecólogos y Archivólogos?
¿Qué paso con la Asociación Venezolana de Archiveros?

Realice una búsqueda por la red sobre el CBAV y la AVA y la información que conseguí es antigua, nada nuevo. Si hay algo actual espero que lo hagan llegar a mi correo o como comentario a este artículo.

ANEXOS
viernes, 06 de enero de 2006
DIA DEL BIBLIOTECÓLOGO Y DEL ARCHIVÓLOGO
DECRETO NÚMERO 1.564 DEL 22 DE JULIO DE 1982
http://archivologo.blogcindario.com/2006/01/00088-dia-del-bibliotecologo-y-del-archivologo.html
viernes, 27 de julio de 2007
27 DE JULIO DÍA DEL ARCHIVÓLOGO Y EL BIBLIOTECÓLOGO
http://archivologo.blogcindario.com/2007/07/01265-27-de-julio-dia-del-archivologo-y-el-bibliotecologo.html
sábado, 26 de julio de 2008
DÍA DEL BIBLIOTECÓLOGO Y DEL ARCHIVÓLOGO (Reposición)
http://archivologo.blogcindario.com/2008/07/01893-d-iacute-a-del-bibliotec-oacute-logo-y-del-archiv-oacute-logo-reposici-oacute-n.html
sábado, 25 de julio de 2009
DÍA DEL BIBLIOTECÓLOGO Y DEL ARCHIVÓLOGO
http://archivologo.blogcindario.com/2009/07/02239-d-iacute-a-del-bibliotec-oacute-logo-y-del-archiv-oacute-logo.html

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XXII CONGRESO ARCHIVÍSTICO NACIONAL

>>  sábado, 17 de julio de 2010


Archivistas se reunirán en Congreso
EN: REDCULTURA.COM
FECHA: 25/06/2010
AUTOR: ADRIANA ÁLVAREZ
"Los archivos debidamente organizados son de gran importancia en la vida diaria de una sociedad y de los ciudadanos. Este es el caso, por ejemplo, de una persona que solicita información específica en su municipalidad, que requiere certificar en qué escuela se graduó o necesita localizar un expediente médico".
Así se explica la temática que tratará el XXII Congreso Archivístico Nacional llamado: “Los pilares de la archivística: clasificación, ordenación y descripción". 
El congreso tomará lugar del 21 al 23 de julio en el Archivo Nacional ubicado en Zapote. La inauguración de la actividad se dará con una conferencia titulada " “Hacia la sociedad de la información y el conocimiento”; estará  a cargo de Juan Manuel Villasuso, coordinador del Programa Sociedad de la Información y el Conocimiento.
Según Virginia Chacón, directora general del Archivo Nacional, este congreso será de gran relevancia ya que los archivos de las instituciones estatales, son garantía de la infomación de una organización del Estado y señal de respeto a los derechos de información de los ciudadanos, además de una rendición de cuentas de los gobernantes.
Ana Lucía Jiménez, jefa del departamento de Archivo Notarial, explicó que el Congreso Archivístico es una actividad para la capacitación de archivístas o relacionados y esperan una participación de alrededor de 200 personas.
"La población piensa que esto tiene que ver únicamente con aspectos históricos; sin embargo los documentos tienen valor legal y administrativo, y cumplen una función muy importante en términos de transparencia en la administración pública. Por eso es tan fundamental que los archivos estén organizados  y que las personas a su cargo estén debidamente capacitadas”. Dijo Jiménez.
Además Laura Quesada, una de las organizadoras de la actividad, explica que es una muy buena oportunidad para gente que trabaja en archivísmo fuera del Área Metropolitana y quiere capacitarse en poco tiempo, puesto que el congreso durará solo tres días.
También asegura que "hay mucha gente que ejerce la actividad sin ser profesional en el campo del archivismo, y este congreso les generará ventajas para aprender más sobre el oficio".
La inscripción para el XXII Congreso Archivístico estará abierta hasta el 9 de julio . La inversión es de $185 para nacionales y extranjeros. Para más información sobre el congreso se puede llamar a 2283-1400, ext. 219; o escribir al correo congreso2010@dgan.go.cr.

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EL AGN COLOMBIA

>>  miércoles, 14 de julio de 2010

En el corazón de la memoria
EN: elespectador.com
FECHA: 13/07/2010
AUTOR: Sandra Cardona


¿Qué hace un abogado manejando un archivo?
Esta entidad maneja recursos importantes y esos recursos merecen tener un gerente. Además estoy muy bien rodeado, cuento con un equipo de profesionales expertos en mantener viva la historia de Colombia.
¿Cuántos documentos hay en el Archivo General de la Nación?
Tenemos en folios 52 millones de documentos. El Archivo tiene depósitos en los que caben 30 kilómetros de documentos en metros lineales y solamente hay 9 kilómetros en custodia.
¿Qué tienen de la época de la Independencia?
¡Muchos! Aquí a la mano, por ejemplo, tengo la copia de la orden de gastos para la elaboración de la cama del libertador en 1821. Gastaron treinta y seis pesos y cuatro reales.
¿Cuál es el documento del archivo que más lo ha impactado?
Una carta de Simón Bolívar escrita en plena gesta libertadora a Manuelita Sáenz donde le expresa su gran amor, y que fue escrita por su secretario privado porque a Manuelita no le gustaba la letra tan grande de Bolívar. Claro que hay otros que me han aterrado.
¿Cómo cuáles?
Los que tienen que ver con la venta de seres humanos. Es impresionante ver que había personas que eran comercializadas como animales. Tenemos originales de actas de compraventa y actas de devolución porque a sus dueños no les gustaban los esclavos que les habían tocado.
¿Cuánto podía costar un esclavo?
Dependía de su edad, salud y condiciones físicas. A comienzos del siglo XVIII se podía pagar entre 150 y 250 pesos por un esclavo de 16 ó 18 años. Como punto de comparación le cuento que una casa podía costar 900 pesos.
¿Cuál es el documento más antiguo?
Se tienen varios de 1543. Uno de ellos contiene relatos de Gonzalo Jiménez de Quesada en el cual comenta a la Corona española su sorpresa porque los indios se bañan todos los días.
¿Cómo se guardan estos tesoros?
En un edificio construido por el arquitecto Rogelio Salmona. Los depósitos fueron construidos con todos los cuidados para mantener una temperatura constante y adecuada para su conservación. Tenemos un laboratorio de restauración y mantenimiento donde permanentemente hacemos limpieza de los documentos para conservarlos de la mejor manera.
¿Quiénes pueden consultarlos?
Los que quieran. El maestro Salmona hizo una edificación en la que casi no hay puertas justamente porque la historia somos todos y es de todos. Quien quiera puede acceder a nuestra documentación, lógicamente con algunas limitantes porque hay unos documentos muy valiosos y en esos casos los tenemos digitalizados.
Un reto en el Archivo General.
Organizar los archivos de los territorios indígenas, pues ellos son fundamentales en la construcción de la historia de Colombia. Queremos que esos archivos sean ordenados acorde con sus costumbres y tradiciones.
¿La memoria tiene corazón?
Sin lugar a dudas, o por lo menos la colombiana, su corazón es el Archivo General de la Nación.
Usted dice que un archivo es una herramienta contra la corrupción, ¿por qué?
Siempre he manifestado que si el Archivo General de la Nación en la época de Foncolpuertos hubiera tenido el manejo de los archivos, no se hubieran perdido los billones de pesos en actos de corrupción. Los archivos desorganizados dan lugar a la corrupción y por esa razón estamos empeñados en que la gestión documental sea una herramienta que utilicen todas las entidades del Estado preventivamente y no solamente por cuestiones de certificaciones.
¿Qué actividades tiene previstas para el Bicentenario?
Estamos haciendo actividades con niños para enseñarles el valor de la historia, intensificamos las visitas gratuitas al Archivo, apoyamos al Ministerio de Cultura con el Banco de Partituras del Bicentenario y viene una exposición de mapas espectacular.

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ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN DOMINICANA REALIZA CAMBIOS


Efectúan cambios en el Archivo General de la Nación dominicana
EN: lanaciondominicana.com
FECHA: 12/07/2010

Santo Domingo, RD.- El director del Archivo General de la Nación (AGN), Roberto Cassá, designó al ingeniero Teófilo Hernández nuevo Asistente Ejecutivo de esa entidad como parte de un proceso para mejorar el rendimiento y eficientizar los servicios.
Al posesionarlo en su nuevo cargo, el doctor Cassá resaltó la reconocida profesionalidad del ingeniero Hernández, “quien con su extrema probidad y experiencia asumirá un control eficiente en el manejo de los recursos y la coordinación de las labores de los departamentos del Archivo General de la Nación”.
Antes de su promoción, el ingeniero Hernández se desempeñaba como Asesor de Obras Civiles, adscrito al departamento de Conservación y Servicios Técnicos.
Conjuntamente con la designación de Hernández, se realizaron otros cambios en un proceso de reestructuración para impulsar el programa de transformación y modernización del AGN.
El licenciado Alejandro Paulino fue designado encargado de Investigación y Divulgación; Rosa Figueres, directora de Hemeroteca y Biblioteca; Yunier González, director del departamento de Descripción; Vetillo Alfau, asesor de Catalogación y Clasificación de Fotografía y Rosanna Capella, Asistente de la Dirección General.
También, Aquiles Castro, encargado de Fuentes Orales; Yevalyn Montero, encargada de Servicios Generales; Teodoro Viola, encargado de Coordinación de Archivos; Adriano Pérez, encargado de Control de Sistema y Edith Estrella, secretaria ejecutiva de la Dirección General.

Acerca del AGN
El Archivo General de la Nación (AGN) es el órgano rector del Sistema Nacional de Archivos y tiene como función rescatar, organizar, custodiar, conservar y difundir el patrimonio documental, procedentes del sector público, privado o de las donaciones de personas físicas o morales, para garantizar la preservación de la memoria documental dominicana, ofreciendo servicios que garanticen la accesibilidad a la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer el ordenamiento democrático y el desarrollo cultural del país.

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EL SEO Y SUS ESPECIALISTAS SE HAN CONVERTIDO EN UN OBJETO DE DESEO

>>  jueves, 8 de julio de 2010

SEO: el arte de posicionarse en Internet
EN:  LEVANTE-EMV.COM
FECHA: 08/07/2010
AUTOR: TOMÁS MAYORAL 

El SEO y sus especialistas se han convertido en un objeto de deseo cada vez más perseguido por las empresas con intereses en la Red

Entre las palabras que Internet ha traído a nuestro vocabulario cotidiano, ´SEO´ es sin duda una de las más populares y también de las más enigmáticas. El misterio que este acrónimo de tres letras encierra es la expresión "Search Engine Optimization" que podría traducirse como "Optimización para motores de búsqueda". Básicamente, SEO es la forma en la que conseguimos que una página web alcance la mayor relevancia posible a ojos de un buscador (Google, Yahoo, Bing, etc.) de tal modo que ese buscador muestre esa página en los primeros lugares cuando se hace una búsqueda que guarda relación temática con los contenidos de esa web. La relevancia con respecto a un buscador no es cuestión baladí para un sitio web: condiciona gran parte de su éxito o de su fracaso. De ahí que el SEO y sus especialistas se hayan convertido en un objeto de deseo cada vez más perseguido por las empresas con intereses en la Red.

Para entender cómo funciona el SEO, hay que entrar primero dentro de las tripas de un buscador (en este caso lo personalizaremos en Google, el mayor de todos) y comprender cómo se convierte un maremágnum de 207 millones de páginas web en una ordenada biblioteca de Alejandría donde no sólo se puede buscar en el lomo del libros o dentro de sus textos, sino que incluso con un par de palabras se puede encontrar con aparente facilidad lo que realmente estás buscando.
Google tiene millones de servidores repartidos por todo el mundo que recogen cada día a horas diferentes y con diferentes grados de profundidad a lo largo de un periodo prefijado, generalmente un mes, todo o casi todo lo que hay en la World Wide Web. Sus robots (´spiders´ o ´bots´), que así se llaman esos programas, detectan tanto las páginas web recién nacidas como el contenido nuevo que han generado las ya existentes. Una vez recogido en lenguaje html todo ese impresionante caudal de datos (del que incluso guarda copias por si pudiera desaparecer accidentalmente), lo indexa, posibilitando su ordenación para luego facilitar su búsqueda. Por último, lo categoriza otorgando a la web que lo contiene una importancia determinada. 

En este último paso está la clave y el toque ´genial´ de este buscador. Se llama Pagerank y es el más famoso algoritmo de los creados por Sergey Brinn y Larry Page, los padres de Google. Su principal virtud y la razón por la que revolucionó el mundo de los buscadores es que este algoritmo es capaz de atribuir criterios de importancia a la web y a su contenido en función de la importancia que las webs se otorgan entre ellas al enlazarse mediante links, lo que permitirá después afinar las búsquedas y ceñirlas lo más certeramente posible al objetivo que demandaba el usuario. Esto es lo que más singulariza a Google y lo que le ha convertido en líder de su sector: ningún buscador acierta tanto a la hora de ofrecer lo que realmente necesita quien busca algo en la web. Eso coincide con la que dicen que es su principal política: favorecer en la mayor medida posible a su usuario y dejar que sea este usuario quien, con su uso masivo de unas páginas en lugar de otras, señale qué es lo mejor y lo peor de la World Wide Web.

Y aquí entra el SEO. Como en internet se comparte todo, los esfuerzos no iban a ser una excepción. El posicionamiento ha cobrado la importancia que tiene porque es una forma de compartir el trabajo con el buscador. Si le ayudo a realizar todo ese complejo proceso de búsqueda, indexación y categorización de las webs, facilitándole la ordenación de mi contenido de acuerdo a sus patrones preferidos, su tarea se facilita. El buscador premia este ´favor´ que le hacemos dándole una mayor importancia a quien le ha ayudado y colocando su página en los primeros lugares de las búsquedas en temas que él sospecha que alguien que busca un contenido podría encontrar allí. 

Pero facilitarle el trabajo con una estructura prefijada de los contenidos no es el único método SEO para que una web triunfe. Se destacan aquí sólo tres de los más importantes: la popularidad de un sitio, su capacidad de generar contenido nuevo y su antigüedad. Los dos primeros son los que más polémicas le han traído a este buscador.

En Google quieren creer, y que los demás nos creamos, que la democracia también es posible en internet. Por eso la relevancia viene también por la ´celebridad´ de un ´sitio´web, decidida democráticamente por quienes hacen uso de él y lo enlazan dentro de sus propias webs. Cuanto más popular sea una página y mayores referencias de otras webs obtenga mediante alusiones a su contenido, mayor será también la importancia que el buscador concederá a esa página. Hasta ahí, todo bien. Pero, ¿es totalmente inocente este proceso? Hay quien lo duda seriamente. No son pocos los que han experimentado en carne propia una súbita y brutal caída de su posicionamiento cuando se han convertido en ´relativa´ competencia del sistema de publicidad contextual de Google, el Adwords, una ingeniosa derivación del algoritmo antes mencionado que asocia anuncios a cada búsqueda en función de la similitud de las palabras utilizadas (si busco ´barco´ me aparecerán anuncios relacionados con la náutica o con los cruceros). El entrecomillado a ´relativa´ se debe a que parece difícil competir con alguien que el año pasado ganó 15.700 millones de dólares con este sistema. Pero para algunos esa ´competencia´, sea real o no, provoca reacciones en el buscador. Reacciones nada ´deportivas´ que ya han desencadenado tres denuncias en Europa contra Google por abuso de posición dominante, acusado de penalizar a posibles competidores.

Otro factor importante de posicionamiento es la capacidad para generar volúmenes apreciables de contenido nuevo, relevante (una vez más esta dichosa palabra), original y de calidad. Algo que está sólo al alcance de unos pocos y que ha hecho que los medios de comunicación con versiones digitales, los mayores productores de información, se vean ´favorecidos´ en el posicionamiento que los buscadores otorgan a sus webs. Favorecidos o perjudicados, ya que son muchos los que piensan que Google está haciendo un gran negocio a partir de contenidos ajenos. Algunos incluso han pedido una parte del ´pastel´ publicitario del buscador. 
Google, de momento, entiende que los medios de comunicación son una parte fundamental de su andamiaje de contenidos, y les da tanta importancia que incluso ha creado su propio sistema de búsqueda de noticias, Google News, y se apresta a presentar en breve un sistema de cobro online por acceder a las informaciones para ponerlo a disposición de los medios informativos y acallar las críticas. Es indudable que la actualidad interesa mucho al buscador. 
Como todo planeta masivo, su influjo sobre el mundo de la información ha provocado ´alteraciones´ serias en el funcionamiento del territorio de la información, hasta el punto de que sus normas han puesto en entredicho la forma misma de redactar las noticias y de titularlas, imponiendo cambios sustanciales para adaptarlas a sus preceptos. El ´estilo SEO´ no premia la originalidad del título o su calidad informativa, sino simplemente su capacidad para colocar en su sitio (lo más cerca del comienzo que sea posible) las palabras clave del titular que pueden aparecer en la futura búsqueda. Si primamos lo geográfico, lo ideal es que todos los titulares escritos con este estilo empiecen por el complemento de lugar más que por el sujeto. Si lo que buscamos es la relevancia del nombre de alguien, esa será la ´palabra clave´ que vaya al principio. Lo mismo pasa en el interior del texto. Comparte las virtudes de un buen arranque, aunque no porque le guste la vieja estructura de las cinco ´w´, sino porque así también ponemos las palabras más importantes al principio. Pero no le gustan los sinónimos, ese arte de evitar la repetición tan familiar para quienes escriben textos periodísticos. En el estilo SEO se puede ser ´repetitivo´ sin empacho. La repetición de palabras claves ´keywords´, hasta un cierto límite (al buscador le molesta que intenten engañarle) puede mejorar el posicionamiento. 
En las redacciones digitales ya hay periodistas que se han rebelado contra estas normas que matan la originalidad. Y demuestran, muchas veces con pruebas fehacientes, que por muy importante que sea el SEO, valga la cacofonía, una información bien titulada con los criterios ´antiguos´ puede atraer más atención y audiencia que una adaptada a las nuevas normas. Es verdad en parte: las webs informativas tienen ya muchos usuarios propios que llegan directamente a sus páginas y que valoran el contenido de forma directa, pero también hay muchos otros que hacen búsquedas temáticas y son los buscadores quienes les indican a dónde ir.

Por último, el factor más inasible de todos y, posiblemente, uno de los más determinantes en posicionamiento web. Ser viejo en internet es un grado. Cuanto más tiempo haya permanecido un contenido en la Red, mejor será su relevancia para el buscador. Internet está lleno de webs lamentables con apariencia de pertenecer al Pleistoceno de la WWW y que, sin embargo, aparecen sistemáticamente en los primeros lugares de búsqueda. Por otro lado hay webs excelentes y novísimas que tardan en alcanzar el lugar que por su calidad merecerían. Tendrán que esperar, como los buenos vinos, a que vaya llegando su momento. Sorprende que algo tan nuevo como un buscador premie de esta forma lo viejo. 

Esto es la teoría básica, porque en realidad influyen muchos criterios, más de 200 según el propio Google, que pueden mejorar o empeorar el posicionamiento. Determinar qué variables son realmente importantes y cuáles no lo son es el verdadero trabajo del especialista en SEO. Muchas tienen que ver con la posición de las palabras claves que pueden coincidir con las buscadas o con la presencia de enlaces internos o links que enriquezcan el contenido. Pero, pese a todo lo dicho con anterioridad, sería inocente pensar que aquí hay reglas fijas: en SEO sólo existen tendencias, algunas muy avaladas por la experiencia, pero tendencias al fin. A veces la interpretación de lo que puede ser importante o no serlo para posicionar una web raya con cierta mística digital. A ello contribuye Google, que es muy poco trasparente a la hora de fijar los criterios reales de importancia. Lo que vale para ayer, hoy ya está superado. Mientras, en las webs donde se discute de SEO los debates encendidos abundan. Lo básico para unos es irrelevante para otros. No es extraño que emerjan auténticos ´gurús´ de este arte del posicionamiento que ejercen de arúspices del último capricho del buscador y sus ingenieros. O que de la noche a la mañana, como ha pasado en fechas reciente tras la llegada del nuevo motor de búsqueda de Google, el ´Caffeine´, el buscador penalice a una parte de las webs, incluso a las que llevan su propia publicidad mediante el sistema Adsense, sin explicarles que ha cambiado el criterio de repente y la velocidad de carga es ahora determinante para el posicionamiento. Un factor que hasta ayer importaba poco hoy es determinante y supone una penalización clara (¿e ´inocente´ si la realiza quien también es el propietario de YouTube?) a quien ha llenado sus webs de archivos de vídeo muy pesados o de imágenes muy grandes. 
Ya se sabe que cuando se es el jefe absoluto, uno se puede permitir estas cosas. Sabes que no te va a pasar nada porque tú mismo vas a posicionarte. Lo han adivinado: el ´pagerank´ de la página principal de Google es el máximo posible: 10.

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RESCATE Y OLVIDO DEL ARCHIVO DE CABAÑAS

Minimizan valor del Archivo Cabañas
EN:  INFORMADOR.COM.MX
FECHA: 08/07/2010
AUTOR: Alejandra Guillén
En los noventa se rescató el acervo y en el 2000 se volvió a guardar. La SC no ha precisado su ubicación
Dos sucesos marcaron significativamente la vida de A, quien murió a los 32 años por asfixia. El primero, que su madre biológica lo dejara abandonado al nacer en el Hospital Civil, en donde le llamaron Erre. El segundo, darse cuenta de que nunca podría rastrear su origen, pues todos los archivos relacionados con su triste nacimiento y posterior traslado al entonces Hospicio Cabañas están extraviados, perdidos, desaparecidos o sencillamente alguien los destruyó.

A lo largo de su vida, para A fue difícil aceptar su condición de adoptado, fue duro transitar el divorcio de sus padres adoptivos y ver que los hijos naturales llegaban. En un momento decidió mitigar ese dolor dedicando tiempo a buscar a sus padres biológicos sin saber qué haría si los encontraba. Tal vez sólo bastaría con conocer sus nombres, si tenían otros hijos, si pensaban en él, si existían… Quizá las explicaciones y las preguntas saldrían sobrando. Pero nunca pudo aproximarse a ello; las respuestas de su madre adoptiva lo llevaron al antiguo Hospital Civil y ahí las indagaciones apuntaron al Hospicio Cabañas. Niño abandonado al nacer, derivado a la institución de beneficencia. Ahí termina el rastro, sus documentos, le dijeron, desaparecieron… Y esa inquietud no resuelta quedó tendida junto a su cuerpo el día que murió.
Lo que A nunca supo es que el documento con el que habría respondido las 

grandes incógnitas de su pasado probablemente existe, al igual que muchos otros de los últimos dos siglos que forman parte del archivo del Hospicio Cabañas y que en los últimos 10 años la Secretaría de Cultura de Jalisco no ha explicado dónde están resguardados y en qué condiciones.
Recién llegada a la dirección del Instituto Cultural Cabañas (ICC), Cecilia Wolf dice que los únicos papeles que ha visto están guardados en cajas y no tienen valor patrimonial, pues son administrativos. 

“Nadie tiene el derecho de despojar a la gente de su pasado. Porque la función de los archivos es preservar la memoria”, enfatiza la doctora en Historia Pilar Gutiérrez Lorenzo, quien durante la década de los noventa rescató el archivo del Cabañas y lo dejó listo para abrirse al público, hasta que entró Sofía González Luna como secretaria de Cultura de Jalisco, en el 2000, y todo se regresó a las cajas y se envío a la Dirección de Patrimonio de esta dependencia.
De acuerdo a la ex directora del ICC, María Inés Torres, al asumir el cargo en 2006 pidió que el acervo regresara al edificio y lo guardó en una sala cercana al Patio Mayor, con la idea de conseguir recursos y posteriormente abrirlo al público.

Ahora, a un mes de que se pidió entrevista a Comunicación Social de la Secretaría de Cultura sobre la ubicación precisa del acervo y su futuro, no ha habido respuesta.


La española radicada en México, Pilar Gutiérrez Lorenzo, no conoce la historia de A, pero cuenta otras de gente vinculada al Cabañas que le hacen reflexionar: “¿Cómo vamos a despojar a una persona o a una ciudad de su memoria? Si hay un edificio vinculado con Guadalajara es el Cabañas, no sólo porque marca un desarrollo urbanístico de la ciudad sino también porque influenció en la beneficencia de la región y sigue presente hasta nuestros días”.

El rescate

En un montón de cajas de cartón con peste a humedad se guardaron por décadas los registros documentales que el Hospicio Cabañas acumuló desde finales del siglo XVIII y hasta 1991. Y fue hasta que se integró el expediente para gestionar la declaratoria de Patrimonio de la Humanidad del monumental edificio que fuera en un principio Casa de Caridad y Misericordia y más tarde Hospicio Cabañas, que la Secretaría de Cultura pidió a la académica de la Universidad de Guadalajara, Pilar Gutiérrez Lorenzo, que rescatara el fondo que en ese momento estaba en total “abandono”.

Actualmente, la historiadora tampoco sabe dónde se ubican todos esos papeles, en su mayoría relacionados con la beneficencia y “con el desarrollo de la ciudad, porque muchas fincas estaban adscritas al Cabañas, ya que eran propiedad de la iglesia, entonces hay mucha información de inmuebles urbanos, de quién las habitaba, de cuatro haciendas y de los programas de asistencia de los siglos XIX y el XX.

En el Archivo de Indias hay documentos que hacen mención al Cabañas, ya que antes de la Independencia de México, todo lo relacionado con la iglesia católica se informaba al Patronato de Indias. “El Hospicio se fundó por aprobación de la Real Cédula en 1805 y se enviaba a España hasta 1810, que inició la Independencia”.

Las investigaciones

A través de la correspondencia del Hospicio, Gutiérrez Lorenzo descubrió que “antes de 1810 la letra visualmente era muy masculina, estaba vinculada con el poder. Y en el siglo XIX, con la llegada de las Hermanas de la Caridad y después de la secularización, se da la alfabetización, la democratización de la escritura”.

Otra investigación que está por concluirse es sobre la imprenta del Cabañas, que fue de las primeras que existieron en Guadalajara.

-- ¿Qué se publicaba?

-- La imprenta contribuyó a la creación de soberanía y de todo lo que se entiende por espacio público en Guadalajara. También contribuyó con libros de texto, de urbanidad e incluso se imprimió la primera obra del México independiente en 1813, considerada la primera novela romántica en Latinoamérica. El autor era Mario Meléndez y se titulaba El Misterio.

-- ¿Qué tendría que haber sucedido con el Archivo?


-- La idea es que fuera un centro de estudios, aún hay muchas líneas que investigar, ahí está la historia y es importante porque la institución sigue estando viva.

-- ¿Cuál es la antigüedad de los documentos?

-- Los libros de ingreso están ahí. Inclusive en el archivo había documentos de niños que dejaban en el Hospicio. Eran notas chiquitas como “Jesús, no más”, “Llegó con chambrita color rosa” o “Vino con una medallita”. Todo eso nos permite ver por qué dejaban a los niños y a los historiadores les toca reconstruirlo.

-- Estudiar a los huérfanos también nos reflejaría a la sociedad de aquel tiempo…


-- Claro, ése es el trabajo que hay que hacer. Falta estudiar a las poblaciones de los sitios. Hay estudios demográficos en Argentina, Colombia, España, que le llevan mucha delantera a México. El problema en este país es que no hay un gran trabajo archivístico, queda mucho camino, nos llevan mucha delantera y tiene que ver con el tema de la transparencia.

--¿La declaratoria (de la UNESCO) no obliga a que el archivo esté abierto?
-- Si obligaría, tendría que conllevar todo lo que está alrededor del edificio. Y un punto es que la declaratoria se dio al Hospicio Cabañas con todo lo que representa simbólicamente, y no al Instituto Cultural Cabañas.

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APERTURA DE OFERTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO EDIFICIO DEL ARCHIVO HISTÓRICO DE GEODESIA

Nuevo edificio parael archivo histórico de Geodesia

EN: INFOBAN.COM.AR
SITE: http://www.infoban.com.ar
FECHA: 08/07/2010

Entre los documentos de su patrimonioguarda la carta esférica de las costas de América del Sud levantada entre 1789y 1795 por orden del rey de España en la que se observa la soberanía de La Corona Española sobre las Islas Malvinas.

Se realizó hoy en el ministerio deInfraestructura la apertura de ofertas para la construcción del nuevo edificiodel archivo histórico de Geodesia, uno de los organismos públicos más antiguosde la Provincia, creado en 1827, que a la vez será sede permanente del ProgramaBicentenario. Contiene material de alto valor histórico como miles de mensurasde pueblos realizadas entre 1826 y 1940. 

La ministra de Infraestructura Cristina Alvarez Rodríguez acompañada por elsubsecretario de Obras Públicas de la Provincia, Martín Repetto, el CoordinadorGeneral del Programa Bicentenario y Obra Pública Oscar De Masi y la DirectoraProvincial de Arquitectura, Graciela Ambrosolio, participaron del acto donde sepresentaron ocho ofertas para la construcción del complejo que se emplazará en61 entre 10 y 11 y alojará documentos de alto valor histórico e institucional.

Las empresas que ofertaron fueron Construcciones Saddemi S.A., José LuisTriiviño, BYMO.S.A., ABL S.A., EBCON S.A., INSA S.A. , La Plata Montajes, S.A.y CONINSA S.A.

Memoria

El archivo que ahora tendrá una sede especialmente diseñada guarda miles demensuras de propiedades y pueblos realizados entre 1826 y 1940.

Asiduamente consultado por profesionales de la agrimensura, organismos degobierno e historiadores, albergará la “memoria topográfica” del territoriobonaerense, desde la creación del Departamento de Estadística en 1826,organismo antecesor del actual ministerio de Infraestructura.

Entre los documentos de su patrimonio guarda, por ejemplo, la carta esférica delas costas de América del Sud levantada entre 1789 y 1795 por orden del rey deEspaña, en la que se observa la soberanía de la corona española sobre las IslasMalvinas.

Los avances en archivística y conservación de documentos en soporte papel (casode los mapas y planos) permiten formular un proyecto de edificiotecnológicamente adecuado a la función de guarda y consulta, atención alpúblico, usos de extensión cultural, etc.

La Provincia aportó el lote y financió las obras, en tanto el Colegio deArquitectos, distrito I contribuyó con el certamen de proyectos y laconvocatoria de los matriculados.

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GLORIA PÉREZ-SALMERON DIRIGIRA LA BNE

Pérez-Salmerón, una experta en Archivística y Biblioteconomía al frente del BNE
EN:  ABC.ES
SITE: http://www.abc.es/
FECHA: 08/07/2010
Madrid, 7 jul (EFE).- Glòria Pérez-Salmerón, una experta en Archivística y Biblioteconomía, es la persona elegida por la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, para sustituir a Milagros del Corral y tomar las riendas de la Biblioteca Nacional de España (BNE) en su etapa de transición hacia la era digital.
Con este nombramiento, que deberá ser ratificado el próximo viernes por el Patronato de la Biblioteca, el Ministerio de Cultura vuelve a apostar, al igual que con su antecesora en el cargo, por un perfil técnico -frente al político- para gestionar una institución cultural de primer orden.
De hecho, en el anuncio de Pérez-Salmerón como nueva directora de la Biblioteca, realizado en Santander en un encuentro con editores, González-Sinde ha resaltado su "importante" formación técnica, así como su liderazgo en proyectos de digitalización, lo que puede ayudar -ha dicho- "a gestionar muy bien este momento de transformación de lo analógico a lo digital".
Pérez-Salmerón preside actualmente la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID), una asociación fundada en 1988 para reunir a las agrupaciones profesionales más relevantes del sector.
La futura directora de la BNE forma parte de la Comisión Permanente de la Biblioteca Nacional desde que hace un año fuera designada para el cargo por González-Sinde.
Glòria Pérez-Salmerón es catalana, licenciada en Documentación por la Universidad de Barcelona y diplomada en Biblioteconomía y Documentación por la Escola Universitaria Jordi Rubió i Balaguer de Barcelona.
Además, es postgraduada en Gestión de Bibliotecas por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona (UPF) y en Gobierno y Gestión Pública en la Sociedad de la Información: Gobierno electrónico por la UPF y la Escola d'Administració pública de Catalunya, según el currículo que figura en la página web de FESABID (www.fesabid.org) En la Federación Española de Sociedades de Archivística Pérez-Salmerón era hasta ahora jefa de la Oficina de Asistencia en Administración Electrónica de la Diputación de Barcelona.
Entre sus funciones tenía atribuida la gestión, entre otros asuntos, del padrón de habitantes, la adecuación a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), el desarrollo tecnológico de las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC) y el diseño y mantenimiento de las web de los municipios de la provincia de Barcelona.
Actualmente trabajaba en la definición del modelo de Gobierno electrónico para asistir a los municipios y contribuir a su modernización, aunque su trayectoria profesional ha estado altamente vinculada al ámbito de la biblioteca pública.
Así, ocupó el cargo de jefa del Servicio de Cooperación Bibliotecaria del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalitat de Cataluña y el de jefa de la sección de Procesos Técnicos del Servicio de Bibliotecas de la Diputación de Barcelona.
También, fue fundadora y directora de la biblioteca Can Casacuberta, central urbana de Badalona, y coordinadora de las bibliotecas de la zona del Barcelonés Norte y delegada de la UNET (UNESCO Model Library Network).
Pérez-Salmerón ha impartido numerosos cursos para profesionales y es autora de diversos artículos relacionados con el posicionamiento de la biblioteca. EFE-Cantabria

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