La herencia digital, que hacer

>>  viernes, 14 de abril de 2017

Regular la herencia digital es cada vez más importante
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Munich -

En caso de muerte, muchas veces los deudos no saben qué hacer con la herencia digital de la persona fallecida. O desconocen la existencia de cuentas o bien no saben cómo administrarlas. Por eso es algo importante que habría que regular con tiempo.

Prácticamente no hay área de la vida en la que Internet no juegue un papel y es complicado mantener la visión general sobre todas las cuentas digitales. En caso de muerte, esto se convierte en un verdadero desafío, pese a lo cual una reciente encuesta de la asosiación tecnológica alemana Bitkom reveló que el 93% de los usuarios de Internet no tiene organizada su herencia digital.

"Urge insistir en la importancia de ocuparse de la herencia digital en vida", dice Katharina Grasl, de la central de asistencia al consumidor de Baviera. Porque si bien los herederos pueden en principio borrar las cuentas de la persona fallecida, no acceden a los archivos que puedan estar guardados allí a menos que aquella lo organice. "Algo que puede ser muy doloroso, sobre todo en los casos de fotos, videos o listas de contactos de la persona que ya no está", dice Grasl.

Por eso vale la pena hacer un registro de las cuentas online que uno tenga, sobre todo porque "a menudo son más de lo que uno cree", subraya Grasl. "Si no se hace una lista con todo, para los herederos suele ser imposible saber qué servicios usaba el fallecido".

Un elemento fundamental son las cuentas de correo electrónico, porque en ellas normalmente aparecen a su vez mails de otros servicios. Pero lo normal es que casi ningún proveedor dé acceso a los herederos, solo se permite el borrado de la cuenta.

Lo mejor es hacer una lista con cuentas, nombre de usuario y contraseñas. "Esa lista se puede guardar en un sobre cerrado o bien en un lápiz USB", recomienda Grasl.

"La memoria se guarda codificada o con una contraseña en un lugar seguro, por ejemplo una caja fuerte", o si se quiere incluso en el banco o en la oficina del abogado. Y es fundamental mantener la lista actualizada.

Barbara Steinhöfel, de otra asociación de consumidores, recomienda designar a un representante legal digital. Con una autorización especial se lo designa como tal incluso "hasta después de muerto" ante los herederos. Esta autorización hay que escribirla de puño y letra y con fecha y firma.

La ventaja de la existencia de esta persona es que puede administrar la cuentas independientemente de la voluntad de los herederos o mientras se regula todo el tema de la herencia, lo que puede demorarse, señala Grasl, que añade que lo mejor es que se comunique a todos los familiares la decisión, no solamente al designado.

"Esta persona recibe, por ejemplo, la contraseña para la memoria USB y sabe dónde está guardada", explica Steinhöfel. Y en la autorización se puede escribir qué queremos que se haga con los archivos y datos que haya en las cuentas.

"Es decir que se establece qué datos y cuentas hay que borrar, qué se hace con las cuentas en las redes sociales y qué debe ocurrir con las fotos que hay en la red", indica Grasl.

También se puede regular qué archivos no se desea que vean los familiares, en cuyo caso hay que indicar en detalle en qué dispositivos están archivados y decir claramente qué se quiere hacer con ellos.

Si la persona fallecida no ha tomado recaudos, todo es más difícil. "En todas las empresas se permite el borrado de cuentas y perfiles presentando un documento acreditativo de la situación, por ejemplo un certificado de muerte", explica Grasl. En algunos servicios, como Facebook, se puede elegir entre el borrado o que la cuenta quede activa pero congelada en memoria de esa persona.

Sin embargo, no se puede acceder al contenido, por motivos de protección de datos y el derecho a la privacidad. "A menos que la persona lo haya regulado, no es posible leer los mails, guardarse las fotos o ver los contactos", explica Grasl.

Esto es importante también en los servicios de pago, que deberán seguir sufragando los herederos si no se dan de baja. Normalmente es posible hacerlo certificando el fallecimiento, pero esto puede tardar un tiempo, y los herederos solo pueden solicitarlo si tienen conocimiento de la existencia del servicio. (I)


Autor: DOCTOR TECNO DPA

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