INFORMACION SOBRE DICTADURA ARGENTINA EN EL VATICANO: DELICADA O RESERVADA
>> lunes, 8 de abril de 2013
A propósito de la dictadura argentina y los archivos vaticanos
http://www.ticovision.com/ 06/04/2013
Apenas un día después del nombramiento del cardenal Jorge Mario Bergoglio como papa Francisco, se abrió un fuerte debate en los medios de comunicación sobre el papel que el arzobispo de Buenos Aires jugó durante la dictadura en Argentina (1976-1983). Durante esos años desaparecieron cerca de treinta mil personas, varios de ellos extranjeros, principalmente españoles, italianos, franceses, paraguayos, uruguayos y chilenos. El exmagistrado español, Baltasar Garzón, se pronunció sobre este suceso y pidió al Vaticano abrir los archivos sobre la dictadura argentina.El exjuez español dijo que sería bueno que la investigación se solicitara por iniciativa del papa, aunque aclaró que quienes deben realizar las peticiones oficiales son los jueces.
El Archivo Secreto Vaticano desarrolla la actividad específica de guardar y poner en valor los documentos que se refieren al gobierno de la Iglesia universal, ofreciendo un servicio principalmente al romano pontífice y a la Santa Sede y también a los estudiosos, sin distinción de país o religión. La actual denominación Archivo Secreto Vaticano se usó por primera vez a mediados del siglo XVII y hoy como entonces califica el archivo privado (secretum) del papa, que ostenta en primera persona la suprema y exclusiva jurisdicción sobre el mismo.
85 kilómetros de estanterías
Su patrimonio documental conservado en sus grandes depósitos cubre un arco cronológico de unos doce siglos (VIII-XX), está constituido por casi 600 fondos archivísticos y se extiende por 85 kilómetros lineales de estanterías, distribuidas, entre otras cosas, en el Bunker, un local de dos pisos, ubicado en el subsuelo del Patio de la Pigna de los Museos Vaticanos. Desde que el papa León XIII, en el lejano 1881, abrió las puertas a los estudiosos, el Archivo Secreto Vaticano se ha convertido en un centro histórico de los más importantes y célebres en el mundo.
De acuerdo con una práctica establecida en 1924, el papa concede el libre acceso a los documentos "por pontificados": actualmente el límite cronológico de consulta está en el final del pontificado de Pío XI (febrero de 1939). Sin embargo, una excepción a esta práctica, Pablo VI, desde el cierre de los trabajos conciliares en 1965, hace accesible a los estudiosos el Archivo del Concilio Vaticano II (1962-1965), y, por último, Juan Pablo II abrió para consulta el fondo Oficina Información Vaticano, Prisioneros de Guerra (1939-1947). Como se sabe, la Santa Sede ejerció un destacado papel como intermediaria, tras las guerras europeas, para dar con el paradero de personas desaparecidas, principalmente soldados buscados por su familiares. Por ello, manejaba listas de prisioneros, facilitadas también por el Comité Internacional de Cruz Roja y otras organizaciones humanitarias, cuando no las pedía directamente a los gobiernos implicados.
En una entrevista para el Consejo Nacinal de Investigación italiano, monseñor Sergio Pagano, prefecto del Archivo Secreto Vaticano, explica que "el archivo, sea cual sea, nace con la actividad de un ente, en nuestro caso de la Curia Romana y del romano pontífice. Todo lo que la institución produce --escritos y documentación varia- es el reflejo de su actividad: por tanto, en el caso de la Iglesia católica, de su actividad en lo relacionado con las diócesis, los obispos, los fieles, los problemas sociales, las relaciones con los gobiernos, con las instituciones laicas y eclesiásticas, con las personas privadas. Toda la documentación producida en el curso de las actividades de los papas permanece en sus archivos: por tanto, en el caso específico, la importancia del Archivo Secreto Vaticano nace del hecho de que custodia la memoria del papado romano, de la Iglesia católica y de su historia".
Diferencia vaticana
En 2006 el Vaticano abrió a los estudiosos su archivo secreto para un nuevo periodo de años, los que cubren el pontificado de Pío XI, de 1922 a 1939. En esa ocasión, en una entrevista al diario católico italiano Avvenire, preguntado monseñor Pagano sobre si la apertura de esta documentación llegaba tarde respecto a otros archivos nacionales, explicó que en relación con las aperturas practicadas por muchos archivos de Estado sin duda los archivos de la Santa Sede están cronológicamente retrasados, quizá en quince o veinte años. Pero las legislaciones archivísticas de los estados se basan normalmente en caducidades cronológicamente fijadas, según los distintos tipos de documentos; para la Santa Sede, sin embargo, se utiliza abriendo los archivos por enteros pontificados, por necesidad de coherencia archivística. Esto implica un esfuerzo notable de estudio, orden, reorganización e inventario, a lo que se une el de identificación de los documentos reservados, según la vigente legislación vaticana, como sucede con otros grandes archivos públicos; un trabajo que dura decenios y que las fuerzas del archivo vaticano, limitadas aunque en los últimos años han aumentado mucho, deben compatibilizar con el trabajo ordinario. El archivo de hecho --está bien aclararlo- no es frecuentado sólo por investigadores de la edad contemporánea, que tienen especial interés por conocer documentos de anteayer, sino sobre todo por estudiosos de la Edad Media y de la Edad Moderna, cuyas necesidades son acogidas de la misma forma.
Información delicada o reservada
Despierta mucha intriga el saber cuándo y cada cuánto tiempo se hacen públicos los documentos de los archivos. ¿Qué sentido tienen esa espera? Monseñor Pagano explicó en una ocasión que en las diferentes legislaciones se procede a diferentes periodos de apertura, según la tipología de los documentos. Generalmente se va de un mínimo de 50 años, yendo hacia atrás, hasta un máximo de 100 años para los documentos más delicados o reservados. Italia, por ejemplo, abre sus archivos relativos a la política exterior o interior 50 años después de su fecha, pero los reservados relativos a situaciones privadas de personas, o los documentos de los procesos penales, después de 70 años.
En el caso de Estados Unidos, por ejemplo, se puede desclasificar información a petición de un interesado particular o por iniciativa gubernamental. En lo que a desclasificación a petición de un interesado se refiere, existe una orden ejecutiva que obliga a desclasificar aquellos documentos que tengan más de 25 años de antigüedad. Sin embargo, un Acta de 1966 regula el acceso público a las fuentes de información gubernamentales en Estados Unidos sin tener en cuenta la nacionalidad de quien la solicita. Esta ley supone uno de los canales de desclasificación más importantes en Estados Unidos ya que obliga a las distintas agencias de inteligencia a revelar la información solicitada, siempre que no revelen información concerniente a la seguridad nacional, al comercio confidencial, a la información financiera, a los archivos personales o internos de las agencias, o información concerniente a cuestiones judiciales o a la situación de instalaciones o bienes secretos.
En el caso del Vaticano, hay que tener en cuenta que se unen dos realidades: la Iglesia institución y el Estado de la Ciudad del Vaticano, con sus servicios de seguridad. Por tanto, hablar de documentos e información sobre la dictadura argentina supone aflorar información sobre situaciones privadas de personas con información sensible. Es norma aceptada en la mayoría de los archivos históricos no desclasificar información relativa a la vida privada, el honor y la intimidad de personas vivas. Es evidente que este es el caso de la dictadura argentina.
En bueno recordar aquí que en el país del papa hubo una Comisión Nacional para la Desaparición de las Personas, presidida por el escritor Ernesto Sábato y su informe Nunca Más, emitido en 1985, está a disposición de todo aquél que lo quiera consultar.
Como en otros temas judiciales, las personas de Iglesia como se ha encargado de aseverar repetidas veces la Santa Sede- está sometidas a las leyes de los países en los que realizan su actividad y, por tanto, son los archivos secretos de esos estados los que se deben abrir, si no lo han hecho ya, de acuerdo a sus normativas respectivas.
http://www.ticovision.com/ 06/04/2013
Apenas un día después del nombramiento del cardenal Jorge Mario Bergoglio como papa Francisco, se abrió un fuerte debate en los medios de comunicación sobre el papel que el arzobispo de Buenos Aires jugó durante la dictadura en Argentina (1976-1983). Durante esos años desaparecieron cerca de treinta mil personas, varios de ellos extranjeros, principalmente españoles, italianos, franceses, paraguayos, uruguayos y chilenos. El exmagistrado español, Baltasar Garzón, se pronunció sobre este suceso y pidió al Vaticano abrir los archivos sobre la dictadura argentina.El exjuez español dijo que sería bueno que la investigación se solicitara por iniciativa del papa, aunque aclaró que quienes deben realizar las peticiones oficiales son los jueces.
El Archivo Secreto Vaticano desarrolla la actividad específica de guardar y poner en valor los documentos que se refieren al gobierno de la Iglesia universal, ofreciendo un servicio principalmente al romano pontífice y a la Santa Sede y también a los estudiosos, sin distinción de país o religión. La actual denominación Archivo Secreto Vaticano se usó por primera vez a mediados del siglo XVII y hoy como entonces califica el archivo privado (secretum) del papa, que ostenta en primera persona la suprema y exclusiva jurisdicción sobre el mismo.
85 kilómetros de estanterías
Su patrimonio documental conservado en sus grandes depósitos cubre un arco cronológico de unos doce siglos (VIII-XX), está constituido por casi 600 fondos archivísticos y se extiende por 85 kilómetros lineales de estanterías, distribuidas, entre otras cosas, en el Bunker, un local de dos pisos, ubicado en el subsuelo del Patio de la Pigna de los Museos Vaticanos. Desde que el papa León XIII, en el lejano 1881, abrió las puertas a los estudiosos, el Archivo Secreto Vaticano se ha convertido en un centro histórico de los más importantes y célebres en el mundo.
De acuerdo con una práctica establecida en 1924, el papa concede el libre acceso a los documentos "por pontificados": actualmente el límite cronológico de consulta está en el final del pontificado de Pío XI (febrero de 1939). Sin embargo, una excepción a esta práctica, Pablo VI, desde el cierre de los trabajos conciliares en 1965, hace accesible a los estudiosos el Archivo del Concilio Vaticano II (1962-1965), y, por último, Juan Pablo II abrió para consulta el fondo Oficina Información Vaticano, Prisioneros de Guerra (1939-1947). Como se sabe, la Santa Sede ejerció un destacado papel como intermediaria, tras las guerras europeas, para dar con el paradero de personas desaparecidas, principalmente soldados buscados por su familiares. Por ello, manejaba listas de prisioneros, facilitadas también por el Comité Internacional de Cruz Roja y otras organizaciones humanitarias, cuando no las pedía directamente a los gobiernos implicados.
En una entrevista para el Consejo Nacinal de Investigación italiano, monseñor Sergio Pagano, prefecto del Archivo Secreto Vaticano, explica que "el archivo, sea cual sea, nace con la actividad de un ente, en nuestro caso de la Curia Romana y del romano pontífice. Todo lo que la institución produce --escritos y documentación varia- es el reflejo de su actividad: por tanto, en el caso de la Iglesia católica, de su actividad en lo relacionado con las diócesis, los obispos, los fieles, los problemas sociales, las relaciones con los gobiernos, con las instituciones laicas y eclesiásticas, con las personas privadas. Toda la documentación producida en el curso de las actividades de los papas permanece en sus archivos: por tanto, en el caso específico, la importancia del Archivo Secreto Vaticano nace del hecho de que custodia la memoria del papado romano, de la Iglesia católica y de su historia".
Diferencia vaticana
En 2006 el Vaticano abrió a los estudiosos su archivo secreto para un nuevo periodo de años, los que cubren el pontificado de Pío XI, de 1922 a 1939. En esa ocasión, en una entrevista al diario católico italiano Avvenire, preguntado monseñor Pagano sobre si la apertura de esta documentación llegaba tarde respecto a otros archivos nacionales, explicó que en relación con las aperturas practicadas por muchos archivos de Estado sin duda los archivos de la Santa Sede están cronológicamente retrasados, quizá en quince o veinte años. Pero las legislaciones archivísticas de los estados se basan normalmente en caducidades cronológicamente fijadas, según los distintos tipos de documentos; para la Santa Sede, sin embargo, se utiliza abriendo los archivos por enteros pontificados, por necesidad de coherencia archivística. Esto implica un esfuerzo notable de estudio, orden, reorganización e inventario, a lo que se une el de identificación de los documentos reservados, según la vigente legislación vaticana, como sucede con otros grandes archivos públicos; un trabajo que dura decenios y que las fuerzas del archivo vaticano, limitadas aunque en los últimos años han aumentado mucho, deben compatibilizar con el trabajo ordinario. El archivo de hecho --está bien aclararlo- no es frecuentado sólo por investigadores de la edad contemporánea, que tienen especial interés por conocer documentos de anteayer, sino sobre todo por estudiosos de la Edad Media y de la Edad Moderna, cuyas necesidades son acogidas de la misma forma.
Información delicada o reservada
Despierta mucha intriga el saber cuándo y cada cuánto tiempo se hacen públicos los documentos de los archivos. ¿Qué sentido tienen esa espera? Monseñor Pagano explicó en una ocasión que en las diferentes legislaciones se procede a diferentes periodos de apertura, según la tipología de los documentos. Generalmente se va de un mínimo de 50 años, yendo hacia atrás, hasta un máximo de 100 años para los documentos más delicados o reservados. Italia, por ejemplo, abre sus archivos relativos a la política exterior o interior 50 años después de su fecha, pero los reservados relativos a situaciones privadas de personas, o los documentos de los procesos penales, después de 70 años.
En el caso de Estados Unidos, por ejemplo, se puede desclasificar información a petición de un interesado particular o por iniciativa gubernamental. En lo que a desclasificación a petición de un interesado se refiere, existe una orden ejecutiva que obliga a desclasificar aquellos documentos que tengan más de 25 años de antigüedad. Sin embargo, un Acta de 1966 regula el acceso público a las fuentes de información gubernamentales en Estados Unidos sin tener en cuenta la nacionalidad de quien la solicita. Esta ley supone uno de los canales de desclasificación más importantes en Estados Unidos ya que obliga a las distintas agencias de inteligencia a revelar la información solicitada, siempre que no revelen información concerniente a la seguridad nacional, al comercio confidencial, a la información financiera, a los archivos personales o internos de las agencias, o información concerniente a cuestiones judiciales o a la situación de instalaciones o bienes secretos.
En el caso del Vaticano, hay que tener en cuenta que se unen dos realidades: la Iglesia institución y el Estado de la Ciudad del Vaticano, con sus servicios de seguridad. Por tanto, hablar de documentos e información sobre la dictadura argentina supone aflorar información sobre situaciones privadas de personas con información sensible. Es norma aceptada en la mayoría de los archivos históricos no desclasificar información relativa a la vida privada, el honor y la intimidad de personas vivas. Es evidente que este es el caso de la dictadura argentina.
En bueno recordar aquí que en el país del papa hubo una Comisión Nacional para la Desaparición de las Personas, presidida por el escritor Ernesto Sábato y su informe Nunca Más, emitido en 1985, está a disposición de todo aquél que lo quiera consultar.
Como en otros temas judiciales, las personas de Iglesia como se ha encargado de aseverar repetidas veces la Santa Sede- está sometidas a las leyes de los países en los que realizan su actividad y, por tanto, son los archivos secretos de esos estados los que se deben abrir, si no lo han hecho ya, de acuerdo a sus normativas respectivas.
Autor: Rocío Lancho García
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